Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2018 (21/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 21 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Modifican la Res. N° 001-2018-CONCYTEC-P, sobre delegación de facultades, y establecen que los contratos y adendas suscritos por FONDECYT en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado y del D. Leg. N° 1057 deberán entenderse suscritos con el CONCYTEC
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 123-2018-CONCYTEC-P Lima, 19 de julio de 2018 VISTO; El Informe N° 057-2018-CONCYTEC-OGA, de la Oficina General de Administración del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC; y, CONSIDERANDO:

Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de los Informes N°s 211 y 232-2018-CONCYTEC-OGPP, señala que el FONDECYT continúa siendo una Unidad Ejecutora y que en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 30806 ya no cuenta con autonomía administrativa y financiera, en consecuencia no se constituye en Entidad, manteniendo únicamente su condición de Unidad Ejecutora; Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que corresponde a los órganos de administración interna del CONCYTEC, se encarguen de asumir únicamente las funciones de los sistemas administrativos del FONDECYT; Que, en atención a lo señalado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración señala que con la finalidad de garantizar una adecuada gestión administrativa de la Unidad Ejecutora FONDECYT, resulta necesario modificar la Resolución de Presidencia Nº 001-2018-CONCYTEC-P, modificada mediante Resolución de Presidencia Nº 023-2018-CONCYTEC-P, a fin de establecer la delegación de facultades administrativas vinculadas a la referida Unidad Ejecutora; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa de la Oficina General de Administración, del Jefe(e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica­CONCYTEC, y el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM; SE RESUELVE:

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica­CONCYTEC, es un Organismo Técnico Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, cuyo personal se encuentra bajo el régimen laboral de la actividad privada, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28613 y los Decretos Supremos Nº 058-2011-PCM y Nº 067-2012-PCM; Que, el Articulo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM (en adelante, el ROF), señala que el Presidente del CONCYTEC es su más alta autoridad, ejerce la representación legal de la institución y es titular del pliego presupuestal, pudiendo delegar las facultades o atribuciones que no sean privativas de su cargo; Que, mediante la Resolución de Presidencia Nº 001-2018-CONCYTEC-P, modificada mediante Resolución de Presidencia Nº 023-2018-CONCYTEC-P, la Titular del CONCYTEC se delegó diversas facultades durante el Año 2018; Que, el Artículo 16 de la Ley N° 28303, modificado por el Artículo 15 de la Ley N° 28613, crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (FONDECYT), como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, encargado de captar, gestionar, administrar y canalizar recursos de fuente nacional y extranjera, destinados a las actividades del SINACYT en el país. Estará a cargo de un director ejecutivo designado por resolución del titular del CONCYTEC, y depende jerárquicamente de este; Que, a través del Artículo 1 de la Ley N° 30806, Ley que modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, se modifica entre otros, el Artículo 16 de la citada Ley N° 28303, disponiendo la creación del FONDECYT, como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio, encargado de captar, gestionar, administrar y canalizar recursos de fuente nacional y extranjera, destinados a las actividades del SINACYT en el país, precisando que estará a cargo de un Director Ejecutivo designado por resolución del titular del CONCYTEC, y depende jerárquicamente de este;

Artículo 1.- Modificar el Artículo 2 de la Resolución de Presidencia Nº 001-2018-CONCYTEC-P, modificada mediante Resolución de Presidencia Nº 023-2018-CONCYTEC-P, conforme a lo siguiente: "Artículo General de de Ciencia, CONCYTEC, Fiscal 2018: 2.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la Oficina Administración del Consejo Nacional Tecnología e Innovación Tecnológica­ las siguientes facultades, durante el Año

1) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado. (...) Las facultades delegadas en el presente artículo comprenden tanto a la Unidad Ejecutora CONCYTEC como a la Unidad de Ejecutora: FONDECYT". Artículo 2.- Modificar el Artículo 3 de la Resolución de Presidencia Nº 001-2018-CONCYTEC-P, modificada mediante Resolución de Presidencia Nº 023-2018-CONCYTEC-P, conforme a lo siguiente: "Artículo 3.- Delegar en la Secretaría General la facultad de designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora: FONDECYT, durante el Año Fiscal 2018". Artículo 3.- Mantener subsistentes todos los demás extremos de la Resolución de Presidencia Nº 001-2018-CONCYTEC-P, modificada mediante Resolución de Presidencia Nº 023-2018-CONCYTEC-P. Artículo 4.- Establecer que los contratos y adendas suscritos por FONDECYT en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado y del Decreto Legislativo N° 1057 deberán entenderse suscritos con el CONCYTEC. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a la Oficina General de Administración, y a la Oficina General de Asesoría Jurídica, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC.

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