Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2018 (31/05/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 31 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

37

DIRECTIVA N° 005-2018/DIR-COD-INDECOPI DIRECTIVA QUE MODIFICA EL NUMERAL 4.5.1 IMPROCEDENCIA DE LA DENUNCIA DE LA DIRECTIVA N° 006-2017/DIRCOD-INDECOPI DENOMINADA "DIRECTIVA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR PREVISTOS EN EL CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR'', APROBADA POR RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI N° 076-2017-INDECOPI/COD I. OBJETO. Modificar el numeral 4.5.1 - Improcedencia de la denuncia de la Directiva N° 006-2017/DIR-COD-INDECOPI denominada "Directiva que regula los procedimientos en materia de protección al consumidor previstos en el código de protección y defensa del consumidor'', aprobada por Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 076-2017-iNDECOPI/COD, a fin de otorgar mayor celeridad al procedimiento administrativo en materia de protección al consumidor al evaluar la improcedencia de la denuncia que verse sobre los mismos hechos analizados en un procedimiento en trámite que inició por propia iniciativa de una Comisión de Protección al Consumidor, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-JUS. II. DISPOSICIONES GENERALES. Modifíquese el numeral 4.5.1 - Improcedencia de la denuncia de la Directiva N° 006-2017/DIR-CODINDECOPI denominada "Directiva que regula los procedimientos en materia de protección al consumidor previstos en el código de protección y defensa del consumidor'', conforme al siguiente texto: "4.5. Improcedencia de la denuncia 4.5.1. Además de los supuestos de improcedencia previstos en el artículo 108 del Código, corresponde declarar la improcedencia de la denuncia cuando verse sobre los mismos hechos analizados en un procedimiento en trámite cuyo inicio se produjo por propia iniciativa de una Comisión. En este caso, el Órgano Resolutivo emitirá la resolución que declara la improcedencia, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la recepción de la denuncia o de su subsanación, según corresponda; y, remite copia de la denuncia a la Comisión pertinente, en calidad de denuncia informativa. En este supuesto, la misma resolución que declara la improcedencia de la denuncia dispondrá la devolución de la tasa por derecho de trámite pagada por el denunciante. Asimismo, se dispondrá la devolución de los actuados, a solicitud del denunciante." III. VIGENCIA. La presente Directiva entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". 1653756-1

Supremo N° 013-2017-MINAM, establece que la Presidencia del Consejo Directivo, tiene la función de designar, remover y aceptar la renuncia de los servidores que ejerzan cargos de confianza; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor de Alta Dirección del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, resulta necesario designar al empleado de confianza que desempeñará dicho cargo; Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 7° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de la atribución conferida por los Literales f) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la señora Mónica Jeanette Isique Pérez en el cargo de Asesora de Alta Dirección del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, con efectividad a partir del 01 de junio de 2018. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1654410-1

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Modifican las Normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 073-2018-SMV/02 Lima, 29 de mayo de 2018 El Superintendente del Mercado de Valores VISTOS: El Expediente N° 2018020190 y el Informe Conjunto N°586 -2018-SMV/06/10 del 29 de mayo de 2018, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27693, se creó la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), entidad encargada de recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir información para la detección de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, así como de coadyuvar a la implementación por parte de los sujetos obligados del sistema para detectar operaciones sospechosas de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo; Que, por Resolución CONASEV N° 033-2011-EF/94.01.1 se aprobaron las Normas para la Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (NPLAFT); Que, mediante Resolución SMV Nº 007-2013-SMV/01, se efectuaron modificaciones a diversos artículos de las NPLAFT, con el propósito de incorporar las nuevas recomendaciones del GAFI, bajo el enfoque basado en riesgo asociado al lavado de activos y al financiamiento del terrorismo;

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Designan Asesora de Alta Dirección del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 061-2018-OEFA/PCD Lima, 30 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Literal f) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.