Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2018 (07/03/2018)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 7 de marzo de 2018 /

El Peruano

responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 4° de la Ley N° 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 30° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, aprobado con Ordenanza Regional Nº 0012-2017-GORE-ICA, establece que la Gerencia General Regional, es el órgano de alta dirección responsable de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ica, está encargada de organizar, articular, monitorear, y evaluar las acciones de los diferentes órganos y unidades orgánicas, así como, supervisar el cumplimiento de las políticas públicas regionales ; Que, el numeral 2 del artículo 32° del citado Reglamento de Organización y Funciones, establece que es función de la Gerencia General Regional, aprobar resoluciones que tendrán aplicación regional, conforme a su competencia; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado con Decreto Supremo N° 126-2017-EF, señala en su artículo I como Principio Regulatorio el de Unidad de Caja, que consagra la Administración Centralizada de los fondos públicos en cada entidad u órgano, cualquiera que sea la fuente de financiamiento e independientemente de su finalidad, respetándose la titularidad y registro que corresponda ejercer a la entidad responsable de su percepción; Que, en el literal a) del artículo 8° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado con Decreto Supremo N° 126-2017-EF, se señala como atribuciones y responsabilidades de las unidades ejecutoras y áreas o dependencias equivalentes en las entidades, a través del Director General de Administración o quien haga sus veces, centralizar y administrar el manejo de todos los fondos percibidos o recaudados en su ámbito de competencia; Que, asimismo, en el artículo 9° de la norma en mención, se establece como responsables de la administración de los fondos públicos en las entidades ejecutoras y dependencias equivalentes en las entidades, al Director General de Administración o quien haga sus veces y el Tesorero, cuya designación debe ser acreditada ante la Dirección Nacional de Tesoro Público; Que, de acuerdo al numeral 24.1 del artículo 24° del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, que el Jefe del Area Natural Protegida es la máxima autoridad en el ámbito de su jurisdicción y dentro de sus competencias, siendo como tal el responsable de dirigir y supervisar la gestión del Area Natural Protegida; asimismo, de acuerdo al numeral 24.2 del mismo artículo, son requisitos para ser designado Jefe de un Area Natural Protegida, contar con: título profesional, especialización o experiencia comprobada vinculada a la gestión y manejo de los recursos naturales, en particular de Áreas Naturales Protegidas; Que, de acuerdo al numeral 30.1 del artículo 30° de la norma citada en el párrafo precedente, la administración de las Áreas de Conservación Regional está a cargo de un Jefe designado por el Gobierno Regional, el cual además establece sus funciones, debiendo reunir los mismos requisitos definidos para los Jefes de las Áreas Naturales Protegidas del SINANPE; Que, de acuerdo al artículo 15° de la Ordenanza Regional N° 0007-2017-GORE-ICA, "Lineamientos que regulan las actividades para el uso turístico en el Área de Conservación Regional de la Laguna de Huacachina ­ ACRLH", la administración del Área de Conservación Regional de la Laguna de Huacachina, está a cargo de un Jefe designado por las Gerencias competentes ya determinadas en el artículo precedente de dicha Ordenanza (Gerencia Regional de Recursos Naturales

y Gestión del Medio Ambiente y Gerencia Regional de Desarrollo Económico), las mismas que determinarán el perfil del funcionario a cumplir dicho cargo; Que, estando a lo dispuesto en la normatividad vigente y en uso de las facultades conferidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902 y la Ordenanza Regional Nº 0012-2017-GORE-ICA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Precisar que la Gerencia Regional de Administración y Finanzas, así como la Subgerencia de Tesorería, constituyen los órganos competentes conforme a Ley, para la recaudación de los fondos generados por el acceso al Área de Conservación Regional de la Laguna de Huacachina ­ ACRLH, de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución. Los referidos órganos deberán ejercer dicha competencia, la cual conforme a Ley es irrenunciable, de manera inmediata, y sin dilación. Artículo 2º.- Ordenar que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente y la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, eleven a esta Gerencia General la propuesta de designación del Jefe del Área de Conservación Regional de la Laguna de Huacachina, dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer que la Gerencia Regional de Administración y Finanzas proceda con la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 4°.- Disponer que la Subgerencia de Tecnologías de la Información proceda con la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS RAMON NODA YAMADA Gerente General Regional Gerencia General Regional 1622371-1

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Hospital Regional de Moquegua
RESOLUCIÓN EJECUTIVA DIRECTORAL Nº 361-2017-GERESA-HRM/DE Moquegua, 22 de diciembre de 2017 VISTOS: El Informe N° 124-2017-GERESA-HRM/ UP-PROG de fecha 22 de diciembre de 2017 de la responsable del Área de Programación, Informe N° 205-2017GERESA-HRM/6.1 de fecha 22 de diciembre de 2017 del Jefe de la Unidad de Personal, e Informe N° 249-2017-GERESA-HRM-03 de fecha 22 de diciembre de 2017 del Jefe de la Oficina de Planeamiento Estratégico; CONSIDERANDO: Qué; con el Informe de visto la responsable del Área de Programación, indica que los cargos consignados en el CAP ­ P serán adecuados a los cargos del clasificador de cargos del MINSA, por analogía, las cuales conforme a lo dispuesto por la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, el cual está en base a cargos estructurales; la clasificación de estos códigos, y respetando los limites porcentuales dispuestos por los dispositivos legales vigentes; por lo que, alcanza los anexos 4-B, (Cuadro para Asignación de Personal Provisional), 4-C (Resumen Cuantitativo) y 4-D (Contratos Sujetos a Modalidad); el cual tiene proveído favorable del Jefe de la Unidad de Personal y Jefe de la Oficina de Administración;

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