Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2018 (26/02/2018)


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NORMAS LEGALES

Lunes 26 de febrero de 2018 /

El Peruano

económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme lo establece la Ley N° 27972 en su artículo 159° numeral 3, subnumeral 3.2., es competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima promover las actividades artísticas y culturales; Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972, dispone que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, en representación de la ciudad y la población, otorgar reconocimiento a los valores culturales que constituyen parte de la tradición, la identidad y el patrimonio nacional; Que, entre los personajes de la cultura destaca el eminente compositor y maestro peruano Augusto Armando Polo Campos por su extraordinaria y muy difundida trayectoria artística; autor de canciones de éxito popular entre las más conocidas "Contigo Perú", "Y se llama Perú", "Cada domingo a las doce", "Cuando llora mi guitarra", "Ay, Raquel", "Cariño bonito", entre muchas otras. Habiendo sido interpretadas sus canciones por cantantes internacionales como Palmenia Pizarro, María Dolores Pradera, Raphael, Julio Iglesias, Julio Jaramillo y por cantantes peruanos como Juan Diego Flórez, Arturo "Zambo" Cavero, Los Troveros Criollos y Los Morochucos; Que, con fecha 17 de enero de 2018 falleció en la ciudad de Lima Augusto Armando Polo Campos reconocido compositor, quien a lo largo de toda su vida supo expresar su compromiso con el desarrollo de la música peruana a través de la creación e interpretación de sus canciones pertenecientes al acervo criollo nacional y, perseverando en la enseñanza y en la promoción de los jóvenes talentos; Que, en memoria de su trayectoria musical y a modo de homenaje póstumo, la comuna limeña ha decidido institucionalizar el mes de febrero de cada año el "Festival

Limeño de Música Criolla Augusto Polo Campos", como actividad oficial festiva que celebra y conmemora la fecha del natalicio del maestro y que permitirá continuar su obra difundiendo nuestra música criolla y promoviendo el desarrollo de nuevos talentos del canto nacional; De conformidad con las disposiciones del numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la institucionalización del "Festival Limeño de Música Criolla Augusto Polo Campos" que se realizará cada año en el mes de febrero como actividad cultural conmemorativa en Lima Metropolitana. Artículo Segundo.- Disponer la realización del "I Festival Limeño de Música Criolla Augusto Polo Campos 2018". Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de Promoción Cultural y Ciudadanía de la Gerencia de Cultura la programación y organización del "I Festival Limeño de Música Criolla Augusto Polo Campos 2018" Artículo Cuarto.- Disponer que todas las Gerencias, órganos desconcentrados, empresas municipales y Organismos Públicos Descentralizados de la Municipalidad Metropolitana de Lima brinden el apoyo necesario, con el fin de que los encargos conferidos se realicen en la forma más adecuada, oportuna y eficiente. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, publicar el presente Decreto de Alcaldía en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob. pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1619993-1

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