Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2018 (13/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Domingo 13 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.Aprobar la Directiva N° 001-2018-MINEDU/VMGP-DIGEBR denominada "Disposiciones para la participación durante la validación de materiales educativos de la Educación Básica", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación­SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA HELFER LLERENA Viceministra de Gestión Pedagógica 1647263-1

judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso 1 del artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas mediante el Informe Nº 0302018/COE-TPC, del 15 de marzo de 2018, propone acceder a la solicitud de extradición activa del requerido; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España, vigente desde el 31 de enero de 1994, y su Enmienda, vigente desde el 09 de julio de 2011; En uso de la facultad conferida en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano STEVENS ADRIAN ZAPATA AYALA, formulada por la Tercera Sala Penal con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio­Robo agravado, en agravio de Lady Mercedes Safra Macuri y Emilio Augusto Villanueva Mamani; y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el tratado vigente y las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALEH CARLOS SALVADOR HERESI CHICOMA Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR FRANCISCO POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1647264-8

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano y disponen su presentación al Reino de España
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 072-2018-JUS Lima, 12 de mayo de 2018 VISTO; el Informe Nº 030-2018/COE-TPC, del 15 de marzo de 2018, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano STEVENS ADRIAN ZAPATA AYALA al Reino de España, formulada por la Tercera Sala Penal con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio­Robo agravado, en agravio de Lady Mercedes Safra Macuri y Emilio Augusto Villanueva Mamani; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema, en cumplimiento de la ley y de los tratados; Que, conforme al inciso 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva del 20 de noviembre de 2017, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano STEVENS ADRIAN ZAPATA AYALA, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio­Robo agravado, en agravio de Lady Mercedes Safra Macuri y Emilio Augusto Villanueva Mamani (Expediente Nº 1512017); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento

Designan Superintendente Adjunto de los Registros Públicos
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 073-2018-JUS Lima, 12 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de Ley N° 26366, Ley que crea el Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, establece que el Superintendente Nacional de los Registros Públicos es designado por el Presidente de la República, a propuesta del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, por un período de cuatro años y sólo podrá ser removido del cargo por incurrir en negligencia, incompetencia o inmoralidad; Que, el artículo 15 de la citada Ley dispone que en caso de ausencia o impedimento temporal el Superintendente es reemplazado por el Superintendente Adjunto, el que será designado igual que el Superintendente;

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