Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2018 (27/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Viernes 27 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito el 11 de junio de 2004 y vigente desde el 19 de julio de 2006; En uso de la facultad conferida en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano ANDY ANTHONY FALCON AYALA, formulada por la Primera Sala Superior Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao, y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud ­ Homicidio Calificado, en agravio de Bryan Danylo Carrión Acevedo; y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1674956-7

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Decreto Supremo que declara de interés nacional la realización de la Tercera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe
DECRETO SUPREMO N° 005-2018-MIMP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe - CEPAL es una de las cinco comisiones regionales de las Naciones Unidas fundada con el objeto de contribuir al desarrollo económico de América Latina; coordinar las acciones encaminadas a su promoción; y reforzar las relaciones económicas de los países entre sí y con las demás naciones del mundo, ampliando posteriormente su labor a los países del Caribe e incorporando el objetivo de promover el desarrollo social; Que, asimismo, la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe es un órgano subsidiario de la CEPAL, cuyas reuniones se llevan a cabo cada dos (2) años, y tiene como objetivo dar seguimiento a los temas relacionados con población y desarrollo, migración internacional, pueblos indígenas y poblaciones afrodescendientes y envejecimiento, por ello, su Mesa Directiva se reúne al menos una vez entre sesiones ordinarias; Que, en la clausura de la Reunión Extraordinaria de la Mesa Directiva de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, que se celebró del 7 al 9 de noviembre de 2017 en Santiago Chile, los países de América Latina y el Caribe aprobaron la propuesta de Perú de ser país sede de la Tercera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo

de América Latina y el Caribe, la cual deberá realizarse durante el tercer trimestre de 2018 con el propósito de no sólo dar seguimiento a la implementación del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, que es el acuerdo intergubernamental más importante de la región en materia de población y desarrollo, sino también de examinar el proyecto del primer informe regional sobre su implementación, el cual será una contribución para el examen y evaluación mundial del programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo que se efectuará en el año 2019, en el marco del 52º período de sesiones de la Comisión de Población y Desarrollo de las Naciones Unidas; Que, mediante Decreto Legislativo N° 346 se aprobó la Ley de Política Nacional de Población, la cual tiene como objetivo: (i) Promover una equilibrada y armónica relación entre el crecimiento, estructura y distribución territorial de la población, y el desarrollo económico y social, teniendo en cuenta que la economía está al servicio del hombre, (ii) Promover y asegurar la decisión libre, informada y responsable de las personas y las parejas sobre el número y espaciamiento de los nacimientos proporcionando para ello los servicios educativos y de salud, para contribuir a la estabilidad y solidaridad familiar y mejorar la calidad de vida, (iii) Lograr una reducción significativa de la morbimortalidad, especialmente entre las madres y los niños, mejorando los niveles de salud y de vida de la población; y, (iv) Lograr una mejor distribución de la población en el territorio en concordancia con el uso adecuado de los recursos, el desarrollo regional y la seguridad nacional; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal g) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, aprobado por Decreto Legislativo N° 1098, el MIMP tiene como competencia el desarrollo y promoción de la Política Nacional de Población, priorizando la Política de migración interna voluntaria o forzada, así como la prevención, protección y atención a los desplazados y migrantes internos; Que, la citada reunión es de carácter internacional porque congregará a los representantes de los países miembros de la Mesa Directiva: Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guyana, Honduras, Jamaica, México, Paraguay, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, a los representantes de los países miembros de la CEPAL, y a los representantes de los programas, fondos y organismos de las Naciones Unidas, tales como del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), entre otros; además, la referida reunión es importante para el Perú, porque representa una oportunidad para promocionar e impulsar la política social y económica que busca facilitar el desarrollo, fortaleciendo así la diplomacia y las relaciones internacionales con los países miembros de la CEPAL y de las Naciones Unidas; Que, por lo expuesto, resulta conveniente declarar de interés nacional la realización en el Perú de la Tercera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, que se llevará a cabo del 7 al 9 de agosto de 2018; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobada por Decreto Legislativo N° 1098; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Declaración de interés nacional Declárese de interés nacional la realización de la Tercera Reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe, a realizarse en la ciudad de Lima del 7 al 9 de agosto de 2018. Artículo 2.- Entidad encargada Encargar a la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado del Ministerio de la Mujer y

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