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52 NORMAS LEGALES Viernes 27 de julio de 2018 / El Peruano la referida norma, mediante la Resolución Osinergmin Nº 689-2007-OS/CD; Que, de conformidad con lo expuesto en el Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Norma Procedimiento de Aplicación del FOSE, Osinergmin trimestralmente fi ja el recargo que se aplica en la facturación en los cargos tarifarios de potencia, energía y cargo fi jo de los usuarios del servicio público de electricidad a que se re fi ere el Artículo 2 de la Ley Nº 27510; Que, con Resolución Osinergmin Nº 066-2018-OS/CD, se aprobó el Factor de Recargo del FOSE y el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondientes al periodo del 1 de mayo de 2018 al 3 de agosto de 2018, siendo por tanto necesaria la fi jación del Factor de Recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas para el trimestre siguiente; Que, se ha considerado para el cálculo del factor de recargo del FOSE, la información de los sistemas fotovoltaicos, de conformidad con el Artículo 16.2 del Reglamento para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas a Red, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2013-EM, así como lo dispuesto por el numeral 1 del Artículo 4 de la Resolución Osinergmin Nº 166-2014-OS/CD, según el cual las empresas operadoras de sistemas fotovoltaicos para la atención de suministros de energía eléctrica, a efectos de la aplicación y uso del FOSE, deberán seguir los criterios y procedimientos dispuestos por el Texto Único Ordenado de la Norma Procedimiento de Aplicación del Fondo de Compensación Social Eléctrica; Que, la vigencia del Factor de Recargo del FOSE y el Programa de Transferencias Externas que se establece mediante la presente resolución corresponde al periodo comprendido entre el 4 de agosto de 2018 y el 31 de octubre de 2018, toda vez que el 4 agosto de 2018 se producirá la actualización de las tarifas eléctricas, por lo que a efectos de evitar recálculos continuos y de conformidad con el principio de simplicidad, previsto en el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, en virtud del cual se deben eliminar complejidades innecesarias, resulta conveniente en esta oportunidad que el factor del recargo del FOSE y el programa de transferencias externas tengan vigencia a partir del día de actualización, es decir, el día 4 de agosto; Que, se han emitido los Informes Nº 342-2018-GRT y Nº 044-2018-GRT de la División de Distribución Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, respectivamente. Los mencionados informes complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el Artículo 3º, numeral 4, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en la Ley Nº 27510 que creó el Fondo de Compensación Social Eléctrica, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y en la Ley Nº 30468, Ley que crea el Mecanismo de Compensación de la Tarifa Eléctrica Residencial y en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias. Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 22-2018. SE RESUELVE:Artículo 1.- Apruébese en 1,048 el Factor de Recargo del Fondo de Compensación Social Eléctrica aplicable a los cargos tarifarios de los usuarios del servicio público de electricidad de los sistemas interconectados a que se refi ere el Artículo 2 de la Ley Nº 27510, aplicable en la facturación del periodo comprendido entre el 4 de agosto de 2018 al 31 de Octubre de 2018. Artículo 2.- Apruébese el Programa Trimestral de Transferencias Externas correspondiente al periodo el 4 de Agosto de 2018 al 31 de Octubre de 2018, de acuerdo a los siguientes cuadros: Programa de Transferencias Externas (En Soles) Empresas Aportantes Enel Distribución Luz del Sur Fecha Límite de Transferencia15/09/2018 15/10/2018 15/11/2018 15/09/2018 15/10/2018 15/11/2018 ReceptorasAdinelsa 295 772 339 886 402 544 448 053 464 401 468 271 Chavimochic 893 1 708 2 747 1 352 2 334 3 196 Edelsa 5 884 6 463 7 313 8 914 8 830 8 506 Egepsa 1 483 1 618 1 813 2 247 2 211 2 108 Electro Oriente 705 123 742 857 802 171 1068 162 1014 998 933 148 Electro Pangoa 751 1 182 1 827 1 137 1 616 2 125 Electro Puno 436 560 500 194 589 935 661 327 683 438 686 257 Electro Sur Este 371 656 373 962 381 687 563 006 510 960 444 007 Electro Tocache 20 532 19 762 18 826 31 102 27 002 21 899 Electrocentro 774 461 803 682 836 041 1173 199 1098 105 972 547 Electronoroeste 228 176 231 553 231 273 345 654 316 382 269 034 Electronorte 78 697 66 067 42 017 119 216 90 271 48 877 Electrosur 26 204 31 033 37 047 39 696 42 402 43 097 Emsemsa 5 297 6 102 7 320 8 025 8 337 8 516 Emseusa 11 303 12 434 14 068 17 123 16 989 16 366 Hidrandina 347 880 288 183 202 110 526 988 393 757 235 109 Seal 5 809 1 832 4 838 8 800 2 503 5 628 Sersa 6 670 7 338 8 256 10 103 10 026 9 604 Perú Microenergia 80 601 89 740 102 815 122 098 122 616 119 602 Eilhicha 16 903 18 045 19 828 25 605 24 655 23 066 Esempat 1 060 3 480 7 510 1 605 4 756 8 737 Entelin 36 860 39 182 42 869 55 837 53 537 49 868 Fideicomiso Fotovoltaico Minem-Ergon 757 495 945 989 1128 134 1147 497 1292 545 1312 333