Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2018 (12/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Sábado 12 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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b. Acreditación oficial, c. Reconocimiento por su participación e iniciativa destacada. Artículo 18º.- De las Faltas y Sanciones: Constituyen Faltas: a. Por faltar de palabra y/u obra al Presidente o cualquier Miembro de la CAM "Mariscal Nieto". b. Por asistir en estado etílico evidente a la Asamblea de la CAM "Mariscal Nieto". c. Por interferir en el desarrollo de la Asamblea en forma prepotente y soez. d. Por reincidencia de faltas señaladas, y e. Retirarse de las Sesiones en forma injustificada. Sanciones: a. Amonestación verbal, y b. Separación definitiva del Miembro acreditado de la Institución. CAPÍTULO VI DE LA ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN Artículo 19º.- Con excepción del cargo de Presidente que recae en el Alcalde Provincial, los Miembros de la CAM "Mariscal Nieto" serán elegidos por un periodo de dos (02) años, pudiendo ser reelegidos. Artículo 20º.- La Estructura de la CAM "Mariscal Nieto" está definida así: a. Asamblea de la CAM "Mariscal Nieto". b. Presidente a cargo de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto". c. Secretaria Técnica a cargo de la Subgerencia de Gestión del Medio Ambiente de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto". d. Equipos Técnicos: - Conservación de los recursos naturales, - Gestión integral de calidad Ambiental, - Gobernanza Ambiental, - Educación y desarrollo sostenible, - Gestión integral de residuos sólidos, - Compromisos y oportunidades Ambientales y otros que se considere necesario. CAPÍTULO VII DE LA ASAMBLEA Artículo 21º.- La Asamblea es el Órgano Supremo de la CAM "Mariscal Nieto", instancia deliberativa y de toma de iniciativas y decisiones, integrado por sus Miembros Permanentes en los asuntos de su competencia, los cuales tendrán voz y voto. Artículo 22º.- Corresponderán a la Asamblea las funciones establecidas en el presente Reglamento. Artículo 23º.- El Pleno celebrará "Sesiones Ordinarias" una vez al mes para atender los asuntos relacionados con sus funciones y "Sesiones Extraordinarias" cuando la importancia o urgencia de algún asunto así lo requiera. Artículo 24º.- Para la celebración de las "Sesiones Ordinarias" de la Asamblea, la Secretaría Técnica deberá enviar a cada uno de los Miembros el Comunicado, con cinco (05) días hábiles de anticipación (En forma escrita y/o virtual), la Convocatoria respectiva debe contener, el lugar, fecha y hora en que se llevará a cabo, así como el "Orden del Día" y los documentos conducentes para su análisis. Tratándose de "Sesiones Extraordinarias", la Secretaría Técnica enviará la convocatoria con la anticipación que permitan las circunstancias. En caso de "Sesiones Descentralizadas" se efectuará por Acuerdo de la Asamblea. Artículo 25º.- Para que las "Sesiones de la Asamblea" se consideren formalmente válidas, deberán estar presentes o debidamente Representados la mitad más uno de sus Miembros. Las Sesiones serán encabezadas por el Presidente o por quien lo supla. Artículo 26º.- Los Acuerdos de la Asamblea se tomarán por mayoría de votos de sus Miembros presentes.

De asistir el Titular y el Alterno, solo se considera un voto del Titular para efectos del conteo. En caso de empate tendrá voto de calidad el Presidente o su Suplente. Artículo 27º.- Cada Sesión de la Asamblea se registrará en Acta en la que se hará constar el lugar, fecha, hora y los Miembros asistentes, correspondencia recibida, informes, pedidos, revisión de cumplimientos y Acuerdos, Agenda del día y los Acuerdos adoptados, Otros, firmas de los Miembros acreditados. El Acta será levantada por el Titular de la Secretaría Técnica quien someterá a los Miembros que asistieron para su aprobación y rúbrica correspondiente. El Acta aprobada debe ser remitida oficialmente a las Instituciones conformantes de la CAM "Mariscal Nieto". Artículo 28º.- El Presidente podrá invitar a personas y/o Instituciones Públicas o Privadas que sin ser Miembros de la CAM "Mariscal Nieto" puedan aportar en temas de interés, cualquier Miembro de la CAM "Mariscal Nieto" podrá solicitar al Presidente que se invite a la persona o Institución indicada. Artículo 29º.- Las Sesiones serán de dos clases: a. Sesión Ordinaria.- Las que serán programadas la primera semana de cada mes para cumplir la Agenda de Trabajo. b. Sesión Extraordinaria.- Son las que se convocan por la Presidencia o a solicitud de los Representantes de un tercio de las Miembros de la CAM "Mariscal Nieto", debido a la existencia de una necesidad urgente. CAPÍTULO VIII DE LA PRESIDENCIA Y LA SECRETARIA TECNICA DE LA PRESIDENCIA: Artículo 30º.- La CAM "Mariscal Nieto" será Presidida por el Alcalde Provincial de "Mariscal Nieto". Artículo 31º.- El Presidente de la Comisión tendrá las siguientes funciones: a. Representar a la CAM "Mariscal Nieto" en actos públicos, convoca, preside y conduce las Sesiones de la Asamblea y participar en ellas con voz y voto. b. Coordinar con la "Comisión Ambiental Regional", Ministerio del Ambiente y Entidades que traten asuntos Ambientales. c. Coordinar las Actividades y Proyectos de la Comisión con la Secretaría Técnica. d. Designar a propuesta de la Secretaría Técnica a los Integrantes y Titular de los Equipos Técnicos Locales. e. Delega la Presidencia a Otros Miembros de la CAM "Mariscal Nieto". Artículo 32º.- En Ausencia o impedimento del Presidente de la Comisión, lo sustituirá la Secretaria Técnica. DE LA SECRETARÍA TECNICA: Artículo 33º.- La Secretaría Técnica es la instancia encargada de preparar, coordinar, dar seguimiento, evaluar y someter a consideración del Pleno la Agenda, Actividades, los Proyectos y Trabajos relativos a la CAM "Mariscal Nieto". La Secretaría Técnica de la CAM "Mariscal Nieto" tiene como funciones: a. Llevar las Actas de las Sesiones de la CAM "Mariscal Nieto". b. Elaborar y remitir las Convocatorias de la CAM "Mariscal Nieto". c. Llevar y actualizar el Registro de los Integrantes Titulares y Alternos de la CAM "Mariscal Nieto"; d. Tiene a su cargo los Libros y documentos administrativos en forma ordenada y actualizada. e. Garantiza el funcionamiento administrativo de la CAM "Mariscal Nieto". f. Comunica y orienta a los Miembros de la CAM "Mariscal Nieto" en temas propios de su cargo. g. Informa sobre las Actas cuando lo soliciten los Miembros de la CAM "Mariscal Nieto". h. Garantizar el cumplimiento de los Acuerdos tomados en las reuniones de la CAM "Mariscal Nieto", e i. Coordinar con los Equipos Técnicos.

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