Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2018 (10/02/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 10 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

63

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la remisión y redistribución aleatoria de expedientes de la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Sexta Salas Penales con Reos Libres y Reos en Cárcel hacia la Primera, Segunda y Tercera Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 071-2018-P-CSJLI/PJ Lima, 7 de febrero de 2018 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 002-2018-CE-PJ de fecha 10 de Enero del año en curso, el Informe N.° 007-2018-CEP-UPD-CSJLI/PJ de fecha 31 de Enero de este año, y; CONSIDERANDO:

recomienda a la Corte Superior de Justicia de Lima adoptar las medidas administrativas necesarias, para el cumplimiento de lo dispuesto en la referida resolución y, según lo señalado por la Coordinadora Nacional del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios que por la significativa carga procesal de las salas penales ordinarias pendientes de liquidar sobre todo en etapa de juzgamiento, es oportuno redistribuir la carga de los procesos por delitos de corrupción de funcionarios tramitados con el Código de Procedimientos Penales que se encuentran en trámite en las Salas Penales con Reos Libres y Reos en Cárcel hacia las Salas Penales de Apelaciones de Lima, además, de aquellos procesos que en el futuro sean elevados desde los Juzgados Penales especializados, así como los devueltos por las Salas Penales Supremas, el informe concluye que es pertinente estimar los datos actuales señalados para la redistribución de expedientes. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 214-2012-CE-PJ de fecha 5 de noviembre del 2012, modificada mediante la Resolución Administrativa Nº 338-2014-CE-PJ de fecha 01 de octubre de 2014; SE RESUELVE:

Que, mediante Resolución Administrativa de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso aprobar la propuesta remitida por la Magistrada Coordinadora Nacional del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, respecto de los procesos por delitos de corrupción de funcionarios que se tramitan en las Salas Penales para reos libres y reos en cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, con el Código de Procedimientos Penales, estableciendo que; la Primera, Segunda y Tercera Sala Penal de Apelaciones del Subsistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Lima actúen, en adición a funciones, como Sala Penal Liquidadora del Subsistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de este Distrito Judicial. Disponiendo que se debe redistribuir hasta equilibrar las cargas procesales, los expedientes por delitos de corrupción de funcionarios tramitados con el Código de Procedimientos Penales en la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Sexta Salas Penales con reos libres y reos en cárcel, hacia la Primera, Segunda y Tercera Salas Penales de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima; conforme a lo dispuesto en el numeral g) del segundo considerando de la referida resolución administrativa; sin perjuicio de aquellos procesos que se encuentren en los referidos estadios procesales o se haya quebrado el juicio oral, resultando que sólo se redistribuirán cincuenta y cuatro (54) expedientes conformados por veintinueve (29) en estado reservado, quince (15) para juicio oral, nueve (9) en control de acusación y, uno (1) con auto de enjuiciamiento. Al respecto, para la ejecución de lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante el informe de vistos la Coordinación de Estudios y Proyectos de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior de Justicia ha realizado un análisis de las cantidades de expedientes con los que actualmente cuentan las Salas Penales para reos libres y reos en cárcel de esta Corte Superior de Justicia, debido a que los datos con los cuales se han ordenado las disposiciones se encuentran desfasados (considerados a Julio del año 2017). En tal sentido, de acuerdo a los datos de la actualización efectuada al 31 de enero del presente año, se tiene que los expedientes estimados en los mismos estados procesales son actualmente ochenta y tres (83) conformados por treinta y cinco (35) en estado reservado, cuarenta (40) para juicio oral, siete (7) en control de acusación y, uno (1) con auto de enjuiciamiento. Asimismo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo segundo de la resolución administrativa de vistos, que

Artículo Primero.- DISPONER la remisión y redistribución aleatoria de los expedientes de la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Sexta Salas Penales con Reos Libres y Reos en Cárcel hacia la Primera, Segunda y Tercera Salas Penales de Apelaciones, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles desde el 5 de Marzo del 2017, de la siguiente manera:
ÓRGANO JURISDICCIONAL 1° Sala Penal Reos en Cárcel 2° Sala Penal Reos Libres EXPEDIENTES A REMITIR 0 Reservados Para Juicio Oral Reservados Para Juicio Oral Reservados 4° Sala Penal Reos Libres Para Juicio Oral Control de Acusación Auto de Enjuiciamiento 6° Sala Penal Reos Libres Control de Acusación 2 5 20 7 13 28 2 1 5 0 Reservados 1° Sala Penal de Apelaciones 0 Para Juicio Oral Control de Acusación Auto de Enjuiciamiento Reservados 2° Sala Penal de Apelaciones 0 Para Juicio Oral Control de Acusación Auto de Enjuiciamiento Reservados 3° Sala Penal de Apelaciones 0 Para Juicio Oral Control de Acusación Auto de Enjuiciamiento Total 83 83 11 14 3 0 12 13 2 0 12 13 2 1 0 EXPEDIENTES A RECIBIR 0 0

3° Sala Penal Reos Libres

0

Artículo Segundo.- DISPONER que la Mesa de Partes correspondiente redistribuya de manera equitativa y aleatoria los expedientes hacia la Primera, Segunda y Tercera Salas Penales de Apelaciones en un plazo máximo de 24 horas desde la recepción de los mismos. Artículo Tercero.- DISPONER que a partir del 5 de Marzo del 2017 los expedientes de los procesos por

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.