Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2018 (23/02/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Viernes 23 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

63

Que, Decreto Legislativo Nº 1098 establece en su artículo 5 inciso a) que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como ámbito de competencia la promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género en las instituciones públicas y privadas, políticas, planes, programas y proyectos del Estado. Que, el Gobierno Regional de Junín, de acuerdo con las normas internacionales suscritas y ratificadas por el Perú, como el Convenio OIT Nº 169, sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, la Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales étnicas, religiosas y lingüísticas, reconoce la necesidad pública de oficializar progresivamente las lenguas aborígenes en la educación, la salud, la agricultura, la promoción del desarrollo y otras esferas de la política, la sociedad y la cultura, favoreciendo la integración de miles de compatriotas a la vida pública de la Región Junín; Que, acorde con lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación en un plazo de 15 días calendarios; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º inciso a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional de Junín emite la siguiente: ORDENANZA REGIONAL PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL DE CULTURA, LENGUAS INDÍGENAS E INTERCULTURALIDAD Artículo Primero.- APROBAR, la Creación del Consejo Regional de Cultura, Lengua Indígenas e Interculturalidad de la Región Junín, que estará conformado por: - El Presidente del Gobierno Regional de Junín o a quien designe; quien lo presidirá. - La Dirección Desconcentrada de Cultura o quien designe; asumirá la secretaría técnica. - 01 representante de la cada una de las Direcciones Regionales - 01 representante de cada Municipalidad Provincial. - Representantes de la sociedad civil organizada - Representantes de Comunidades Campesinas/ Organizaciones indígenas Representante de Comunidades Nativas/ Organizaciones Indígenas - Representantes de todas las artes; artes escénicas, audiovisuales, escritores/as, entre otras. - Otros representantes de instituciones públicas y privadas a fines a la cultura, lenguas indígenas e interculturalidad. - Defensoría del Pueblo. Además, el diseño organizativo del Consejo, deberá tener el enfoque territorial (zona andina y amazónica y nueve Provincias), el enfoque de género, el enfoque intersectorial y las competencias asignadas al ministerio de Cultura como ente rector en materia cultural. La elección de los representantes tendrá una vigencia de cinco (05) años. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social para que en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura, en el término de quince (15) días calendarios, luego de ser elegidos los representantes, convoque a los representantes que conforman el Consejo Regional de Cultura, Lengua Indígenas e Interculturalidad de la Región Junín, para su instalación. Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Consejo Regional de Cultura, Lengua Indígenas e Interculturalidad de la Región Junín la elaboración de su Reglamento Interno y Plan de Trabajo, que deberán ser aprobados por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Junín y proponer la actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado con metas al 2050 (con Metas al 2021 y al 2030) y Plan

Estratégico Institucional al 2021 en coordinación con CEPLAN para incorporar competencias, programas y proyectos en materia cultural, así como la modificación de los instrumentos de gestión que asuma las funciones del Consejo Regional de Cultura, Lenguas Indígenas e Interculturalidad, asumiendo la implementación de la Política Nacional de Transversalizacion del enfoque intercultural. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Junín, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Dirección Desconcentrada de Cultura Junín la traducción progresiva a las 5 lenguas. Artículo Sexto.- AUTORIZAR, a la Secretaría del Consejo Regional de Junín, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial "El Peruano", Diario de mayor circulación de la Región y en el portal web del Gobierno Regional de Junín: Comuníquese al Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los seis días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. PEDRO MISAEL MARTINEZ ALFARO Consejero Delegado POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional Junín, el doce de febrero del 2018. ANGEL D. UNCHUPAICO CANCHUMANI Gobernador Regional 1619196-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LURÍN
Establecen Cronograma de vencimiento de pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2018
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 354-2018-ML Lurín, 16 de febrero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de febrero del 2018, referido a la aprobación de la Ordenanza Municipal que establece el Cronograma de Vencimiento de Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al Ejercicio 2018. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004EF, señala que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.