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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2018 (23/02/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 23 de febrero de 2018 El Peruano / en ejecución del Proyecto de Investigación titulado: “Datación de Cerámicos Provenientes de Lugares Arqueológicos de Arequipa mediante los métodos de Termoluminiscencia y Luminiscencia ópticamente estimulada”, seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva N° 090-2016-FONDECYT-DE de fecha 06 de setiembre del 2016, adjuntando para tal efecto los siguientes documentos: a) Copia del Contrato de Financiamiento N° 2-2016-UNSA; b) Copia de las Cartas de aceptación de fecha 12 de diciembre del 2017, suscrita por el Prof. Dr. Shingueo Watanabe, Jefe de “Laboratorio de Cristais Ionicos Filmes Finos e Datacao – LACIFID” del Instituto de Física de la Universidad de Sao Apaulo Brasil, y el Prof. Dr. Nilo Francisco Cano Mamani, del Instituto de Mar de la Universidad Federal de Sao Paulo Brasil, respectivamente, para que el citado docente participe de la Estancia Cientí fi ca (capacitación con fi nes de investigación); y, c) Copia de la Resolución Rectoral N° 197-2018 del 29 de enero del 2018, por la que se aprueba el otorgamiento de la Licencia con Goce de Haberes por Capacitación Ofi cializada al citado docente investigador. Que, según las referidas Cartas de Aceptación, el objetivo de la participación del docente investigador en la Estancia Cientí fi ca (capacitación con fi nes de investigación), consiste en perfeccionar el conocimiento sobre la datación de materiales arqueológicos y arqueología. Que, en tal sentido, la Subdirección de Logística mediante O fi cio N° 646-2018-CA-SDL-UNSA, ha determinado el itinerario, montos de pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos internacionales; asimismo, la Ofi cina de Gestión del Planeamiento y Presupuesto a través de su Informe N° 022-2018-OGPP-OUPL-UNSA, informa que revisado el presupuesto institucional se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados para atender el requerimiento efectuado. Que, en efecto, en el caso materia de autos, tenemos que el viaje con fi nes de investigación del docente investigador, contribuirá a cumplir los fi nes que tiene la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6° de la Ley Universitaria N° 30220, es decir: “6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (…) y 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (…)”. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 al Rectorado. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del Dr. Jorge Sabino Ayala Arenas, docente de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales, para que en calidad de docente investigador realice una pasantía de capacitación con fi nes de Investigación (Estancia Cientí fi ca) en el Instituto de Mar de la Universidad Federal de Sao Paulo Brasil e Instituto de Física de la Universidad de Sao Apaulo Brasil, del 26 de febrero al 16 de marzo del 2018; en ejecución del Proyecto de Investigación titulado: “Datación de Cerámicos Provenientes de Lugares Arqueológicos de Arequipa mediante los métodos de Termoluminiscencia y Luminiscencia ópticamente estimulada”, seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva N° 090-2016-FONDECYT-DE de fecha 06 de setiembre del 2016 . Segundo.- Autorizar a la O fi cina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del mencionado docente investigador, la Certi fi cación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Recursos Determinados, según siguiente detalle: - Pasajes Aéreos : Arequipa-Lima-Sao Paulo-Lima- Arequipa. Del 25 de febrero al 17 de marzo del 2018. S/ 2542.33 Soles- Seguro Viajero : S/ 259.12 Soles- Viáticos : S/ 3000.00 Soles Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, el citado docente investigador presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese.ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ Rector 1619287-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Aceptan transferencia de recursos financieros para el financiamiento del proyecto “Acoso político hacia las mujeres: Introducción de medidas y protocolos en organizaciones políticas de las Naciones Suramericanas de Bolivia, Ecuador y Perú” RESOLUCIÓN N° 028-2018-P/JNE Lima, 21 de febrero de 2018 VISTO, el Informe N° 020-2018-DGPID/JNE, de fecha 12 de febrero de 2018, solicitando que se acepte la transferencia de los recursos fi nancieros asignados por el Fondo de Iniciativas Comunes de la Unión de Naciones Suramericanas (FIC–UNASUR), a favor del Jurado Nacional de Elecciones, para el fi nanciamiento del proyecto “Acoso político hacia las mujeres: Introducción de medidas y protocolos en organizaciones políticas de las Naciones Suramericanas de Bolivia, Ecuador y Perú”, por un valor total de US$ 138 931.00 (ciento treinta y ocho mil novecientos treinta y un dólares estadounidenses). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución UNASUR/CMRE/ RESOLUCIÓN N° 004/2017, de fecha 15 de setiembre de 2017, el Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores de la Unión de Naciones Suramericanas –UNASUR, aprobó los proyectos a fi nanciarse con el Fondo de Iniciativas Comunes de UNASUR para el año 2017. Que, habiéndose aprobado la asignación de recursos fi nancieros a favor del Jurado Nacional de Elecciones, para el fi nanciamiento del proyecto “Acoso político hacia las mujeres: Introducción de medidas y protocolos en organizaciones políticas de las Naciones Suramericanas de Bolivia, Ecuador y Perú”, por un valor total de US$ 138 931.00 (ciento treinta y ocho mil novecientos treinta y un dólares estadounidenses). Además, se estableció que el Jurado Nacional de Elecciones sea la Entidad Ejecutora Técnica y, como tal, responsable de la realización, coordinación y contratación de todos los servicios necesarios para llevar adelante la ejecución del proyecto. Que, el mencionado proyecto plantea como objetivo general que las organizaciones políticas con alcance nacional de Ecuador, Bolivia y Perú adopten medidas y protocolos para la identi fi cación y atención de los casos de acoso político por razón de género. Que, en la Cláusula Séptima de la Carta de Compromiso de Ejecución suscrita por las partes con fecha 29 de diciembre de 2017, se establece que los desembolsos correspondientes a la contribución del Fondo de Iniciativas Comunes (FIC) serán suministrados por la Entidad Ejecutora Financiera (Secretaría General-UNASUR), de acuerdo al Cronograma de Ejecución y Cronograma de Desembolsos contenido en los Anexos N° 5 y N° 6 que forman parte de dicho instrumento jurídico, y se realizarán de la siguiente forma: el primer trimestre por el monto de US$ 6 000 (seis mil dólares estadounidenses), el segundo trimestre por un monto de US$ 37 050 (treinta y siete mil cincuenta dólares estadounidenses), el tercer