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30 NORMAS LEGALES Martes 1 de mayo de 2018 / El Peruano EmpresaMonto total a reconocer por Osinergmin (Soles) Eilhicha 6 140.72 Electro Dunas 7 968.26 Electro Oriente 248 067.90 Electro Puno 170 937.19Electro Sur Este 175 532.18 Electro Tocache 4 567.60 Electro Ucayali 26 615.26Electrocentro 225 147.38 Electronoroeste 100 807.91 Electronorte 120 904.79Electrosur 28 722.17 Emsemsa 3 089.43 Emseusac 5 995.20Enel Distribución Perú 15 505.81 Hidrandina 22 553.57 Luz del Sur 11 524.06Seal 30 077.22 Sersa 4 058.60 TOTAL 1 235 786.24 Artículo 2°.- A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolución, la instrucción de orden de pago al fi duciario a que se hace referencia en el Artículo 19.3 de la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas”, aprobada con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/CD, la realizará el Jefe de Proyecto FISE e informará al Consejo Directivo de Osinergmin. Artículo 3°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y consignada junto con los Informes N° 0220-2018-GRT y N° 417-2017-GRT en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe. JAIME MENDOZA GACON GerenteGerencia de Regulación de Tarifas 1642670-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Aprueban Reglamento para la contratación de servicios de Consultoría de PROINVERSIÓN CONSEJO DIRECTIVO Sesión Nº 49 del 27 de abril de 2018 ACUERDO CD PROINVERSIÓN Nº 49-3-2018-CD Visto, el Resumen Ejecutivo Nº 1-2018/DE, el Informe Nº 9-2018-PROINVERSION-DEP y el Informe Nº 151-2018/OAJ, se acuerda: 1. Exceptuar a PROINVERSIÓN de la aplicación total de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, a las contrataciones vinculadas a los procesos de promoción de la inversión privada a que se re fi eren el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y el Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada de las Empresas del Estado, junto con sus respectivas normas modi fi catorias, reglamentarias, complementarias y conexas. Dichas contrataciones se rigen bajo el Reglamento materia de aprobación del acuerdo. 2. Aprobar el Reglamento para la contratación de servicios de Consultoría de PROINVERSIÓN, cuya copia como Anexo forma parte de la presente acta. 3. Delegar en el Director Ejecutivo las acciones que sean requeridas para su pronta implementación. Transcribir el presente acuerdo a la O fi cina de Administración, la Dirección de Portafolio de Proyectos, la Dirección Especial de Proyectos y los Directores de Proyecto. JUAN JOSÉ MARTÍNEZ ORTIZ Secretaria de Actas Lima, 30 de abril de 2018 REGLAMENTO DE CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE PROINVERSIÓN CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación Establecer las disposiciones generales para las contrataciones de servicios de consultoría que realice la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en cumplimiento y en el ejercicio de sus funciones, vinculadas a las fases de planeamiento y programación, formulación, estructuración, transacción y ejecución contractual de los proyectos a que se re fi eren el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos - Decreto Legislativo No. 1224, aprobado por el Decreto Supremo No. 254-2017-EF, y el Decreto Legislativo No. 674, así como sus respectivas normas modi fi catorias, reglamentarias, complementarias y conexas. Artículo 2.- Base Legal2.1 La Décima Disposición Complementaria Final de la Ley No. 30225, Ley de Contrataciones del Estado, o norma que la sustituya. 2.2 Acuerdo de Consejo Directivo No. 49-3-2018-CD que aprueba exceptuar a PROINVERSIÓN de la aplicación total de la Ley No. 30225 a las contrataciones vinculadas a los procesos a que se re fi eren el Decreto Legislativo No. 1224 y el Decreto Legislativo No. 674, junto con sus respectivas normas modi fi catorias, reglamentarias, complementarias y conexas. 2.3 Texto Único Ordenado de la Ley No. 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo No. 006-2017-JUS (en adelante, TUO de la Ley No. 27444). 2.4 Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos – Decreto Legislativo No. 1224, aprobado por el Decreto Supremo No. 254-2017-EF (en adelante, TUO del Decreto Legislativo No. 1224), normas modi fi catorias, reglamentarias, complementarias y conexas. 2.5 Ley de Promoción de la Inversión Privada en las Empresas del Estado – Decreto Legislativo No. 674, normas modi fi catorias, reglamentarias, complementarias y conexas. Artículo 3.- Principios Las contrataciones que realice PROINVERSIÓN se desarrollan con fundamento en los siguientes principios, sin perjuicio de la aplicación de los principios del procedimiento administrativo previstos en el TUO de la Ley No. 27444.