Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2018 (27/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Domingo 27 de mayo de 2018 /

El Peruano

Ficha Técnica Estándar para la Formulación de Proyectos de Saneamiento en el Ámbito Rural de la Resolución Ministerial N° 263-2017-VIVIENDA, que aprueba las metodologías específicas para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión en materia de saneamiento para el ámbito urbano y rural en los tres niveles de gobierno, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones Incorpórese el numeral 2.2a en la Ficha Técnica Estándar para la Formulación de Proyectos de Saneamiento en el Ámbito Rural y el numeral 2.2a en el Instructivo: Ficha Técnica Estándar para la Formulación de Proyectos de Saneamiento en el Ámbito Rural, aprobado por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 263-2017-VIVIENDA, que aprueba las metodologías específicas para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión en materia de saneamiento para el ámbito urbano y rural en los tres niveles de gobierno, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, la cual queda redactada en los siguientes términos: FICHA TÉCNICA ESTÁNDAR PARA LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE SANEAMIENTO EL ÁMBITO RURAL "(...) 2.2a ¿EL PROYECTO INCLUYE COMO BENEFICIARIOS(S) A ALGUNA(S) INSTITUCIÓN(ES) EDUCATIVA(S)? SI NO

de-iiee, en donde debe aceptarse los términos del Acuerdo de uso de datos. A continuación, ingresar el nombre y los datos de ubicación (departamento, provincia, distrito) y presionar en "Buscar". La siguiente pantalla mostrará algunos datos de la II.EE entre los que se encuentra(n) el(los) código(s) modular(es) de la II.EE., sobre el cual se deberá presionar para obtener la Ficha de Datos, la misma que nos mostrará, entre otros, el Código de Local. Adicionalmente, en caso de que el proyecto esté interviniendo específicamente en la conexión domiciliaria del colegio deberá indicar si se está colocando una conexión nueva (en una II.EE. que no tenía conexión) o si se está rehabilitado o mejorando una existente. 2.3 (...)" Artículo 2.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, y la difusión de la misma en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1652768-1

SI LA RESPUESTA ES AFIRMATIVA INDICAR EL(LOS) NOMBRE(S) Y CÓDIGOS DE LA(S) INSTITUCIÓN(ES) EDUCATIVA(S) E INDICAR CON UN ASPA (X) SI SE TRATASE DE CONEXIÓN NUEVA O SI SE ESTÁ REHABILITANDO O MEJORANDO UNA EXISTENTE
SE ESTÁN INTERVINIENDO EN LA CONEXIÓN DOMICILIARIA DE LA IIEE ES SE ESTA CONEXIÓN REHABILITANDO NUEVA O MEJORANDO

Aprueban valor total de tasación de inmueble afectado por la ejecución de proyecto de ampliación de sistemas de agua potable y alcantarillado en los distritos Callao, Ventanilla y San Martín de Porres
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 200-2018-VIVIENDA Lima, 25 de mayo de 2018 VISTOS: Las Cartas Nº 1212-2017-GG y N° 2532018-GG de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima ­ SEDAPAL; el Memorando N° 181-2018-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; los Informes N° 358-2018-VIVIENDA/ OGAJ y Nº 416-2018-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:

NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA IIEE 1 IIEE 2

CÓDIGO DE LOCAL (*)

1.3 (...)." INSTRUCTIVO: FICHA TÉCNICA ESTÁNDAR PARA LA FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE SANEAMIENTO EN EL ÁMBITO RURAL (...) 2.2a ¿EL PROYECTO INCLUYE COMO BENEFICIARIO(S) A ALGUNA(S) INSTITUCION(ES) EDUCATIVA(S)? Debe indicarse si el proyecto está interviniendo también para dotar servicios de agua y/o saneamiento a una o más instituciones educativas. SI LA RESPUESTA ES AFIRMATIVA, INDICAR EL (LOS) NOMBRE(S) y CÓDIGO(S) DE LA(S) INSTITUCIÓN(ES) EDUCATIVA(S) E INDICAR CON UN ASPA (X) SI SE TRATA DE CONEXIÓN NUEVA O SI SE ESTÁ REHABILITANDO O MEJORANDO UNA EXISTENTE. Debe consignarse el nombre de las Instituciones Educativas (II.EE) que se beneficiarán directamente con el proyecto. Asimismo, deberá colocarse el Código de Local de la Institución Educativa. Para encontrar el mencionado Código de Local se debe ingresar al link http://escale.minedu.gob.pe/padron-

Que, la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final, modificada por la Sétima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", declara de necesidad pública, entre otras, la ejecución del proyecto: "Esquema Víctor Raúl Haya De La Torre ­ Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de los Sectores 253-254255-258-259 - Distritos: Callao, Ventanilla y San Martín de Porres" y, en consecuencia, autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución; Que, el Decreto Legislativo N° 1192, modificado por los Decretos Legislativos N° 1210 y Nº 1330, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura (en adelante, la Ley Marco), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de adquisición y expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del

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