Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2018 (19/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 19 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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ha verificado 158 árboles, con los cuales se demuestra o se justifica la movilización del balance de extracción"22. Sobre el particular, el señor Pezo agregó que "(...) de la revisión de la información contenida en las actas, formatos de campo y track (recorrido por el GPS durante la supervisión) no se aprecia algún indicio que haga presumir que la información contenida no es real (...). Bajo esa premisa, queda demostrado de que en el informe de supervisión existe insuficiencia probatoria (...)"23. 40. Respecto a este punto, es necesario precisar que la supervisión se realizó sobre los individuos previamente seleccionados correspondientes al POA VI, en una superficie de 919.00 hectáreas, verificando un total de 143 individuos (113 aprovechables y 30 semilleros)24, encontrándose para el caso de los aprovechables 31 individuos en pie, 51 en tocón, 07 tumbados y 24 inexistentes en las coordenadas señaladas en el POA VI; y, para el caso de los semilleros, se encontraron 20 individuos en pie, 01 en tocón y 09 son inexistentes en las coordenadas señaladas en el POA VI, a pesar de que la búsqueda se realizó en un radio de 50 metros. 41. Asimismo, se ha realizado un análisis al registro original del GPS Garmin25, en el cual se observa que contiene información como la hora, ubicación, altura, distancia, velocidad promedio, tiempo de recorrido, entre otras variables que solo se registran durante el recorrido en campo. 42. En virtud a ello, el registro original del GPS Garmin guarda información encriptada de fábrica que permitiría detectar cuándo este ha sido alterado, constituyendo un archivo no manipulable, por lo que la información proyectada en el mapa de recorrido de la supervisión obtenida del archivo original descargado del GPS Garmin - es veraz, cierta e incontrastable. 43. Al respecto, cabe precisar que el Protocolo N° 001-2017-OSINFOR "Revisión de información georreferenciada generada durante el proceso de la supervisión del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR", aprobado por Resolución Presidencial N° 113-2017-OSINFOR del 29 de noviembre de 2017 (en adelante, Resolución Presidencial N° 113-2017-OSINFOR), establece un proceso de revisión de la información georreferenciada en supervisiones a títulos habilitantes forestales y de fauna silvestre. 44. En el numeral 9.4 de la Resolución Presidencial N° 113-2017-OSINFOR se indica que únicamente los archivos georreferenciados conformes (inclusive aquellos que ya hayan sido subsanados por haber contenido observaciones) continuarán con el proceso establecido en el mencionado Protocolo26; sin embargo, aquellos archivos georreferenciados que tengan observaciones, tales como ausencia de archivo GPS, archivo GPS no generado en campo (manipulados) o con inconsistencias de tiempos y distancias, deberán pasar por un procedimiento de procesamiento y producción cartográfica para verificar la pertinencia de dichos archivos27. 45. En ese sentido, conforme a lo dispuesto en la Resolución Presidencial N° 113-2017-OSINFOR, es posible identificar posibles afectaciones a los equipos GPS usados durante las supervisiones, por lo que la información obtenida como resultado de las supervisiones de campo ­ obtenida del análisis del archivo original descargado del GPS ­ es finalmente comprobada en un procedimiento exhaustivo, otorgándole certeza a dicha información. 46. En razón a ello, el registro original del GPS Garmin y el mapa de recorrido de la supervisión28reflejan el desplazamiento realizado por el supervisor durante la supervisión, abarcando la mayor parte del área de la Parcela de Corta Anual (aproximadamente 90 %) y no entre las fajas 18 al 21, como erróneamente manifiesta el administrado. 47. Por otro lado, en su recurso de apelación el señor Pezo Villacorta indicó que "(...) en la supervisión se describe que verificó 88 individuos, de los 246 aprobados, de los cuales 19 no fueron encontradas [sic], 22 se encontraron en pie, 46 en tocón y 01 tumbado (talado no movilizado), con ello no se acredita con elementos de certeza, porque el supervisor no ha verificado o no ha visto 158 árboles y no puede inferir la no existencia de 24 árboles. Los supervisores cuando realizan la verificación de árboles muestreados siguen un protocolo, el cual consiste en que cada árbol para encontrarlo tienen un

