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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2018 (23/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Viernes 23 de marzo de 2018 El Peruano / Resolución S.B.S. N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 06 de febrero de 2018, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Willy Jean Pierre Moya Naucapoma, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Willy Jean Pierre Moya Naucapoma, con matrícula número N-4597, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1628558-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 998-2018 Lima, 14 de marzo de 2018EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por el señor Danny Henry Chinga Salas para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 06 de febrero de 2018, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Danny Henry Chinga Salas postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Danny Henry Chinga Salas, con matrícula número N-4592, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1628600-1 Aprueban modificación del Estatuto Social referida al cambio de denominación social de la empresa “Vida Seguros Corredores de Seguros de Personas E.I.R.L.” a “Vidaseguros Corredores de Seguros E.I.R.L.”; así como los artículos segundo y quinto RESOLUCIÓN SBS Nº 1036-2018 Lima, 15 de marzo de 2018EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTROSVISTA: La solicitud presentada por la empresa Vida Seguros Corredores de Seguros de Personas E.I.R.L. con Registro N° J-813, representada por el señor Alberth Pérez Villar, para que se le autorice la modi fi cación parcial de su Estatuto Social; CONSIDERANDO: Que, por Acta de Decisión de Titular y Acta Aclaratoria de Decisión de Titular de fechas 26 de febrero de 2018, se acordó la modi fi cación de los Artículos Primero, Segundo y Quinto del Estatuto Social; Que, la empresa solicitante ha cumplido con lo establecido en el artículo 14° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado mediante Resolución S.B.S. N° 1797-2011 y con los requisitos exigidos por el Procedimiento 151 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. N° 3082- 2011 de fecha 11 de marzo de 2011 y modi fi catorias; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaría General de la Superintendencia; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, sus modi fi catorias y en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la modi fi cación del Artículo Primero del Estatuto Social referida al cambio de Denominación Social de la empresa “Vida Seguros Corredores de Seguros de Personas E.I.R.L.” a “Vidaseguros Corredores de Seguros E.I.R.L.”, así como, la modi fi cación de los artículos Segundo y Quinto del Estatuto Social, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y, devuélvase