Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2018 (18/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Domingo 18 de marzo de 2018 /

El Peruano

la autorización, fiscalización, control de la fabricación, importación, exportación, comercialización, distribución, traslado, custodia, almacenamiento, posesión, uso, destino final, capacitación y entrenamiento en el uso de armas, municiones y explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados, así como la reparación y ensamblaje de armas y municiones, teniendo como fin la preservación de la seguridad nacional, la protección del orden interno, la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica, conforme al artículo 175 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 43 de la Ley y el artículo 153 del Reglamento establecen que los explosivos de uso civil se clasifican en explosivos primarios y explosivos secundarios. Asimismo, se clasifica como materiales relacionados con los explosivos de uso civil a los insumos, conexos o accesorios de voladura; Que, el artículo 154 del Reglamento regula la compatibilidad entre explosivos y materiales relacionados, y señala que por Directiva aprobada mediante Resolución de Superintendencia, se establece la Tabla de Compatibilidad de los mismos, la cual debe ser tomada en cuenta para efectos de su almacenamiento y transporte; Que, con Informe Técnico N° 035-2018-SUCAMECOGPP de fecha 07 de marzo de 2018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que el citado proyecto de directiva se encuentra técnicamente viable de aprobación y ha sido elaborado conforme a lo establecido en la Directiva N° 001-2014-SUCAMEC "Lineamientos para la formulación y uso de documentos oficiales en la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil"; Que, mediante Informe Legal N° 00148-2018-SUCAMEC-OGAJ de fecha 09 de marzo de 2018, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina favorablemente sobre el proyecto de directiva, toda vez que ha sido elaborado conforme a la normatividad vigente, además de contar con sustento técnico - legal de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil; asimismo, recomienda su aprobación y publicación en el diario oficial El Peruano por tratarse de una norma de carácter general, cuyo texto se deriva de un mandato general, objetivo y obligatorio para la Sucamec y los administrados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Que, la aprobación del presente documento conlleva a que se deje sin efecto la Directiva N° 04-2017-SUCAMEC denominada "Clasificación y compatibilidad de explosivos y materiales relacionados", aprobada con Resolución de Superintendencia N° 308-2017-SUCAMEC de fecha 12 de abril de 2017, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 008-2006-JUS, que aprueba el Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa; Con el visado del Gerente de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (e), del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Gerente General; De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127 - Decreto Legislativo que crea la Sucamec, y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sucamec, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 02-2018-SUCAMEC denominada "Clasificación y compatibilidad de explosivos y materiales relacionados", la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- La Directiva aprobada mediante el artículo precedente entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Directiva N° 04-2017-SUCAMEC, denominada "Clasificación y compatibilidad de explosivos y materiales relacionados", aprobada con Resolución de Superintendencia N° 308-2017-SUCAMEC de fecha 12 de abril de 2017.

Artículo 4.- Publicar la presente resolución, la directiva y su anexo en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ Sucamec (www.sucamec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ALBERTO DULANTO ARIAS Superintendente Nacional DIRECTIVA N° 002-2018-SUCAMEC CLASIFICACIÓN Y COMPATIBILIDAD DE EXPLOSIVOS Y MATERIALES RELACIONADOS I. OBJETO La presente Directiva tiene por objeto establecer, bajo parámetros técnicos estandarizados, una clasificación detallada de los explosivos de uso civil y sus respectivos materiales relacionados, identificándolos por su denominación genérica. Asimismo, otro de sus objetivos es establecer disposiciones sobre la compatibilidad de los explosivos de uso civil y sus respectivos materiales relacionados, según lo dispuesto en el artículo 154° del Reglamento de la Ley N° 30299. II. FINALIDAD Clasificar los explosivos y sus materiales relacionados (en adelante, EMR), a efectos de promover la predictibilidad en la actuación administrativa de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (en adelante, la SUCAMEC), durante el desarrollo de las actividades de evaluación, control y fiscalización. Por otra parte, se busca identificar aquellas denominaciones genéricas de EMR que son compatibles entre sí para efectos de su almacenamiento y traslado. III. ALCANCE La presente directiva es de aplicación a nivel nacional y de obligatorio cumplimiento para los órganos de línea y órganos desconcentrados de la SUCAMEC. Además, resulta aplicable a las entidades públicas que colaboren a nivel nacional con la SUCAMEC en el control y fiscalización de actividades desarrolladas con EMR, y a todas las personas naturales o jurídicas que fabriquen, importen, exporten, comercialicen, trasladen, almacenen o utilicen EMR. IV. BASE LEGAL La aplicación de la presente Directiva se sujeta a las siguientes normas: - Decreto Legislativo N° 1127, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC. - Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil (en adelante, la Ley). - Decreto Supremo N° 010-2017-IN, a través del cual se aprueba el Reglamento de la Ley N° 30299 (en adelante, el Reglamento). - Decreto Supremo N° 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modificado por Decreto Supremo N° 0172013-IN. - Decreto Supremo N° 021-2008-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos. - Resolución de Superintendencia N° 0052014/SUCAMEC, que aprueba la Directiva N° 001-2014-SUCAMEC, "Lineamientos para la formulación y uso de documentos oficiales en la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil".

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