Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2018 (20/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 20 de julio de 2018 /

El Peruano

Convenio MARPOL relativas al sistema de recopilación de datos sobre el consumo de fueloil, conforme al Anexo (9) que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 10°.- Incorporar a las normas nacionales la Resolución MEPC.286(71) que enmienda al Anexo VI del Convenio MARPOL, relativas a la designación del mar Báltico y el mar del Norte como zonas de control de las emisiones de NOx del nivel III y a la información que debe incluirse en la nota de entrega de combustible, conforme al Anexo (10) que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 11°.- La presente resolución es aplicable a los buques de bandera nacional y buques de bandera extranjera que operen en el dominio marítimo del Estado Peruano. Artículo 12°.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 13°.- Publicar en el Portal Electrónico de la Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe, la presente Resolución Directoral y anexos en la fecha de su publicación oficial. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (D.O.C.). MANUEL VASCONES MOREY Director General de Capitanías y Guardacostas 1671546-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Modifican la R.D. N° 006-2018-MIDIS/ P65-DE, sobre designación de funcionario responsable de entregar información de acceso público solicitada a la sede central del Programa "Pensión 65"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 082-2018-MIDIS/P65-DE Lima, 13 de julio de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 00066-2018-MIDIS/P65-DE, emitido por Dirección Ejecutiva, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM, de fecha 19 de octubre de 2011 y modificatorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", destinado a otorgar subvenciones económicas a los adultos mayores en condición de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad que cumplan con los requisitos establecidos para tal fin; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 065-2012-MIDIS, de fecha 09 de mayo de 2012, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 006: Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", en el Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; asimismo, se dispuso designar como funcionario responsable de dicha Unidad Ejecutora al Director Ejecutivo del Programa; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 273-2017-MIDIS, de fecha 11 de diciembre de 2017, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de diciembre de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65"; Que, mediante Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 0432003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3 del referido Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que todas las actividades y disposiciones de las

Entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad, salvo que se trate de información calificada como secreta, reservada o confidencial, tal como lo establece los artículos 15, 16 y 17 de dicho cuerpo normativo, respectivamente; Que, asimismo, el artículo 3 del citado Texto Único Ordenado establece, entre otros, que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública, y que las mismas tienen la obligación de entregar la información que demanden las personas, en aplicación del principio de publicidad; del mismo modo, dispone que la Entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, el artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM, establece que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; Que, el artículo 4 del citado Reglamento prescribe que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 006-2018-MIDIS/P65-DE, de fecha 17 de enero de 2018, se designó al Jefe de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", como funcionario responsable de brindar la información pública solicitada a la sede central del Programa; Que, mediante Memorando Nº 00066-2018-MIDIS/P65DE, se dispuso la modificación de la precitada Resolución Directoral, a fin de designar a fin de designar a un nuevo responsable de brindar la información pública solicitada a la sede central del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "pensión 65"; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con la visación del Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM, norma de creación del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" y posteriores modificatorias, Resolución Ministerial Nº 273-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65", Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; y en el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 0702013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 006-2018-MIDIS/P65-DE, en los siguientes términos: Artículo 1º.- DESIGNAR al señor José Gabriel Quevedo Chong, Especialista Legal de la Unidad de Asesoría Jurídica, como funcionario responsable de entregar la información de acceso público, solicitada a la sede central del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65". Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo establecido en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como en la página web institucional: www.pension65.gob.pe. Artículo 3º.- Disponer la ubicación de una copia de la presente resolución en lugar visible en la sede central del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65". Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO MENDIGURE FERNÁNDEZ Director Ejecutivo Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" 1672122-1

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