Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2018 (27/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Domingo 27 de mayo de 2018 /

El Peruano

por Decreto Legislativo N° 1192. El Registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble y se extinguen los acuerdos y todos los contratos que afecten la propiedad. Los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo, conforme lo dispone la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles

de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobada por Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

ANEXO Inmueble afectado por la ejecución del Proyecto: "Esquema Víctor Raúl Haya de la Torre ­ Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de Sectores 253-254-255-258-259 ­ Distritos: Callao, Ventanilla y San Martín de Porres". Valor de Tasación Sujeto Pasivo Sujeto Activo Beneficiario Identificación del Bien Inmueble más incentivo del y Ocupante 20% (S/) Código de Estructura: CDP-01 Área afectada: 320.00 m2

Coordenadas de validez universal del área afectada Vértice A B C D Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Lado A-B B-C C-D D-A Distancia 20 16 20 16 Angulo Interno 90°0'1" 90°0'1" 89°59´59¨ 90°0'0" Coordenadas PSAD 56 ESTE (X) NORTE (Y) 271371.0640 8678357.4046 271390.4072 8678362.4879 271394.4739 8678347.0133 271375.1306 8678341.9300 Coordenadas WGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) 271150.3988 8677989.4717 271169.7420 8677994.5550 271173.8087 8677979.0804 271154.4654 8677973.9971

Vértice Lado Distancia Angulo Interno Servicio de Agua Potable y Francia & CIA A A-B 20 90°0'1" Alcantarillado de S.A.C. B B-C 16 90°0'1" Lima C C-D 20 89°59´59¨ D D-A 16 90°0'0" Linderos y medidas perimétricas del área afectada: Por el Norte: Colinda con propiedad de Francia & CIA S.A.C, con una línea recta de 20.00 ml. Por el Sur: Colinda con propiedad de Francia & CIA S.A.C., con una línea recta de 20.00 ml. Por el Este: Colinda con propiedad de Francia & CIA S.A.C., con una línea de 16.00 ml. Por el Oeste: Colinda con propiedad de Francia & CIA S.A.C, con una línea de 16.00 ml. Partida N° 07080244 del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX - Sede Lima Certificado de Búsqueda Catastral, expedido el 04 de agosto del 2015, en virtud al Informe Técnico N° 15743-2015-SUNARP-Z.R. N° IX/OC de fecha 24 de julio del 2015 emitido por la Oficina Registral de la Zona N° IX - Sede Lima.

120,576.00

1652768-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designación y designan fedatarios institucionales titulares de la Intendencia Regional Ica
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Nº 048-2018-SUNAT/800000 Lima, 25 de mayo de 2018 VISTO: El Informe N.º 003-2018-SUNAT/7K0000 de la Intendencia Regional Ica, mediante el cual se propone dejar sin efecto designación y designar fedatarios institucionales titulares en la unidad organizacional a su cargo; CONSIDERANDO: Que el artículo 136º del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N.º 006-2017-

JUS, establece el régimen de fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 5.2.1 del Reglamento para la autenticación de copias de documentos institucionales o certificación de reproducciones de documentos electrónicos institucionales emitidos por los funcionarios, directivos o por los sistemas informáticos de la SUNAT, o que obran en custodia de los archivos oficiales de la SUNAT para su empleo en trámites y procedimientos fuera de la Institución, aprobado por Resolución de Gerencia de Administración Documentaria y Archivo N.º 001-2016-SUNAT/1M2000, establece que los Intendentes, Jefes de Oficina y demás jefes de órganos son responsables de proponer a los trabajadores que consideren necesarios para cumplir las labores de fedatario institucional en las unidades organizacionales a su cargo; Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N.º 079-2016-SUNAT/800000 se designó, entre otros trabajadores, a la señora Marilyn Norita Santisteban Aquino como fedataria institucional titular de la Intendencia Regional Ica; Que en mérito del Informe Nº 003-2018-SUNAT/7K0000 se solicita dejar sin efecto la designación de la trabajadora Marilyn Norita Santisteban Aquino y designar a los trabajadores, quienes por necesidad del servicio, ejercerán las funciones de Fedatarios Institucionales Titulares en la citada Intendencia; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por

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