Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2018 (30/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
DECRETA:

Miércoles 30 de mayo de 2018 /

El Peruano

el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con efectividad al 30 de mayo de 2018, a la señorita Rossana Milagros Medina Pacheco-Benavides, en el cargo de Asesora II del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1653897-1

Artículo 1.- Modificación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2018 de la Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Pliego Presupuestario 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, respecto a los siguientes organismos internacionales:
PLIEGO PRESUPUESTARIO MONEDA 160 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA - SOLES SENASA MONTO PERSONA JURÍDICA

Comité de Sanidad Vegetal 184 500.00 del Cono Sur ­ COSAVE 129 258.00 Organización Mundial de Sanidad Animal ­ OIE

Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1653926-2

RELACIONES EXTERIORES
Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley Nº 30693 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018
DECRETO SUPREMO Nº 014-2018-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2018 de la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2018; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30693, las cuotas internacionales contenidas en el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2018" podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B, en el cual se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor del Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur ­ COSAVE, por un monto de S/ 62 900.00 y de la Organización Mundial de Sanidad Animal ­ OIE, por un monto de S/ 197 100.00; correspondientes al año 2018; Que, no obstante, por tales conceptos correspondería cancelar los siguientes montos: (i) Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur ­ COSAVE, el monto de S/ 184 500.00, y (ii) Organización Mundial de Sanidad Animal ­ OIE, el monto de S/ 129 258.00, correspondientes al año 2018; Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2018 de la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Pliego Presupuestario 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor de los organismos internacionales citados; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

Autorizan viaje de funcionario diplomático a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0303/RE-2018 Lima, 29 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, durante el Encuentro Presidencial y XI Gabinete Binacional entre Perú y Ecuador, que se realizó en la ciudad de Trujillo, departamento de la Libertad, del 19 al 20 de octubre de 2017, se suscribió la "Declaración Presidencial de Trujillo"; Que, en el marco de los compromisos asumidos en el citado Encuentro Presidencial, se celebrará la reunión de Viceministros del Eje de Seguridad y Defensa, con sus pares del Ecuador, a fin de suscribir el Plan Operativo Anual 2018 del referido Eje, por lo que se estima importante la participación del Director General para Asuntos Multilaterales y Globales, a fin de dar el debido seguimiento diplomático y político del tema; Que, mediante Nota N° MREMH-DRVS-2018-039-N, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana -- Dirección de Relaciones Vecinales y Soberanía de Ecuador, ha confirmado que el citado encuentro se realizará en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 30 al 31 de mayo de 2018; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 1424, del Despacho Viceministerial, de 28 de mayo 2018; y la Memoranda (DGM) N.° DGM00290/2018, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales; y, (OPR) N.° OPR00216/2018 de la Oficina de Programación y Presupuesto, ambos de 28 de mayo 2018, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 1352010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus

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