Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2018 (27/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

50
Electro Sur Este

NORMAS LEGALES
Empresas Receptoras Electronoroeste

Viernes 27 de julio de 2018 /

El Peruano

Electro Oriente

Electro Puno

Electronorte

Electrosur

Empresas Aportantes

Electro Dunas Electrocentro Coelvisac Hidrandina Electro Ucayali Electro Tocache Emsemsa Emseusa Chavimochic Sersa Electro Pangoa Esempat Edelsa Egepsa

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0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

1 781 453 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

1 468 637 981 191 459 040 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 361 986 588 877 86 107 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 0 0 441 698 213 461 152 624 10 106 0 0 0 0 0 0

Adinelsa 0 0 0 0 0 0 0 99 585 102 467 76 177 30 318 11 684 5 040 2 308

Artículo 4º.- Las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados por Mecanismo de Compensación deberán efectuarse dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la publicación de la presente resolución. Artículo 5º.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano y consignada, junto con los Informes Nº 360-2018-GRT y Nº 049-2018-GRT, en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/ Resoluciones/Resoluciones-GRT-2018.aspx DANIEL SCHMERLER VAINSTEIN Presidente del Consejo Directivo 1674908-2

Seal

Aprueban factores de actualización "p" aplicables para determinar los cargos unitarios por Compensación por Seguridad de Suministro de Reserva Fría, por Prima, por FISE, por Capacidad de Generación Eléctrica y por Compensación de la Confiabilidad en la Cadena de Suministro de Energía
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 128-2018-OS/CD Lima, 25 de julio de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante los Decretos Legislativos Nº 1002 y Nº 1041, así como la Ley Nº 29852 y la Ley Nº 29970 ("las Normas") se dispuso que se incluya como parte del Peaje por Conexión Unitario al Sistema Principal de Transmisión: (i) El cargo por seguridad de suministro que compensa a los contratos de Reserva Fría (RF) de la Planta de Ilo, de Talara, de Puerto Eten, de Puerto Maldonado y de Pucallpa; (ii) El cargo por Prima RER determinado a partir de la diferencia entre la valorización de las inyecciones netas de energía de los generadores que utilizan recursos energéticos renovables a su correspondiente Tarifa de Adjudicación de licitación y la valorización de la mencionada energía a Costos Marginales de Corto Plazo; (iii) El cargo que compensa los recargos pagados por los generadores eléctricos para financiar el Fondo de Inclusión Social Energética (FISE); (iv) El cargo por confiabilidad en la cadena de suministro de energía, que se determina en base a los

costos necesarios para compensar las situaciones de emergencia eléctrica o graves deficiencias del servicio eléctrico por falta de capacidad de producción y/o transporte declarados por el Ministerio de Energía y Minas; y (v) El cargo que compensa por capacidad de Generación Eléctrica de los contratos de Nodo Energético del Sur de la central Puerto Bravo de Samay I S.A. y la Planta Nº 2 Ilo de ENGIE Energía Perú S.A. Que, mediante Resoluciones Nº 651-2008-OS/CD, Nº 001-2010-OS/CD, Nº 151-2013-OS/CD, Nº 140-2015-OS/ CD, Nº 073-2016-OS/CD y modificatorias, se aprobaron los procedimientos que establecen la metodología a seguir para la determinación de los cargos unitarios por compensaciones al momento de fijarse los Precios en Barra, así como su revisión trimestral en la misma oportunidad en que se calculen los Precios a Nivel Generación; Que, mediante Resolución Nº 056-2018-OS/CD y modificatorias, se fijaron los Precios en Barra aplicables al periodo mayo 2018 ­ abril 2019 que incluyeron los cargos unitarios por compensación establecidos por la normativa. Asimismo, se estableció que los mencionados cargos se actualizarán mediante la aplicación de un factor "p" que se determinará trimestralmente conforme a lo establecido por los procedimientos señalados en el considerando anterior; Que, asimismo, en cumplimiento de la norma "Procedimiento para Aplicación del Mecanismo de Compensación establecido en el Decreto Supremo Nº 035-2013-EM", aprobado con Resolución Nº 114-2015OS/CD; se fijó el Cargo Unitario por Compensación GGEEDUP a ser adicionado al Peaje del Sistema Secundario y Complementario de Transmisión, para el período mayo 2018 ­ abril 2019, asignado a la demanda del Área de Demanda 15, mediante Resolución Nº 064-2018-OS/CD. En esta resolución se estableció que el mencionado cargo se actualizará trimestralmente; Que, luego de revisada la información proporcionada por el COES, por la Unidad de Generación del SEIN

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