Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2018 (01/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Martes 1 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Postores Calificados, se efectuará mediante carta simple con cargo de recepción o por correo electrónico, con la respectiva constancia de recepción, adjuntando las Bases y otros documentos que correspondan. Artículo 21.- Postores Para adquirir la calidad de Postor se requiere haber recibido la respectiva convocatoria por el Comité de Contrataciones o formar parte de un Consorcio, donde uno de sus integrantes haya sido convocado a participar; y, presentar propuestas conforme a lo dispuesto en las Bases. En ningún caso, el convocado a participar, puede formar parte de más de un Consorcio. Artículo Consultas 22.Formulación y Absolución de

Artículo 24.- Recepción y revisión de Propuestas 24.1 Las propuestas se presentarán en Acto Público, en el lugar, día y hora señalados en las Bases y en presencia de Notario Público. 24.2 A continuación se revisará el contenido del Sobre No. 1 en el mismo orden en que fueron recibidos, verificando que estén todos los documentos solicitados. La falta de cualquier documento descalificará la propuesta devolviéndose al Postor el Sobre No. 2 sin abrir. Abiertos los Sobres No. 1, el Notario rubricará y sellará todas las páginas de los documentos contenidos en estos y entregará los mismos al Comité de Contrataciones, para su evaluación. 24.3 Los Sobres No. 2 de los Postores cuyo Sobre No. 1 hubiera sido admitido, quedarán en custodia del Notario, quien los firmará conjuntamente con los postores que así lo deseen. Artículo 25.- Evaluación de la Propuesta Técnica contenida en el Sobre No.1 25.1 La evaluación de la Propuesta Técnica se llevará a cabo de acuerdo a los criterios y requerimientos y en el plazo establecido en las Bases por el Comité de Contrataciones. Si durante la evaluación se detectaran errores no sustanciales, el Comité de Contrataciones podrá solicitar al Postor la subsanación en un plazo razonable y que no afecte el desarrollo del procedimiento. Vencido dicho plazo sin haberse efectuado la subsanación, el Postor será descalificado y se le devolverá el Sobre No. 2 sin abrir. Se considerará errores no sustanciales aquellos que afecten la forma de presentación de la documentación que conforma la propuesta técnica. En las Bases se establecerán qué documentos no podrán ser materia de subsanación. 25.2 Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo determinado en las Bases. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas en esta etapa. Artículo 26.- Apertura Adjudicación del Sobre No. 2 y

22.1 Los interesados en participar en los Concursos de Invitación o los Concursos Públicos podrán solicitar la aclaración o precisión de cualquiera de los extremos de las Bases a través de consultas. Las consultas se formularán necesariamente por escrito, a través de la Mesa de Partes de PROINVERSIÓN o por el correo electrónico correspondiente, el cual se consignará en las Bases. 22.2 La absolución a las consultas serán realizadas a través de Circulares, las cuales serán publicadas en la página web de la institución, pudiendo ser alternativa o conjuntamente remitidas por correo electrónico a los Postores, sin identificar quien formuló las consultas, formando estas parte de las Bases. 22.3 Cualquier modificación a los Términos de Referencia que se produzca como resultado de las consultas, deberá contar, previamente, con la aprobación del Usuario, según corresponda, la cual debe ser notificada al Comité dentro del plazo de dos (2) días hábiles de formulada la solicitud. Culminada la etapa de Consultas, no será posible modificar los Términos de Referencia o las Bases. 22.4 Cualquier deficiencia o defecto en las propuestas por falta de consultas, no podrá ser invocada como causal de impugnación. Artículo 23.- Propuestas 23.1 Las propuestas estarán contenidas en dos (2) Sobres: a) Sobre No. 1: Credenciales y Propuesta Técnica; y, b) Sobre No. 2: Propuesta Económica 23.2 Los Sobres conteniendo las propuestas se presentarán de manera simultánea en Acto Público y en presencia de Notario Público. Cada sobre deberá rotularse con el número que le corresponda según su contenido y con la denominación o razón social del Postor o nombre del consorcio de ser el caso. 23.3 Los documentos solicitados en los Sobres deberán ser presentados en un solo ejemplar. 23.4 Los documentos de los Sobres deberán estar: a) Foliados y visados por el postor o su representante legal acreditado conforme a lo establecido en las Bases. b) Redactados en el idioma que se establezca en las Bases. c) La experiencia del Consultor así como de su personal se acredita mediante declaración jurada. 23.5 Los documentos de los Sobres tienen carácter de Declaración Jurada. 23.6 En caso de discrepancia entre lo expresado en letras y números, prevalecerá lo expresado en letras. 23.7 La presentación de una propuesta implica el sometimiento incondicional del Postor a las Bases, al Reglamento y a la normativa aplicable. 23.8 En la evaluación de la Propuesta Económica, se excluirán los impuestos aplicables. Tratándose de personas naturales o jurídicas no domiciliadas en el país, éstas estarán sujetas a la deducción del treinta por ciento (30%) por concepto de impuesto a la renta.

26.1 La apertura del Sobre No. 2 de los Postores, cuyo Sobre No. 1 haya sido declarado válido, se realizará en Acto Público, en el lugar, día y hora señalado en las Bases, en presencia de Notario Público. 26.2 El Acto se iniciará comunicando el resultado de la evaluación del Sobre No. 1, indicando los puntajes técnicos totales alcanzados por los Postores; y en consecuencia la relación de los Postores aptos. Los Postores que no cumplen con los términos de referencia o el puntaje técnico mínimo requerido quedarán descalificados, su Sobre No. 2 será devuelto en el acto. 26.3 Acto seguido, el Comité de Contrataciones abrirá el Sobre No. 2 de los postores aptos, dándose lectura a las propuestas económicas presentadas, procediendo a determinar el puntaje total alcanzado de acuerdo a la Metodología de Evaluación señalada en las Bases, estableciéndose el orden de prelación y adjudicándose la Buena Pro al Postor que hubiere obtenido el mayor puntaje, levantándose el Acta correspondiente. 26.4 En caso se advierta incongruencia en la propuesta económica entre el monto consignado en números y el consignado en letras, primará este último. 26.5 El resultado de la evaluación final y la adjudicación de la Buena Pro, serán comunicados como parte del Acto Público y posteriormente serán publicados en el portal institucional de PROINVERSIÓN a través de una Circular. 26.6 La adjudicación de la Buena Pro no supone la celebración del contrato, requiriéndose para ello la suscripción del documento correspondiente. Las Bases deberán consignar en forma expresa lo dispuesto en el presente numeral.

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