Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2018 (12/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de mayo de 2018 /

El Peruano

personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de Gobierno y Administrativos; tal como lo prevén el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - "Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Gestión Ambiental es un proceso permanente y continuo orientado a administrar lo intereses, expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la Política Nacional Ambiental y alcanzar así una mejor calidad de vida para la población, el desarrollo de las actividades económicas, el mejoramiento del ambiente urbano y rural, así como la conservación del patrimonio natural del País, entre otros objetivos; Que, las "Comisiones Ambientales Municipales" son las Instancias de Gestión Ambiental, Encargadas de coordinar y concertar la Política Ambiental Municipal; promueven el diálogo y el acuerdo entre los Sectores Público y Privado; articulan sus Políticas Ambientales con las "Comisiones Ambientales Regionales" y el CONAM; Que, de acuerdo a la Ley Nº 28245 - "Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental", los Gobiernos Locales deben implementar el Sistema Local de Gestión Ambiental, sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con la participación de la Sociedad Civil; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 25º de la Ley Nº 28245, en concordancia con el Artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 1013 - "Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente", los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, aprueban la Creación, el Ámbito, la Composición y las Funciones de las Comisiones Ambientales Municipales - CAM y que el Ministerio del Ambiente apoya el cumplimiento de los objetivos de las CAM, en el marco de la Política Ambiental Nacional, manteniendo estrecha coordinación con ellas; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 0031-2005MPMN de fecha de 12-07-2005, se creó la "Comisión Ambiental de Mariscal Nieto", sin embargo a la fecha tenemos Instituciones que desarrollan competencias Ambientales en el ámbito de la Provincia que no están consideradas en dicho documento y Otras ya no existen; es por ello que se hace indispensable Actualizar la "Conformación de la Comisión Ambiental Municipal" y su Reglamento Interno; teniendo presente que dicha Comisión ha revisado la propuesta de Ordenanza para su actualización y aprobación de su Reglamento Interno; POR CUANTO: El Concejo Provincial de "Mariscal Nieto" en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha 26-052003 y Ley Nº 8230 del 03-04-1936, ha aprobado en "Sesión Ordinaria" de fecha 28-06-2017, la siguiente: ORDENANZA DE ACTUALIZACION DE LA CONFORMACION DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO Y SU REGLAMENTO Artículo 1º.- Aprobar la Actualización de la "Conformación de la Comisión Ambiental Municipal de la Provincia Mariscal Nieto", como la Instancia de Gestión Ambiental y Encargada de coordinar y concertar la Política Ambiental Local de la Provincia "Mariscal Nieto", constituida por los Representantes de las Entidades Públicas, Privadas y la Sociedad Civil de la Provincia, que forman parte del Sistema Nacional y Regional de Gestión Ambiental, articulando sus Políticas Ambientales con la "Comisión Ambiental Regional" y el Ministerio del Ambiente. Artículo 2º.- La "Comisión Ambiental Municipal de la Provincia Mariscal Nieto", tendrá las siguientes funciones: I. FUNCIONES GENERALES: a) Ser la Instancia de coordinación y concertación

de la Política Ambiental Local de la Provincia con la participación de los Gobiernos Locales y Regional. b) Lograr compromisos concretos de las Instituciones integrantes en base a una visión compartida c) Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los Instrumentos de Gestión Ambiental y la ejecución de Políticas Ambientales. d) Facilitar el tratamiento apropiado para la Resolución de Conflictos Ambientales. e) Promover diversos mecanismos de participación de la Sociedad Civil en la Gestión Ambiental, y f) Contribuir al desarrollo del Sistema Local de Gestión Ambiental. II. FUNCIONES ESPECÍFICAS: a) Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participación, coordinados con los Distritos Integrantes del CAM "Mariscal Nieto" a favor de la Gestión Ambiental, de conformidad con la Política Ambiental Local, el Plan de Acción Ambiental y la Agenda Ambiental Local. b) Elaborar y proponer lineamientos de las Políticas, Objetivos y Metas de Gestión Ambiental, así como Proyectos de Ordenanzas y Otras Normas Municipales para aportar al desarrollo sostenible de la Provincia "Mariscal Nieto", acordes con las Políticas Regionales y Nacionales. c) Velar por el cumplimiento de las Políticas, Normas y demás obligaciones Ambientales en el ámbito de jurisdicción Provincial principalmente las referidas al acceso a la información y la Participación Ciudadana en la Gestión Ambiental. d) Proponer criterios y lineamientos de la Política que permita una asignación en el Presupuesto Institucional para las Iniciativas de Inversión en materia Ambiental, de acuerdo al Plan de Acción Ambiental y Agenda Ambiental Local de la Provincia aprobados. e) Representar a las necesidades e interés de la Provincia "Mariscal Nieto" en la gestión Ambiental Regional. f) Gestionar el financiamiento de Fuentes Locales, Regionales, Nacionales e Internacionales, para la ejecución de Proyectos que se deriven del Plan de Acción Ambiental y Agenda Ambiental Local. Artículo 3º.- La "Comisión Ambiental Municipal de la Provincia Mariscal Nieto", estará conformada por: 1. Un Representante de la Municipalidad Provincial "Mariscal Nieto", quien lo Preside. 2. Un Representante de la Municipalidad Distrital de "Torata". 3. Un Representante de la Municipalidad Distrital de "Samegua". 4. Un Representante de la Municipalidad Distrital de "Cuchumbaya". 5. Un Representante de la Municipalidad Distrital de "Carumas". 6. Un Representante de la Municipalidad Distrital de "San Cristóbal". 7. Un Representante de las Municipalidades de los Centros Poblados del Distrito de Moquegua. 8. Un Representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Ambiente. 9. Un Representante de la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 10. Un Representante de la Gerencia Regional de Agricultura. 11. Un Representante de la Gerencia Regional de Salud. 12. Un Representante de la Gerencia Regional de Energía y Minas. 13. Un Representante de la Gerencia Regional de la Producción. 14. Un Representante de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. 15. Un Representante de la Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo. 16. Un Representante de la Junta de Usuarios de Moquegua. 17. Un Representante de la Administración Local del Agua - ALA. 18. Un Representante de la Unidad de Gestión Educativa Local "Mariscal Nieto".

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