Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2018 (12/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Lunes 12 de marzo de 2018 /

El Peruano

ELISA o bien ensayo de polarización de la fluorescencia o Fijación de Complemento. 8. VIRUS DE SCHMALLENBERG: (Certificar lo que corresponda) Los embriones han sido recolectados de animales donantes que han resultado negativas a: - Una prueba de ELISA; o - Una prueba de PCR De una muestra tomada después del lavado embrional. 9. LENGUA AZUL: (certificar lo que corresponda) Las donadoras no manifestaron signos clínicos de Lengua Azul y han resultado negativos a: - Una prueba de ELISA; o - Una prueba de PCR 10. Los embriones han sido tratados con tripsina. 11. El tanque de embriones fue inspeccionado y sellado por un veterinario oficial de la Autoridad Competente quien luego de la inspección ha precintado el tanque antes de ser exportado. 12. El tanque para el transporte de los embriones es: (certificar lo que corresponde) - Nuevo; o - Fue desinfectado con productos autorizados por el Servicio Oficial. REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE BOVINOS PROCEDENTES DE AUSTRIA Los bovinos estarán amparados por un certificado sanitario, expedido por la Autoridad Oficial de Sanidad Animal de Austria, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: 1. IDENTIFICACIÓN: a) Identificación Individual del Animal: b) Edad (Fecha de Nacimiento): c) Sexo: d) Raza: e) Ganadería de Origen: f) Nombre del Importador: g) Nombre del Exportador: 2. Austria es libre de: Fiebre Aftosa y Perineumonía contagiosa bovina reconocido por la Organización Mundial de Sanidad Animal-OIE. 3. Austria ha sido reconocido por la Organización Mundial de Sanidad Animal-OIE, como país con riesgo insignificante para la Encefalopatía Espongiforme Bovina. 4. En Austria no se ha presentado casos de Ántrax, Teileriosis, Cowdriosis, Dermatofilosis y Septicemia Hemorrágica en los últimos 10 años. 5. En Austria se encuentra prohibido la alimentación de rumiantes con harinas de carne y huesos, y con chicharrones derivados de rumiantes; ni con alimentos para animales (concentrados, balanceados, alimentos completos) que contengan proteínas de rumiantes en cumplimiento con las recomendaciones de la OIE. 6. La explotación de origen no ha registrado nunca casos de Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB). 7. Los bovinos cumplirán un periodo de cuarentena de por los menos treinta (30) días previos al embarque. 8. La explotación de origen y el lugar de la cuarentena se encuentran registrados y aprobados por la Autoridad Oficial Competente de Austria, las cuales al menos en un área de 10 km a su alrededor no han estado bajo restricciones sanitarias debido a la presencia de enfermedad de los animales durante los sesenta (60) días previos al embarque.

9. La cuarentena se realiza bajo la supervisión de los Servicios Veterinarios Oficiales de Austria. 10. Los bovinos han nacido y han sido criados en un país miembro de la Unión Europea. Y han permanecido por un mínimo de seis (6) meses en Austria. 11. Los bovinos no han sido descartados o desechados, como consecuencia de una campaña de erradicación de enfermedades transmisibles de los bovinos. 12. Los bovinos han sido identificados previamente, mediante un sistema que asegure la trazabilidad de los animales y permita la localización del establecimiento y lugar de origen. 13. LENGUA AZUL (certificar lo que corresponda). Los bovinos han sido protegidos contra las picaduras de Culicoides por lo menos los 28 días anteriores al embarque y durante el transporte al lugar de salida; y durante ese periodo dieron resultados negativos a una prueba de IDGA, ELISA o prueba de reacción en cadena de la polimerasa (PCR) realizada durante el aislamiento. Los animales positivos a la prueba de IDGA o ELISA pueden ser probados por la prueba de PCR; los animales negativos a la prueba de PCR serán elegibles para ser exportados a Peru. (Indicar la fecha de la prueba) 14. LEPTOSPIROSIS Los bovinos han recibido un tratamiento con un antimicrobiano de acción específica contra Leptospira, aprobado por la Autoridad Competente de Austria (indicar el nombre del antimicrobiano, la dosis usada, frecuencia del tratamiento y vía de administración). 15. RABIA SILVESTRE Los bovinos han permanecido durante los seis (6) meses anteriores al embarque en una explotación en la que no fue registrado ningún caso de Rabia durante por lo menos los doce (12) meses anteriores al embarque. 16. BRUCELOSIS corresponda) BOVINA (Certificar lo que

i. Austria es oficialmente libre de Brucelosis Bovina; o ii. Los bovinos han permanecido en un rebaño libre de Brucelosis Bovina según lo define el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE y resultaron negativos a una prueba de: (certificar lo que corresponda) a) Antígeno tamponado b) Fijación de Complemento c) Polarización de la fluorescencia d) ELISA (Efectuadas durante los treinta (30) días anteriores al embarque) 17. RINOTRAQUEITIS INFECCIOSA BOVINA/ VULVOVAGINITIS PUSTULAR Los bovinos resultaron negativos durante la cuarentena de una (1) prueba de: (certificar lo que corresponda): a) Neutralización de virus; o b) ELISA de bloqueo 18. TUBERCULOSIS Austria es oficialmente libre de Tuberculosis Bovina y los animales provienen de un predio en el cual no se reportaron casos de Tuberculosis en los últimos tres (3) años; y Los bovinos fueron aislados durante los treinta (30) días anteriores al embarque donde no manifestaron signos clínicos de tuberculosis y durante ese periodo resultaron negativos a una (1) prueba de tuberculina con PPD bovina. 19. PARATUBERCULOSIS. Los bovinos proceden de un rebaño en el que no fue registrado ningún signo clínico de la enfermedad durante los doce (12) meses anteriores al embarque; y resultaron negativos a dos pruebas (02) efectuada durante los treinta

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