Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2018 (23/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES
VISTA:

Viernes 23 de febrero de 2018 /

El Peruano

Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en sus artículos 16º, 17º y 18º, regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal, así como la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2006JUS, se aprobó la actualización del Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal. Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2016-JUS, se modificó el Calendario Oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especificando en dicha norma que la implementación del mencionado Código, entró en vigencia el 01 de mayo de 2016, en el Distrito Fiscal de Ventanilla. Que, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2017-MP-FN-JFS, de fecha 25 de mayo de 2017, se creó, entre otros, el Pool de Fiscales de Ventanilla, en el Distrito Fiscal de Ventanilla, conforme a lo señalado en los oficios nros. 239 y 278-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ST, los mismos que contienen el Diseño de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo correspondientes a la implementación complementaria del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal de Ventanilla, elaborado en función a la asignación del segundo tramo presupuestal transferido por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público; señalando asimismo, que dicho presupuesto se encuentra destinado a cubrir el déficit de personal fiscal y administrativo existente, así como al fortalecimiento de fiscalías del Distrito Fiscal de Ventanilla. Del mismo modo, y de acuerdo a lo dispuesto en la referida Resolución, debe tenerse en cuenta que las plazas fiscales creadas deberán ser cubiertas únicamente con fiscales provisionales. En tal sentido, dada la necesidad de servicio, se hace necesario emitir el resolutivo respectivo en el que se dispongan los nombramientos y designaciones del personal fiscal, que ocuparán las plazas correspondientes para el Pool de Fiscales de Ventanilla, previa verificación de los requisitos de ley. De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Gregorio Córdova Huamán, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, designándolo en el Pool de Fiscales de Ventanilla, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1619491-11

La solicitud presentada por CMAC Piura S.A.C. para que se le autorice el traslado de su Agencia Chimbote, ubicada en el distrito de Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 2075-2009 del 01.04.2009, se autorizó la apertura de la Agencia Chimbote, ubicada en el Lote 01, Mz F en el Centro Cívico Comercial, entre la esquina de la Av. Camino Real y Jr. Tumbes, distrito Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash; Que, en Sesión de Directorio del 01.12.2017 se acordó el traslado de la referida oficina; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el traslado de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento N° 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el art. 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 de fecha 10.09.2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la CMAC Piura S.A.C. el traslado de su Agencia Chimbote, ubicada en el Lote 01, Mz F en el Centro Cívico Comercial, entre la esquina de la Av. Camino Real y Jr. Tumbes, distrito Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash, hacia su nueva ubicación en Jr. Francisco Bolognesi N° 527, distrito Chimbote, provincia del Santa y departamento de Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1619215-1

Autorizan viaje de funcionarios a la Confederación Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 639-2018 Lima, 20 de febrero de 2018 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La invitación cursada por la International Association of Insurance Supervisors (IAIS) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en las IAIS Committee Meetings, que se llevarán a cabo del 26 al 28 de febrero de 2018 en la ciudad de Basilea, Confederación Suiza; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro del Executive Committee (ExCo), del Policy Development Committee (PDC), antes Financial Stability and Technical Committee (FSTC), y del Macroprudential Committee (MPC) de la International Association of Insurance Supervisors (IAIS), tiene el compromiso de atender las actividades a las cuales sea convocada;

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la CMAC Piura S.A.C. el traslado de agencia ubicada en el departamento de Ancash
RESOLUCIÓN SBS Nº 457-2018 Lima, 7 de febrero de 2018 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

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