Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2018 (20/07/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 20 de julio de 2018 /

El Peruano

en la presente resolución será causal de responsabilidad administrativa susceptible de sanción y las demás medidas legales aplicables de conformidad con el artículo 49° de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que correspondan al caso. Artículo Cuarto.- Precisar que, dada la naturaleza provisoria de la presente resolución, la autoridad administrativa a cargo podrá disponer la modificación de las dimensiones del área que comprende a los bienes protegidos señalados en su Artículo Primero, así como la variación de las medidas complementarias respectivamente especificadas su Artículo Segundo, en virtud de hallazgos y/o circunstancias sobrevenidas o que no pudieron ser consideradas en el momento de su adopción. Artículo Quinto.- Precisar que de acuerdo a lo establecido en el artículo 100° del Reglamento de la Ley N° 28296, la presente determinación de protección provisional tendrá una vigencia máxima de un (1) año calendario, pudiendo ser prorrogado por un (1) año adicional previa justificación técnica y/o legal. Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, la ejecución de las medidas dispuestas en el Artículo Segundo de la presente resolución así como las acciones de control y coordinación interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución en salvaguarda del patrimonio cultural de la nación. Artículo Sétimo.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la definitiva identificación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el presente régimen de protección provisional, según corresponda, en coordinación con la Dirección de Certificaciones del Ministerio de Cultura. Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "EL Peruano", así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) conjuntamente con el Informe Técnico de Viabilidad de la Determinación de la Protección Provisional del Bien Arqueológico Inmueble Informe de Inspección N° 001-2018-HCC-DCS-VMPCICMC del 26/06/2018. Artículo Noveno.- Notificar la presente resolución a Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, a fin de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias establecidas en el artículo 82° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Décimo.- Notificar la presente resolución a las partes administradas especificadas en el artículo 104° del Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, con sujeción a las formalidades de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ERNESTO AUSEJO CASTILLO Director General Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble DGPA 1671630-1

de julio de 2018 del Comandante del Grupo Aéreo N° 8 de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio N° 281-2018-DP/CMED de fecha 04 de julio de 2018, el Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República, por especial encargo del Despacho Presidencial, solicita disponer las acciones necesarias para el traslado aéreo del Señor Presidente de la República y su Comitiva, a la ciudad de Puerto Vallarta ­ Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 24 de julio de 2018; Que, mediante el Oficio NC-60-G841 N° 1213 de fecha 05 de julio de 2018, el Comandante del Grupo Aéreo N° 8 de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al Señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Puerto Vallarta ­ Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 24 de julio de 2018; Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al Señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Puerto Vallarta ­ Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 24 de julio de 2018; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0096 DGVC-ME/SIAF-SP de fecha 09 de julio de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.-Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356, que trasladará al Señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Puerto Vallarta ­ Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 24 de julio de 2018:
AERONAVE BOEING 737-500 FAP 356 Tripulación Principal Coronel FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA NSA: O-9544187 DNI: 43412943 Coronel FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA NSA: O-9556188 DNI: 02773543 Coronel FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES NSA: O-9573089 DNI: 07871146 Coronel FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO NSA: O-9589691 DNI: 43623935 Técnico 1ra FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI NSA: S-60736293 DNI: 05349005 Suboficial 1era FAP JOSE ELIAS RONCAGLIOLO CAPCHA NSA: S-60922402 DNI: 40388023 Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ NSA: C-70941901 DNI: 06624283 Empleada Civil FAP JHOSELINE DIANIRA MEDINA PAREDES

DEFENSA
Autorizan viaje en comisión de servicios de personal militar y civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave que trasladará al Presidente de la República y su Comitiva a México
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 922-2018 DE/FAPLima, 19 de julio de 2018 Visto, el Oficio N° 281-2018-DP/CMED de fecha 04 de julio de 2018 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República y el Oficio NC-60-G841 N° 1213 de fecha 05

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