Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2018 (27/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 27 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES
VIII. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

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COMPLEMENTARIAS

productos pirotécnicos indicados en el artículo antes mencionado, que no estén destinados a la fabricación de productos pirotécnicos, no se encuentran regulados por la SUCAMEC. En este supuesto, quien solicite esta excepción debe sustentar su pedido adjuntando un informe suscrito por especialista químico, el mismo que debe detallar como mínimo lo siguiente: - Indicación del nombre del insumo, su número CAS (en caso sea aplicable), su concentración, grado, especificaciones técnicas, clasificación ONU (en caso aplique), modo de manipulación, almacenamiento, presentación y embalaje. - Identificación del proceso en el que será utilizado el insumo, acompañado de un diagrama de flujo. Asimismo, se debe indicar la concentración del insumo cuando éste sea utilizado en el proceso. Una vez evaluada la solicitud con toda la documentación presentada, la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil emitirá el correspondiente documento, precisando si para el caso específico se requiere o no contar con autorización emitida por la SUCAMEC. VII. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL La presente Directiva entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Primera.- Los saldos de los productos pirotécnicos comunicados por los titulares de autorizaciones de fabricación, importación y comercialización de productos pirotécnicos y materiales relacionados, en virtud de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva Nº 11-2017-SUCAMEC, que no cumplan con las disposiciones contenidas en la presente Directiva, son puestos a disposición de la SUCAMEC para determinar su destino final. Segunda.- La SUCAMEC emitirá la autorización de comercialización de productos pirotécnicos y materiales relacionados de los saldos de los productos pirotécnicos comunicados por los titulares de autorizaciones de fabricación, importación y comercialización de productos pirotécnicos y materiales relacionados, en virtud de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva Nº 11-2017-SUCAMEC, que habiendo sido evaluados por la SUCAMEC, cumplan con las disposiciones establecidas en la presente Directiva. IX. ANEXOS Anexo1: Clasificación de productos pirotécnicos de uso recreativo. Anexo 2: Clasificación de productos pirotécnicos de uso industrial. Anexo 3: Características de los productos pirotécnicos de uso recreativo prohibidos. Anexo 4: Clasificación de materiales relacionados con los productos pirotécnicos.

Anexo 1 Clasificación de productos pirotécnicos de uso recreativo CLASE I
DENOMINACIÓN GENÉRICA Bengala TIPO 1A DESCRIPCIÓN EFECTOS ESPECIFICACIÓN

Objeto en forma de varilla Emisión de chispas o luces Masa pírica 5 g, sin composición metálica o no metálica revestida de colores con o sin efecto flash en uno de sus extremos con crackling. una sustancia pirotécnica de combustión lenta, diseñado para ser sujetado con la mano y que no debe disgregarse al tacto. Objeto en forma tubular cuya masa pirotécnica está recubierta con un material inerte, diseñado para ser colocado o insertado dentro de una base.

Artículo de bajo riesgo y 1B novedades.

Objeto que contiene pequeñas cantidades de sustancias pirotécnicas y puede ser activado por fuego, presión de aire o impacto.

Emisión de serpentinas, Lanzadores de confeti: masa pírica papel picado y otros 0,016 g a base de clorato de similares con sonido leve o potasio y fósforo rojo. moderado. Bombetas: masa pírica 0,0016 g a Al lanzar hacia abajo base de fulminato de plata o masa produce un sonido leve o pírica 0,016 g a base de de clorato de potasio y fósforo rojo. moderado. Producción de residuos que Serpientes: masa pírica 2 g. se expanden en longitud. Otros: masa pírica 5g, sin Emisión de chispas, composición flash. Entre ellos luces de colores y/o tenemos los gránulos crepitantes, efectos sonoros leves tipo otros. crackling o moderados; con movimientos limitados, no se elevan.

Dispositivos fumígenos 1C

Objetos tubulares, esféricos, Emisión de humos de Masa pírica 5 g, sin composición cónicos o cilíndricos; con o sin colores no tóxicos o niebla. flash. mecha pirotécnica. Si la masa pírica contiene clorato de potasio, también debe contener un neutralizador/refrigerante como el bicarbonato de sodio.

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