Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2018 (23/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Viernes 23 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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capacitaciones y dotación de recursos que les permita realizar un trabajo oportuno y de calidad. El citado informe concluye que en base de los criterios de carga procesal, casos resueltos, brecha sin atender y población, se evidencia que en la ciudad de Lima, las Cortes Superiores con mayores casos sin resolver y con mayor población son las de Lima Este y Lima Norte; mientras que los departamentos de La Libertad y Piura son los que presentan mayor número de casos sin resolver y población. Motivo por el cual recomienda para el presente Año Judicial se tenga en cuenta en orden de prelación la implementación del Módulo Judicial Integrado en Violencia Familiar en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y La Libertad. Sétimo. Que, no obstante la propuesta presentada, es menester tener en consideración que el "Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar" de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, que es el único a nivel nacional; presenta una crítica situación que afecta su capacidad de operación; por lo que, este Órgano de Gobierno es del criterio que en una fase inicial debe implementarse estos módulos en los Distritos Judiciales de La Libertad y Lima Sur. Asimismo, es necesario que la doctora Rosa Amelia Vera Meléndez, Consejera Responsable del Programa Presupuestal por Resultados "Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia" PpR-0067 del Poder Judicial, presente propuesta de distribución de los cinco órganos jurisdiccionales transitorios de la especialidad de familia que conforman el "Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar", de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Octavo. Que, mediante Resolución Nº 053-2017-CEPJ, del 8 de febrero de 2017, se creó el "Módulo Judicial Integrado en Violencia de Género" de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, con sede en el Distrito de Villa El Salvador, para la atención exclusiva y centralizada de los procesos al amparo de la Ley Nº 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, el cual se encuentra enmarcado con los conceptos y principios de las "100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en condiciones de Vulnerabilidad". Posteriormente, por Resolución Administrativa Nº 019-2018-CE-PJ, se modificó su nomenclatura por el de "Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar". Estableciéndose que los módulos judiciales que se creen en el marco normativo de la referida ley, tendrá la referida denominación. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 0922018 de la tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Angulo Arana, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear, a partir del 1 de abril de 2018, el "Módulo Judicial Integrado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar", en los Distritos Judiciales de La Libertad y Lima Sur. Los referidos módulos judiciales funcionarán por turnos las 24 horas del día, para la atención exclusiva y centralizada de los procesos al amparo de la Ley Nº 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, el cual se encuentra enmarcado con los conceptos y principios de las "100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en condiciones de Vulnerabilidad". Artículo Segundo.- Disponer que la doctora Rosa Amelia Vera Meléndez, Consejera Responsable del Programa Presupuestal por Resultados "Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia" PpR-0067 del Poder Judicial, presente propuesta de distribución de los cinco órganos jurisdiccionales transitorios de la especialidad de familia que conforman el "Módulo Judicial Integrado

en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar", de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, teniendo en consideración el informe de la carga procesal de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar atendida por los juzgados de familia, en aplicación de la Ley Nº 30364, en los años 2015, 2016 y 2017, presentado por la señora Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Las Presidencias de la Cortes Superiores de Justicia de La Libertad y Lima Sur, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial, efectuarán las coordinaciones pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución administrativa. Artículo Cuarto.- Disponer que los gastos que irrogue la implementación y funcionamiento de los referidos módulos judiciales, estarán a cargo del presupuesto otorgado a la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, para la creación de Módulos Judiciales Integrados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. Artículo Quinto.- Solicitar al Consejo Nacional de la Magistratura que efectúe la convocatoria a concurso público, para cubrir las plazas de jueces especializados de los mencionados Módulos Judiciales Integrados en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Presidentes de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y Lima Sur, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1619281-2

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Conforman la Comisión Distrital de Justicia de Género de la Corte Superior de Justicia de Callao, correspondiente al año judicial 2018
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 096-2018-P-CSJCL/PJ Callao, 19 febrero de 2018. VISTOS: El Oficio circular Nº 010-2018-CE-PJ de fecha 17 enero de 2018, remitido por el señor Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Luis Alberto Mera Casas, el Oficio Múltiple Nº 001-2018-CJG-PJ/ST de fecha 22 de enero de 2018, remitido por la Señora Secretaria Técnica de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial Berenice Milagros Mena Lomparte y el Correlativo Nº 476111-2017 del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Facultad del Presidente de Corte Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia, dirigir la política del Poder Judicial en su Distrito Judicial, conforme lo establecen los numerales 3 y 4 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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