Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (30/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 136

136 NORMAS LEGALES Viernes 30 de noviembre de 2018 / El Peruano de Administración Tributaria mediante el Informe N° 057-2018-MDLM-GAT; Que, siendo política de la actual gestión, otorgar a los vecinos las facilidades de manera temporal para el cumplimiento de sus obligaciones, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 370 hasta el 31 de diciembre de 2018; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2018, la vigencia de la Ordenanza N° 370, que establece el “Bene fi cio Tributario Extraordinario en el distrito de La Molina”. Artículo Segundo.- PRECISAR que la condonación de las costas y gastos de cobranza coactiva mencionadas en el segundo y tercer párrafo de la Primera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 370, se aplicarán en orden de prelación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Gerencia de Tecnologías de Información su publicación en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F Alcalde 1717620-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza que establece amnistía tributaria y administrativa en el distrito ORDENANZA Nº 410-2018-MDL Lince, 20 de noviembre de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE;POR CUANTO:El Concejo Distrital de Lince, en Sesión Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 024-2018-MDL-CEA de la Comisión de Economía y Administración; y de conformidad con lo establecido en los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por MAYORÍA y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE AMNISTÍA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO DE LINCE Artículo Primero.- OBJETO La presente Ordenanza tiene por objeto otorgar las mayores facilidades a los contribuyentes y vecinos del Distrito de Lince que faciliten el cumplimiento de sus deudas impagas o pendientes de naturaleza tributaria y no tributaria concordante al artículo sexto de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Artículo Segundo.- ALCANCE DEL BENEFICIO Esta Ordenanza es de aplicación a todas las personas naturales y/o jurídicas que mantengan deudas pendientes de pago por concepto de impuesto predial, arbitrios municipales y multas administrativas en la situación en que se encuentren. Artículo Tercero.- DE LOS BENEFICIOS OTORGADOS a. De Naturaleza Tributaria:1. Si el contribuyente o deudor regulariza el pago del impuesto predial y/o Arbitrios Municipales ejercicio 2018 se le condonará el 100% de intereses y reajustes en el estado en que se encuentren; eximiéndole el pago de los gastos y costas procesales siempre y cuando no tengan medida cautelar de embargo efectiva trabada. 2. Si el contribuyente o deudor cancela la obligación tributaria de años varios en valor de cobranza, expediente coactivo y/o según estado de cuenta corriente, se le condonará el 100% de los intereses y reajustes en el estado en que se encuentren, realizando el pago único por gastos y costas procesales de S/ 20.00 (Veinte con 00/100 Soles) siempre y cuando no tengan medida cautelar de embargo efectiva trabada. 3. Los arbitrios municipales del ejercicio 2018 que sean cancelados en su totalidad anual y/o cuotas pendientes que estuvieran en tal calidad a la fecha de la presente Ordenanza se les otorgará un descuento del 4% sobre el monto insoluto. b. De Naturaleza Administrativa:Otórguese el descuento del 60% del valor de la Multas que se encuentren pendientes de pago cualquiera sea su estado de cobranza siempre y cuando el pago sea al contado. Los deudores que se acojan al presente bene fi cio, reconocen expresamente sus obligaciones materia de regularización, por lo que no podrán presentar futuras reclamaciones respecto de las deudas incluidas en dicho régimen. Igualmente los pagos realizados con anterioridad a la presente norma no dan derecho a devolución o compensación alguna. Artículo Cuarto.- DEL DESISTIMIENTO Los contribuyentes y/o administrados que mantengan en trámite procedimientos contenciosos y/o no contenciosos sobre deudas tributarias, que deseen acogerse a la presente Ordenanza, se tendrá como desistida automáticamente su pretensión al efectuar el pago de la deuda reclamada. En caso de tener procesos judiciales en trámite deberá presentar previamente para acogerse a los bene fi cios otorgados en la presente Ordenanza la copia del cargo de presentación ante la autoridad judicial que corresponda desistiéndose del proceso. Artículo Quinto.- VIGENCIA Los contribuyentes podrán acogerse a los bene fi cios tributarios dispuestos en la presente Ordenanza, desde el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano hasta el 31 de diciembre del 2018. DISPOSICIONES FINALES Artículo Primero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, a través de las Subgerencia de Rentas, Subgerencia de Ejecución Coactiva, Subgerencia de Registro y Atención al Contribuyente y la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Catastro; debiendo asimismo, todas las unidades orgánicas de la Municipalidad prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología e Informática, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Lince: www.munilince.