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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (07/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de noviembre de 2018 El Peruano / ANEXO CRONOGRAMA DEL RÉGIMEN EXTRAORDINARIO DE PERMANENCIA PARA LOS VEHÍCULOS DESTINADOS AL SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PERSONAS, MODALIDAD DE TAXI, EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE PIURA Fecha de Fabricación Fecha de Retiro Hasta 1998 31 de diciembre del 2018 1999 31 de diciembre del 2019 2000 31 de diciembre del 2020 2001 31 de diciembre del 2021 2002 31 de diciembre del 2022 2003 31 de diciembre del 2023 2004 31 de diciembre del 2024 2005 31 de diciembre del 2025 2006 31 de diciembre del 2026 2007 31 de diciembre del 2027 2008 31 de diciembre del 2028 2009 31 de diciembre del 2029 2010 31 de diciembre del 2030 2011 31 de diciembre del 2031 2012 31 de diciembre del 2032 2013 31 de diciembre del 2033 2014 31 de diciembre del 2034 2015 31 de diciembre del 2035 2016 31 de diciembre del 2036 2017 31 de diciembre del 2037 2018 31 de diciembre del 2038 1709136-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Declaran caducidad de Contrato de Concesión para la mejora, ampliación, mantenimiento, operación y explotación de infraestructura y servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, suscrito por Aguas de Tumbes S.A. y las Municipalidades Provinciales de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villar, por incumplimiento grave de las obligaciones del Concesionario RESOLUCION MINISTERIAL Nº 374-2018-VIVIENDA Lima, 6 de noviembre del 2018VISTOS: El Informe Nº 261-2018-VIVIENDA-VMCS/ DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 941-2018-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el 30 de setiembre de 2005, la empresa Aguas de Tumbes S.A. - ATUSA y las Municipalidades Provinciales de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villar, celebraron el Contrato de Concesión para la mejora, ampliación, mantenimiento, operación y explotación de la infraestructura y los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario en la jurisdicción de los municipios provinciales de Tumbes, Zarumilla y Contralmirante Villar y municipios distritales correspondientes (en adelante, el Contrato de Concesión); Que, el 28 de mayo de 2018, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS suscribe, con representantes de las Municipalidades Provinciales de Contralmirante Villar, Zarumilla y Tumbes (en adelante, las Municipalidades Provinciales), los Convenios N° 289-2018-VIVIENDA, 290-2018-VIVIENDA y 291-2018-VIVIENDA, respectivamente; mediante los cuales las Municipalidades Provinciales convienen en delegar funciones y competencias a favor del MVCS, para efectos de llevar a cabo todos los actos necesarios para la caducidad del Contrato de Concesión; Que, mediante O fi cio N° 430-2018-VIVIENDA- VMCS/DGPPCS, noti fi cado el 3 de agosto de 2018, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento - DGPPCS, en el marco del Contrato de Concesión, solicita a la empresa ATUSA, el restablecimiento de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión, toda vez que el 23 de julio y 1 de agosto de 2018, los bancos GNB Perú y Scotiabank S.A.A., a requerimiento de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS, ejecutaron íntegramente la garantía de fi el cumplimiento del Contrato de Concesión, constituidas por la Carta Fianza N° 6476-1 (USD 1 748 594) y por la Carta Fianza N° 10569147-002 (USD 251 406), respectivamente; Que, mediante Carta N° 624-2018-ATUSA-GG.-, recibida por el MVCS el 4 de setiembre de 2018, el Gerente General de ATUSA comunica al MVCS que, dada la grave situación económico- fi nanciera por la que atraviesan, no se encuentran en condiciones de obtener una carta fi anza de la envergadura de la Garantía de Fiel Cumplimiento; precisando que los accionistas de ATUSA se han visto en la necesidad de dar inicio a un proceso societario para la disolución y liquidación; y, que renuncian a su derecho de subsanar el incumplimiento antes mencionado, dentro de los plazos previstos en las clausulas 13.1.8 y 16.3.1 del Contrato de Concesión; estando el MVCS habilitado para iniciar el procedimiento de caducidad; Que, el Contrato de Concesión de fi ne a la Caducidad de la Concesión en su cláusula 1.2, como la fi nalización o extinción de la Concesión, ya sea por vencimiento del plazo previsto en el Contrato Concesión o por la ocurrencia de alguna de las causales establecidas en su Capítulo 16 o en las Normas Legales Aplicables; Que, uno de los supuestos por el cual se con fi gura una causal para la terminación anticipada del Contrato de Concesión es el incumplimiento grave por parte del Concesionario, tal como lo establece el literal e) de la cláusula 16.3.1 del Contrato de Concesión, referido a la falta de renovación o reconstitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión, en los términos previstos en la cláusula 13.1 de dicho Contrato; Que, el 10 de setiembre de 2018, mediante Carta Notarial, el MVCS noti fi có a la empresa ATUSA el inicio del procedimiento de caducidad por incumplimiento del Concesionario, debido al incumplimiento grave por la falta de renovación o reconstitución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión; asimismo, le indicó que sin perjuicio de haber comunicado la renuncia a su derecho de subsanar dicho incumplimiento, de conformidad con lo señalado en el acápite iii) de la cláusula 16.3.1 del Contrato de Concesión, podrá efectuar sus descargos y presentar las pruebas que considere pertinentes, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes de recibida la Carta Notarial en mención; Que, el plazo antes señalado venció el 23 de octubre de 2018, sin que el Concesionario haya presentado comunicación alguna; por lo que el MVCS informó a ATUSA, mediante Carta Notarial del 29 de octubre de 2018, que en aplicación de la cláusula 16.3.1 del Capítulo 16 del Contrato de Concesión, y de acuerdo a las facultades previstas en la cláusula Tercera de los Convenios N° 289-2018-VIVIENDA, N° 290-2018-VIVIENDA y N° 291-2018-VIVIENDA, suscritos entre el MVCS y los representantes de las Municipalidades Provinciales, se continúa con el procedimiento de caducidad del Contrato de Concesión;