Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2018 (01/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 1 de mayo de 2018 /

El Peruano

Artículo 13.- Determinación de la Lista de Invitados Cuando se trate de una contratación que debido a su naturaleza y sus alcances se circunscriba a más de un Proyecto e involucre a más de un Director de Proyecto, la Lista de Invitados será propuesta y aprobada por la Dirección de Portafolio de Proyectos o la Dirección Especial de Proyectos, según corresponda. En los proyectos en los cuales el Usuario sea la Dirección de Servicios al Inversionista, la Lista de Invitados será propuesta y aprobada por dicha dirección. En los demás casos, el Usuario elaborará una Lista de Invitados, la cual será presentada a la Dirección de Portafolio de Proyectos o la Dirección Especial de Proyectos, según corresponda, para su aprobación. La Lista de Invitados deberá estar conformada por lo menos por tres (3) invitados. Los criterios para la elaboración de la Lista de Invitados, se basan en la: (i) experiencia en asesoría a instituciones públicas y privadas (ii) clasificaciones de revistas especializadas (iii) envergadura de los proyectos a los que se ha asesorado (iv) cartera de clientes. II. 2 De los Procedimientos de Selección Artículo 14.- La Adjudicación Directa El procedimiento de Adjudicación Directa será llevado a cabo directamente por el Órgano encargado de las contrataciones, a pedido del Usuario en el caso a que se refiere el literal a) del numeral 7.1 del artículo 7 del presente Reglamento, quien para tal efecto deberá remitir un expediente conteniendo: a) Los Términos de Referencia Preliminares y Definitivos b) El Requerimiento de Servicios Artículo 15.- Desarrollo del Concurso por Invitación El Concurso por Invitación será desarrollado por el Comité de Contrataciones de la siguiente manera: 15.1 Remisión de invitaciones, adjuntando Bases y Términos de Referencia Definitivos. 15.2 Formulación y absolución de consultas a las Bases. 15.3 Presentación de propuestas, apertura de sobres y evaluación de propuestas. 15.4 Adjudicación de la Buena Pro. 15.5 Firma del Contrato. Artículo 16.- Desarrollo del Concurso Público El Concurso Público se encuentra exonerado de la ejecución de los Actos Preparatorios mencionados en los artículos- del 10 al 13 y se desarrollará de la siguiente manera: 16.1 Publicación de Solicitud de Expresión de Interés. 16.2 Calificación de Expresiones de Interés y determinación de la Lista Corta de Postores Calificados elaborada en función a los mejores puntajes obtenidos. 16.3 Remisión de los Términos de Referencia Preliminares a los integrantes de la Lista Corta de Postores Calificados para sus comentarios. 16.4 Determinación del Valor Estimado. 16.5 Aprobación de los Términos de Referencia Definitivos. 16.6 Solicitud de presentación de propuestas a aquellos que conforman la Lista Corta de Postores Calificados, adjuntando Bases y Términos de Referencia Definitivos. 16.7 Formulación y absolución de consultas a las Bases. 16.8 Presentación de Propuestas, apertura de sobres y evaluación de propuestas. 16.9 Adjudicación de la Buena Pro 16.10 Firma de Contrato Artículo 17.- Solicitud y presentación de Expresiones de Interés El Usuario elaborará la solicitud de Expresión de Interés, la cual debe ser aprobada por la Dirección de Portafolio de Proyectos o la Dirección Especial de

Proyectos según corresponda, en el caso de la Dirección de Servicios al Inversionista, es la propia dirección la que elabora y aprueba la solicitud de Expresión de Interés. Aprobada la Expresión de Interés, el Usuario, solicitará a la unidad orgánica competente su publicación en el portal institucional, en un diario de circulación nacional, y en revistas técnicas o financieras. Las solicitudes de Expresión de Interés que formule PROINVERSIÓN tienen por objetivo identificar las firmas más calificadas y el interés de hacer la consultoría. Las solicitudes de Expresión de Interés deben incluir como mínimo la siguiente información: i) Descripción del proyecto. ii) Objetivo de la consultoría. iii) Alcance de los servicios. iv) Calificaciones y experiencia requeridas al Consultor. v) Formalidad para la presentación de la Expresión de Interés. vi) Criterios para determinar la Lista Corta de Postores Calificados. El Usuario registra a quienes presentaron su Expresión de Interés adoptando la formalidad establecida en las solicitudes de Expresión de Interés y procede a su calificación y elaboración de la Lista Corta de Postores Calificados. El Usuario deberá remitir al Órgano encargado de las Contrataciones, la Solicitud de Expresiones de Interés, las Expresiones de interés presentadas, la Lista Corta de Postores Calificados, la determinación del Valor Estimado, los Términos de Referencia Definitivos y el Requerimiento de Servicios, para su revisión acerca del cumplimiento de requisitos del presente Reglamento y posterior remisión al Comité de Contrataciones. Artículo 18.- Intervención del Comité de Contrataciones Tratándose del Concurso por Invitación, el Comité de Contrataciones, asume la conducción del Procedimiento de Selección a partir de la fecha en que el Órgano encargado de las contrataciones le entregue: i) la determinación del Valor Estimado, ii) los Términos de Referencia Definitivos, ii) la Lista de Invitados y iii) el Requerimiento del Servicio. Tratándose del Concurso Público, el Comité de Contrataciones, asume la conducción del Procedimiento de Selección a partir de la fecha en que el Órgano encargado de las contrataciones le entregue: i) la Solicitud de Expresiones de Interés, ii) las Expresiones de Interés presentadas, iii) la Lista Corta de Postores Calificados, iv) la determinación del Valor Estimado, v) los Términos de Referencia Definitivos y vi) el Requerimiento del Servicio. El Comité de Contrataciones deberá efectuar las siguientes acciones, entre otras: i) Elaboración y aprobación de Bases del Procedimiento de Selección. ii) Solicitud de presentación de propuestas a quienes conforman la Lista de Invitados, o Lista Corta de Postores Calificados iii) Absolución de consultas a las Bases. iv) Evaluación de las Propuestas Técnicas y Económicas. v) Adjudicación de la Buena Pro. Artículo 19.- Plazo El plazo de un Concurso por Invitación será como mínimo treinta (30) días hábiles, computados desde la convocatoria hasta el consentimiento de la Buena Pro. El plazo de un Concurso Público será como mínimo sesenta (60) días hábiles, computados desde la solicitud de presentación de propuestas hasta el consentimiento de la Buena Pro. Estos plazos pueden ser prorrogados por el Comité de Contrataciones, hasta por treinta (30) o sesenta (60) días hábiles adicionales, respectivamente, dependiendo si se trata de un Concurso por Invitación o un Concurso Público. Artículo 20.- Convocatoria La convocatoria a los posibles interesados consignados en la Lista de Invitados o la Lista Corta de

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