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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (22/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Jueves 22 de noviembre de 2018 / El Peruano organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, de acuerdo con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se aprueban los “Lineamientos de organización del Estado”, indicándose en su artículo 2 que con dicha norma se busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; asimismo, según el artículo 43 del mismo decreto, se precisa que el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; que contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, en el contexto expuesto, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, con el Memorándum Nº 196- 2018-GPP/MM remite la propuesta de modi fi cación al ROF de la entidad con el fi n de incorporar precisiones de acuerdo con la normatividad vigente, entre ellas lo previsto en la Ley Nº 29664 y sus modi fi catorias, así como para atender modi fi caciones planteadas por parte de las Subgerencias de Defensa Civil y de Logística y Control Patrimonial. Por tanto, señala que dicha propuesta se ciñe al procedimiento regulado mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y se condice con el sustento que al respecto elaboró la Subgerencia de Racionalización y Estadística, mediante Informe Nº 47-2018-SGRE-GPP/MM, concordante con el Informe Técnico Nº 024-2018-SGRE-GPP/MM; Que, asimismo la Subgerencia de Racionalización y Estadística sostiene que, la propuesta modi fi catoria del ROF ha sido formulada en consenso con las diversas unidades orgánicas involucradas, a fi n de actualizar sus funciones de acuerdo con la naturaleza de las mismas y en concordancia con lo dispuesto en las normas vigentes, de manera congruente; precisándose, además, que dicha propuesta constituye una modi fi cación parcial que no conlleva cambios en la estructura orgánica de la municipalidad; aspectos que ciñen a lo previsto en el literal b) numeral 46.1 del artículo 46 del citado Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; Que, a mayor sustento, en el Informe Legal Nº 202-2018- GAJ/MM de fecha 22 de octubre de 2018, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que, la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones, presentada por la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, se ajusta a la normatividad vigente, por lo que corresponde continuar con el procedimiento regular para su aprobación, por parte del Concejo Municipal, de así considerarlo; Que, según el numeral 3 del artículo 9 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9 y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Artículo Primero.- Modi fi car el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de Mira fl ores, aprobado con Ordenanza Nº 475/MM de fecha 06 de diciembre de 2016 y modi fi cado por Ordenanza Nº 488/MM del 20 de julio de 2017, a efectos de actualizar las funciones de las unidades orgánicas de la entidad con la normatividad vigente, de acuerdo con el texto del anexo de dicho reglamento y la documentación sustentatoria que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Precisar que, en el marco de las modi fi caciones aprobadas, se actualiza únicamente la denominación de la Subgerencia de Defensa Civil por la de Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, por aplicación de la normatividad vigente, debiendo considerarse que la presente ordenanza no modi fi ca la estructura orgánica aprobada con la Ordenanza Nº 475/MM y su modi fi catoria. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, a través de la Subgerencia de Racionalización y Estadística, la compilación unifi cada del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Mira fl ores, aprobado con la Ordenanza Nº 475/MM y su modi fi catoria, incluyendo las modi fi caciones aprobadas por el presente dispositivo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente ordenanza, así como a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, a través de su unidad orgánica competente. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, así como del texto íntegro del ROF y organigrama institucional en el portal web del mencionado diario, en coordinación con la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; asimismo, encargar la publicación de todo lo mencionado a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en el portal del Estado Peruano y en el portal institucional (www.mira fl ores.gob.pe). Artículo Sexto.- Encargar, a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, la remisión del texto íntegro del ROF aprobado según el Artículo Primero de la presente ordenanza y del organigrama institucional a la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros para tramitar su publicación con la Secretaría de Gobierno Digital en el portal del Estado Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1714044-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Reglamento Interior del Concejo Distrital de Pucusana ANEXO - ORDENANZA N° 069-09-MDP (La ordenanza de la referencia se publico el 20 de noviembre de 2009. Se publica a solicitud de la Municipalidad Distrital de Pucusana mediante O fi cio N° 242-18-AL/MDP, recibido el 21 de noviembre de 2018) REGLAMENTO INTERIOR DEL CONCEJO DISTRITAL DE PUCUSANA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- El presente Reglamento norma el régimen interior del Concejo de la Municipalidad de Pucusana, de fi ne su organización y funcionamiento, establece los derechos y deberes de los Regidores, regula el procedimiento de las sesiones de Concejo y el funcionamiento de las comisiones de Regidores. Artículo 2º.- El Concejo Municipal es un cuerpo colegiado, integrado por el Alcalde quien lo preside y por cinco Regidores elegidos conforme a ley. Es la instancia normativa y fi scalizadora de la Municipalidad de Pucusana. Artículo 3º.- Corresponde al Concejo Municipal las competencias, funciones y prerrogativas que le establecen la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades y este Reglamento Interno. TÍTULO II DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO CAPÍTULO I DEL ALCALDE Artículo 4º.- El Alcalde es el representante del vecindario elegido por elección popular, representante