Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2018 (10/02/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 10 de febrero de 2018 /

El Peruano

delitos de corrupción de funcionarios que sean elevados en grado por los Juzgados de Penales especializados hacia las Salas Superiores y/o aquellos que retornen de las Salas Penales Supremas hacia las Salas Superiores, se redistribuyan equitativa y aleatoriamente entre la Primera, Segunda y Tercera Salas Penales de Apelaciones. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación de Informática, realice las acciones necesarias para la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución, garantizando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse en la presente Resolución Administrativa, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo Quinto.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, realice el seguimiento y monitoreo, respecto a la carga procesal, ingresos y producción de las Salas Penales involucradas en la presente Resolución Administrativa e, informe a esta Presidencia sobre las actividades ejecutadas y las acciones pertinentes que se deberán realizar para el óptimo funcionamiento de estos órganos jurisdiccionales. Artículo Sexto.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad del Magistrado a cargo de las Salas Penales remitentes y del secretario de la causa, por inconducta funcional. Artículo Sétimo.- CUMPLAN los Magistrados de las Salas Penales inmersos en este procedimiento de redistribución de expedientes, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Oficina de Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima en plazo de un (1) día hábil de terminada la redistribución. Artículo Octavo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, de la Gerencia General y de la Gerencia de Administración Distrital para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Presidente 1615836-1

en el Distrito de Ventanilla, estableciéndose mediante Resolución Administrativa Nº 288-2014-CE-PJ, de fecha 27 de Agosto del año 2014, su competencia territorial en los Distritos de Ancón Santa Rosa Ventanilla y Mi Perú. Posteriormente, por Resolución Administrativa Nº 317-2014-CE-PJ, de fecha 17 de setiembre de 2014, se modifica la denominación del Distrito Judicial de Lima Noroeste. Finalmente, mediante Resolución Administrativa Nº 366-2014-CE-PJ, de fecha 12 de noviembre de 2014, se modificó la denominación del Distrito Judicial de Ventanilla Lima Noroeste, por la Distrito Judicial de Ventanilla. Segundo: Por otro lado, mediante Resolución Administrativa Nº 113-2014-CE-PJ de fecha 23 de abril de 2014, publicada el 13 de junio de 2014, se aprobó el "Reglamento de Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados", el cual tiene por objeto regular el procedimiento para la organización, administración, custodia y disposición de bienes incautados y efectos decomisados para los modelos procesales penales vigentes en los respectivos distritos judiciales. Tercero: Según el artículo 3º del "Reglamento de Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados", el ámbito y alcance del presente Reglamento es de obligatorio cumplimiento por parte de los Jueces competentes, personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial, en los distritos judiciales bajo el régimen procesal penal de 1940, el citado Reglamento regula el ingreso, permanencia, egreso y disposición de los Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados, Asimismo, en los distritos judiciales en los que se encuentre vigente el Nuevo Código Procesal Penal de 2004, se regula el egreso y disposición de los Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados. Cuarto: De conformidad, con el artículo 26º del "Reglamento de Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados", se establece que es atribución de los Presidentes de la Cortes Superiores de Justicia, designar a un Juez para que se encargue de coordinar los Actos de Disposición de los Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados, en adición a sus funciones. Quinto: Que mediante Resolución Administrativa Nº 428-2016-P-CSJV/PJ, se designó a la señora doctora Jenny Soledad Tipacti Rodríguez, Jueza Especializada Titular del Tercero Juzgado Penal Unipersonal, para que en adición a sus funciones, asuma el cargo de Juez de los Actos de Disposición de los Bienes Materia se Delitos y de Efectos Decomisados; en tal sentido, esta Presidencia considerando las acciones ejecutadas por la citada señora jueza, debe proceder a emitir la resolución administrativa de ratificación en el cargo , asimismo, designar a un señor juez especializado penal que actué en condición de suplente. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR a la señora Magistrada JENNY SOLEDAD TIPACTI RODRÍGUEZ, Juez Titular del Tercer Juzgado Penal Unipersonal para que en adición a sus funciones, desempeñe el cargo de JUEZ DE LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE LOS BIENES MATERIA DE DELITOS Y DE EFECTOS DECOMISADOS de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el presente año judicial 2018, cumpliendo las funciones señaladas en el "Reglamento de Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados" aprobado por Resolución Administrativa Nº 113-2014-CE-PJ. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor WALTER DAVID GÓMEZ AMPUDIA, Juez Especializado Titular del Primer Juzgado Penal Unipersonal, quien en adición a sus funciones, actuará como JUEZ SUPLENTE ENCARGADO DE COORDINAR LOS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE LOS BIENES MATERIA DE DELITOS Y DE EFECTOS DECOMISADOS de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el presente año judicial 2018,

Ratifican a magistrada para que desempeñe el cargo de Juez de los Actos de Disposición de los Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, y designan Juez Suplente
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 44-2018-P-CSJV/PJ Ventanilla, treinta y uno de enero de dos mil dieciocho. VISTOS: Resolución Administrativa Nº 133-2014-CEPJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante Resolución Administrativa Nº 128-2015-CE-PJ del 23 de abril de 2014, se crea el Distrito Judicial de Lima Nor Oeste ­ Ventanilla con sede

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