máximo de 10 minutos, lo que evidencia los errores que vienen cometiendo y no hacen la búsqueda dentro de los parámetros establecidos y sus muestras son totalmente insuficientes o poco significativas para obtener certeza, no se les supervisa a fin de que hagan un reparto aleatorio de especies en el área del POA frente al volumen aprobado, por ello que concentraban su supervisión por donde puedan salir rápido desnaturalizando las acciones diseñadas en el Manual de Supervisión de Concesiones Forestales con Fines Maderables, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 006-2013-OSINFOR (...)"29. 48. Al respecto, es necesario mencionar que el tamaño de la muestra supervisada fue determinada en función a la Matriz para determinar el número de fajas y árboles a supervisar, contemplado en el Procedimiento para la Supervisión usado para la supervisión al POA VI del señor Pezo, aprobado mediante Resolución Gerencial N° 005-2005-INRENA-OSINFOR y dispuesto su aplicación mediante Resolución Directoral N° 001-A-2009OSINFOR-DSCFFS de fecha 20 de agosto de 200930, vigente al momento de la supervisión, en el cual señala que corresponde supervisar como mínimo 15 individuos en 3 fajas. No obstante, para una mejor representatividad de la muestra, el supervisor optó por verificar un total de 113 individuos, distribuidos de la siguiente manera:

22 23 24

25

26

27

28 29 30

Foja 317. Foja 318. Cuadro 03 "Arboles censados" del Formato de campo para supervisión (Fojas 32 a 39). El archivo generado por los receptores GPS marca Garmin es en formato ".gdb", el cual guarda un registro de puntos, destino, rutas, caminos, etc. Resolución Presidencial N° 113-2017-OSINFOR "9. PROCEDIMIENTO (...) 9.4 Acondicionamiento Los archivos georreferenciados conformes (y aquellos subsanados) continúan el proceso a la etapa de acondicionamiento, esto consiste en la transformación de formatos, asignación de sistema de referencia, estandarización de estructuras, y todas aquellas actividades que permitan su incorporación en la base de datos del SISFOR". Resolución Presidencial N° 113-2017-OSINFOR "9. PROCEDIMIENTO (...) 9.3 Revisión de archivos georreferenciados Los resultados de la revisión de los archivos georreferenciados tendrán el siguiente tratamiento: (...) 9.3.1 Resultados de la revisión: (...) · De comunicación: Cuando los resultados de la revisión indican que no cumplen con los criterios establecidos en ítem 8, y son comunicados directamente a la SDSCFFS o SDSPAFFS correspondiente, quien adoptará y comunicará la pertinencia a la DEFFS para su procesamiento y producción cartográfica.(...) Tenemos, por ejemplo: Ausencia de archivos GPS, archivo GPS no generado en campo (manipulados), archivo GPS con inconsistencia de atributos de tiempo de registro, archivo GPS generado con una inadecuada configuración (generación de tracking con intervalos de tiempo/distancia muy largos)". Foja 18. Foja 318. Procedimiento para supervisión a los Contratos de Concesión Forestal con Fines Maderables c. Determinación de las muestras a evaluar sobre la base del censo comercial c.1. Especies forestales diferentes a la caoba.- la muestra se determina de la siguiente manera: 1. Determinación del número de fajas a evaluar de acuerdo al cuadro Nº 03. (...) Cuadro Nº 03: Matriz para determinar el número de fajas y árboles a supervisar.
Total Fajas en la PCA Menor de 69 70 a 89 90 a 109 110 a mas Nº de fajas para evaluar 3 4 5 6 Nº árboles por faja 5 5 5 5 Total de árboles a evaluar 15 20 25 30

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