Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2018 (13/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Domingo 13 de mayo de 2018 /

El Peruano

Que, mediante Resolución Nº 027-2018-OSCE/PRE, de fecha 09 de mayo de 2018, se encargó el cargo de Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, a la señora Patricia Mercedes Seminario Zavala, Directora de la Dirección Técnico Normativa, en adición a sus funciones; Que, resulta conveniente dar por concluido el encargo efectuado y designar al funcionario que ocupará el cargo Secretario(a) General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en el Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y con el visado de la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo efectuado a la señora Patricia Mercedes Seminario Zavala, Directora de la Dirección Técnico Normativa, del cargo de Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, a partir del 14 de mayo de 2018; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 14 de mayo de 2018, a la señora Vilma Jacqueline Calderón Vigo en el cargo de Secretaria General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOFÍA MILAGROS PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1647086-1

nacional, mientras no sean expresamente modificados o dejados sin efecto mediante otro acuerdo de Pleno Registral, por mandato judicial firme o norma modificatoria posterior"; Que, de conformidad con el artículo 33 del Reglamento del Tribunal Registral y el artículo 158 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, aprobado mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 126-2012-SUNARP-SN del 18 de mayo de 2012, "Los precedentes de observancia obligatoria aprobados en Pleno Registral deben publicarse en el diario oficial "El Peruano", mediante Resolución del Presidente del Tribunal Registral, siendo de obligatorio cumplimiento a partir del día siguiente de su publicación en dicho diario. Adicionalmente, dichos precedentes, conjuntamente con las resoluciones en las que se adoptó el criterio, se publicarán en la página web de la SUNARP"; Estando a la facultad conferida por el artículo 7 numerales 13) y 14) del Reglamento del Tribunal Registral. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación del precedente de observancia obligatoria aprobado en sesión extraordinaria del Centésimo Octogésimo Sétimo Pleno del Tribunal Registral, modalidad no presencial, realizada los días 11 y 12 de abril de 2018, siendo el texto del precedente el siguiente: REGISTRO: PREDIOS TEMA: HIPOTECA SUMILLA: PROCEDENCIA DE REINSCRIPCIÓN DE HIPOTECA CUANDO SE DEMUESTRA QUE ESTÁ EN EJECUCIÓN. "Procede la reinscripción de la hipoteca extinguida por caducidad siempre que el predio siga siendo de propiedad del constituyente de la garantía y tendrá efectos desde la fecha en que se realiza, en mérito a solicitud del acreedor hipotecario invocando el título constitutivo del gravamen que obra archivado en el registro y que se encuentra en ejecución, lo cual se acreditará con las copias certificadas del auto de ejecución consentido y la resolución que ordena el remate del bien dado en garantía." Criterio sustentado en la Resolución 851-2018-SUNARP-TR-L de fecha 16.04.2018. Artículo Segundo.- El precedente antes indicado será de obligatorio cumplimiento a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO ALIAGA HUARIPATA Presidente del Tribunal Registral 1647132-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen la publicación de precedente de observancia obligatoria sobre la procedencia de reinscripción de hipoteca cuando se demuestra que está en ejecución
RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL N° 111-2018-SUNARP/PT Lima, 8 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, el Tribunal Registral es el órgano que resuelve en segunda y última instancia administrativa registral las apelaciones contra las denegatorias de inscripción y publicidad registral formuladas por los Registradores y Certificadores Registrales, cuando corresponda, en primera instancia; Que, de conformidad con lo previsto en el literal c) del artículo 57 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, es función del Tribunal Registral aprobar precedentes de observancia obligatoria en los Plenos Registrales que para el efecto se convoquen; Que, en sesión extraordinaria del Centésimo Octogésimo Sétimo Pleno del Tribunal Registral, modalidad no presencial, realizada los días 11 y 12 de abril de 2018 se aprobó un (01) precedente de observancia obligatoria; Que, el artículo 32 del Reglamento del Tribunal Registral prescribe que "los acuerdos del Pleno Registral que aprueben precedentes de observancia obligatoria establecerán las interpretaciones a seguirse de manera obligatoria por las instancias registrales, en el ámbito

ORGANISMOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a Alemania, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0023-2018-BCRP-N Lima, 9 de mayo de 2018 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del European Central Bank para que el señor Javier Gutiérrez González participe en The Seventh ECB Central Bank Seminar on Banknotes,

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