Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2018 (31/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Jueves 31 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban transferencias financieras del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de diversos organismos ejecutores del sector público
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 149-2018-TR Lima, 30 de mayo de 2018 VISTOS: Los Informes N°s. 246 y 261-2018-TP/ DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; los Informes N°s. 0693 y 0727-2018-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; los Informes N°s. 222 y 225-2018-TP/DE/ UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio N° 627-2018-MTPE/3/24.1, del Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; el Memorándum N° 425-2018-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 1347-2018-MTPE/4/8, de la Oficina de Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modificado por los Decretos Supremos N°s. 004-2012-TR y 006-2017-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema y/o afectada parcial o íntegramente por una emergencia o desastre natural, de acuerdo a la información que proporcione el organismo rector competente; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y modificado por las Resoluciones Ministeriales N°s. 215 y 234-2014-TR, 027-2017-TR, 003 y 051-2018-TR establece que dicho objetivo se cumple con el financiamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica, intensiva en mano de obra no calificada (MONC), presentados, entre otros, por los gobiernos locales, así como el financiamiento de actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC) ante la ocurrencia de desastres naturales y los peligros inminentes declarados según la norma de la materia; Que, asimismo, el artículo 7 del citado Manual establece como una de las modalidades de acceso al financiamiento de proyectos para la generación de empleo temporal que otorga el Programa, al Concurso de Proyectos, en virtud del cual el Programa asigna recursos financieros para un fondo concursable de proyectos que posteriormente son seleccionados por un Comité de Priorización. Las Bases de cada Concurso, entre otros, establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos correspondientes; Que, el artículo 29 del referido Manual dispone que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores; Que, el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del

Empleo al Programa para la Generación de Empleo social Inclusivo "Trabaja Perú", estableciendo en el inciso 15.2 del citado artículo, que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución Directoral Nº 014-2018TP/DE, modificada por la Resolución Directoral N° 0582018-TP/DE, se aprueban las "Modalidades de Acceso al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" y Distribución Presupuestal 2018"; asimismo, a través de la Resolución Directoral N° 0172018-TP/DE, y modificatorias, se aprueba el documento de gestión denominado "Bases para el Concurso de Proyectos Regulares 2018"; Que, a través de la Resolución Directoral N° 067-2018TP/DE, se aprueba el financiamiento correspondiente al Aporte Total de Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" de doscientos veinticinco (225) proyectos priorizados en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Distritos Focalizados a favor de organismos públicos por el importe de S/ 38 652 270,00 (Treinta y Ocho Millones Seiscientos Cincuenta y Dos Mil Doscientos Setenta con 00/100 Soles); Que, a través del Informe N° 0693-2018-TP/ DE/UGPPME-CFPP, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación informa el otorgamiento de la Certificación del Crédito Presupuestario N° 0679-2018, por el importe de S/ 36 722 344,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Veintidós Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro 00/100 Soles), en atención a lo solicitado por la Unidad Gerencial de Proyectos, para financiar el Aporte Total de Programa de doscientos trece (213) proyectos en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Distritos Focalizados, al haber confirmado su participación los organismos públicos proponentes en dicha intervención; Que, posteriormente, la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, determinó que veinte (20) proyectos priorizados debían ser excluidos de la relación de proyectos aprobados, según se detalla y sustenta en los Informes Nº 246 y 261-2018-TP/DE/UGPYTOSCFATEP, por lo que solicita la emisión de la resolución ministerial que apruebe las transferencias financieras de ciento noventa y tres (193) convenios por un importe total de S/ 33 981 652,00 (Treinta y Tres Millones Novecientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Cincuenta y Dos con 00/100 Soles), como Aporte Total de Programa para la ejecución de proyectos de inversión pública en los departamentos de Amazonas (11), Ancash (06), Apurímac (08), Arequipa (05), Ayacucho (10), Cajamarca (8), Callao (05), Cusco (21), Huancavelica (09), Huánuco (05), Ica (04), Junín (14), La Libertad (07), Lambayeque (02), Lima (07), Loreto (12), Madre de Dios (02), Moquegua (02), Pasco (06), Piura (03), Puno (24), San Martín (16), Tacna (04) y Ucayali (02) en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Distritos Focalizados; Que, a través del Informe N° 727-2018-TP/DE/ UGPPME-CFPP, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, señala que existe disponibilidad presupuestaria para financiar los citados proyectos, en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Distritos Focalizados, conforme a lo dispuesto en el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 y el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693, para estos efectos remite adjunto la Certificación del Crédito Presupuestario N° 0679-2018, ascendente a S/ 36 722 344,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Veintidós Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro con 00/100 Soles); Que, mediante los Informes N° 222 y 225-2018-TP/ DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa, considera procedente que se apruebe la transferencia financiera antes descrita; Que, asimismo, mediante Memorándum N° 4252018-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico N° 053-2018-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y el Informe Técnico N° 068-2018-MTPE/4/9.1, de la

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