Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2018 (31/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 31 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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financiar el Aporte Total de Programa de noventa y ocho (98) proyectos en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Departamentos Priorizados; Que, posteriormente, la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, determinó que ocho (08) proyectos priorizados debían ser excluidos de la relación de proyectos aprobados, según se detalla y sustenta en el Informe Nº 247-2018-TP/DE/UGPYTOSCFATEP, por lo que solicita la emisión de la resolución ministerial que apruebe las transferencias financieras de noventa (90) convenios por un importe total de S/ 17 332 889,00 (Diecisiete Millones Trescientos Treinta y Dos Mil Ochocientos Ochenta y Nueve con 00/100 Soles), como Aporte Total de Programa para la ejecución de proyectos de inversión pública en los departamentos de Ancash (10), Apurímac (14), Arequipa (05), Ayacucho (07), Cusco (09), Huancavelica (19), Huánuco (11), Junín (03), Loreto (06) y Puno (06) en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Departamentos Priorizados; Que, a través del Informe N° 726-2018-TP/DE/ UGPPME-CFPP, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, señala que existe disponibilidad presupuestaria para financiar los citados proyectos, en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Departamentos Priorizados, conforme a lo dispuesto en el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 y el inciso 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693, para estos efectos remite adjunto la Certificación del Crédito Presupuestario N° 0681-2018, ascendente a S/ 18 920 194,00 (Dieciocho Millones Novecientos Veinte Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Soles); Que, mediante los Informes N° 221-2018-TP/DE/ UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa, considera procedente que se apruebe la transferencia financiera antes descrita; Que, asimismo, mediante Oficio N° 244-2018MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico N° 052-2018-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y el Informe Técnico N° 067-2018-MTPE/4/9.1, de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N°

1340-2018-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; y, el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 y el inciso 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de noventa (90) convenios en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Departamentos Priorizados por el importe total de S/ 17 332 889,00 (Diecisiete Millones Trescientos Treinta y Dos Mil Ochocientos Ochenta y Nueve con 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www. trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1654407-2

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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