Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2018 (27/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Domingo 27 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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Ambiental y Riesgo Geológico del INGEMMET, se señala que el objetivo e importancia del viaje de los citados servidores públicos es para establecer la discusión de los resultados obtenidos hasta la fecha del Proyecto Cusco PATA con los investigadores asociados del Reino Unido, España y Francia, conclusiones que serán plasmadas en publicaciones internacionales, que son indicadores propuestos como meta dentro del Plan Operativo del citado Proyecto, en el marco del Convenio con FONDECYT; Que, asimismo, se señala que dicho trabajo de investigación contribuirá al conocimiento del peligro sísmico al que está expuesta la ciudad del Cusco, información importante para la gestión del territorio y conservación del patrimonio cultural; así como, contribuirá a la actualización y retroalimentación de nuestras metodologías que también serán utilizadas y beneficiarán el estudio de otras regiones; Que, conforme al itinerario de trabajo contenido en el Sustento Técnico de Viaje los trabajos a realizar se encuentran programados desde el 29 de mayo hasta el 19 de julio de 2018; no obstante, considerando la duración del traslado vía aérea la solicitud de autorización de viaje es desde el 28 de mayo hasta el 20 de julio de 2018; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos desde Lima - República del Perú a Lyon ­ República Francesa, así como viáticos por comisión de servicio internacional para Europa (54 días) son asumidos por el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, con cargo al Pliego Presupuestal N° 221: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET; Que, atendiendo lo señalado en los Informes de Vistos, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los señores Carlos Lenin Benavente Escobar y Enoch Matthew Aguirre Alegre, servidores públicos de la Dirección de Geología Ambiental y Riesgo Geológico del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, a la ciudad de Lyon, República Francesa, del 28 de mayo al 20 de julio de 2018, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Carlos Lenin Benavente Escobar y Enoch Matthew Aguirre Alegre, servidores públicos de la Dirección de Geología Ambiental y Riesgo Geológico del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, a la ciudad de Lyon, República Francesa, del 28 de mayo al 20 de julio de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal N° 221: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes: Pasajes aéreos (incluidos FEE) (Lima, Perú ­ Lyon, República Francesa ­ Lima, Perú) Carlos Lenin Benavente Escobar US$. 2,994.00 : S/ 9,787.38 Enoch Matthew Aguirre US$. 2,994.00 : S/ 9,787.38 Viáticos Internacional para Europa (54 días) Carlos Lenin Benavente Escobar US$. 83.333 Enoch Matthew Aguirre US$. 83.333 Total

Artículo 3.- Disponer que los servidores públicos cuyo viaje se autoriza presenten al Titular del Pliego del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico ­ INGEMMET, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los servidores públicos cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1652792-1

INTERIOR
Dan por concluidas designaciones de Subprefectos Distritales en la Región Lambayeque
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 028-2018-IN-VOI-DGIN Lima, 24 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Nº 000203-2018/IN/VOI/DGIN/DAP, de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior, que propone la remoción de Subprefectos Distritales a nivel nacional; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1266, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, que determina el ámbito de competencia, las funciones y estructura orgánica del Ministerio del Interior, otorgándole competencia a nivel nacional en materia de orden interno y orden público; así como, la competencia compartida en materia de seguridad ciudadana y señalando su rectoría sobre el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, documento técnico normativo de gestión institucional y administrativa, orientado al logro de la misión, visión y objetivos de la institución, y que contiene las funciones rectoras y específicas del Ministerio y las funciones de sus órganos y unidades orgánicas; así como, establece sus relaciones y responsabilidades, permitiendo un adecuado proceso de dirección y control sectorial; Que, el artículo 88º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior establece que la Dirección General de Gobierno Interior es el órgano, dependiente del Vice Ministerio de Orden Interno, encargado de dirigir y supervisar el accionar de las autoridades políticas designadas; estableciendo, en el inciso 2) del artículo 89º, como una de sus funciones, la de dirigir, designar, remover, aceptar la renuncia y encargar el puesto como las funciones a los Subprefectos Provinciales y Subprefectos Distritales, garantizando la presencia del Estado en el territorio nacional; Que, a través del informe de visto, la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior, propone la remoción de Subprefectos Distritales a nivel nacional, con eficacia anticipada al 23 de mayo de 2018, de conformidad a lo señalado en el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio

: S/ 15,300.00 : S/ 15,300.00 S/ 50,174.76

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