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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (30/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 142

142 NORMAS LEGALES Viernes 30 de noviembre de 2018 / El Peruano Ordenanza Municipal y estan orientados a la elaboración del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Provincia Constitucional del Callao con una visión de sostenibilidad al 2035, de acuerdo a las necesidades y dinámica de los distritos que la conforman. Que, en virtud de ello, la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, mediante Informe Nº 1243-2018-MPC-GGDU-GPUC y la Gerencia General de Desarrollo Urbano mediante Informe Nº 2748-2018-MPC-GGDU, recomiendan se apruebe la actualización del Plan de Desarrollo Urbano aprobado mediante la Ordenanza Municipal N° 000068-2010 del 22 de diciembre de 2010; conforme a la propuesta contenida en los citados informes que cuentan con opinión favorable emitida por la Gerencia General de Asesoría Jurídica, emitida mediante el Informe Nº 762-2018-2018-MPC-GGAJC del 23 de agosto de 2018; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dado la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ACTUALIZACION DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO 2011-2022 APROBADO POR LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 000068-2010 Artículo 1.- Apruébase la Actualización del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022 conforme a lo dispuesto en la Ordenanza N° 016-2018 del 24 de agosto de 2018. La presente actualización está orientada a la elaboración del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Provincia Constitucional del Callao con una visión de sostenibilidad al año 2043, de acuerdo a las necesidades y dinámica de los distritos que la conforman. Artículo 2.- La actualización mencionada en el artículo anterior se re fi ere al artículo 1 de la Ordenanza Municipal N° 000068-2010 del 22 de diciembre de 2010 en los aspectos de caracterización urbana, vialidad, zonifi cación y urbanismo contenidas en el documento denominado Actualización del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022 que consta de los siguientes ítems: CAPITULO I : Consideraciones Generales CAPITULO II : Marco Regional, Metropolitano y Nacional CAPITULO III : Caracterización Urbana - Proceso Histórico de Ocupación del Territorio - Unidades de Análisis - Caracterización Social - Caracterización Económica Productiva- Caracterización Ambiental- Caracterización de medio físico- Caracterización Urbano Espacial Sistema Vial de la Provincia Constitucional del Callao 1. Introducción, 2. Objetivos, 3. Propuesta Vial : 3.1. Criterios Generales: a.- Conectividad b.- Zoni fi cación 3.2. Clasi fi cación Vial. De fi niciones a.- Vías expresas b.- Vías arterialesc.- Vías colectorasd.- Vías locales 4.- Disposiciones Generales 5.-Disposiciones Especí fi cas Artículo 3.- Asimismo, se aprueba mediante la presente Ordenanza los planos y su contenido siguientes: Planos del Sistema Vial y sus respectivas secciones viales SVC-01 SV-01SV-02SV-03SV04SV05 Planos de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022 Zoni fi cación Distrito La Perla Plano P-01 Zoni fi cación Distrito Bellavista Plano P-02 Zoni fi cación Distrito La Punta Plano P-03 Zoni fi cación Distrito Carmen de la Legua Plano P-04 Zoni fi cación Distrito Mi Peru Plano P-05 Zoni fi cación Distrito Ventanilla P-06 Zoni fi cación Cercado Callao P-07 Artículo 4.- Las vías del Sistema Vial Metropolitano del Callao, las Secciones Viales Normativas y sus características se detallan en los Planos que se aprueban mediante la presente Ordenanza Municipal. Artículo 5.- Las Secciones Viales Normativas se establecen con criterio de Planeamiento Urbano, por lo que constituyen elementos referenciales para la determinación defi nitiva de los derechos de vía correspondiente en los procesos de habilitación urbana y otros previstos en la reglamentación urbanística. Artículo 6.- En los casos que para la ejecución de una Sección Vial Normativa determinada existan limitaciones topográ fi cas, técnicas u otras razones no previstas que limiten su ancho, el derecho de vía podría tener variaciones menores (del orden + 10 % y no mayor de 5 Mts.) en relación al ancho total previsto para la sección vial normativa. En estos casos los ajustes se aplicarán sobre los componentes de la sección prioritariamente en las franjas de servicio local y en los separadores laterales y/o centrales, mas nunca en las calzadas ni en las veredas. Artículo 7.- La Gerencia General de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao queda encargada de la determinación fi nal de los derechos de vía a partir de las secciones viales normativas correspondientes. Artículo 8.- En el marco especial establecido por la legislación y reglamentación sobre la materia y las prescripciones del Sistema Vial Metropolitano del Callao, corresponde a la Municipalidad de la Provincia Constitucional del Callao la de fi nición y aprobación de las secciones viales normativas y los derechos de vía de las vías expresas, arteriales y colectoras; de los Intercambios Viales o paso a desnivel; en tanto que corresponderá a las municipalidades distritales la de fi nición y aprobación de las secciones viales normativas y los derechos de vía de las vías locales. Artículo 9.- La desafectación o la reducción de las secciones viales normativas o de los derechos de vía aprobados para las vías expresas, arteriales, colectoras y locales o de los intercambios viales del Callao, corresponde en exclusividad al Concejo Municipal Provincial del Callao, mediante Ordenanza Municipal. Artículo 10.- Las áreas que forman parte del derecho de vía –tanto las vías propiamente dichas como los intercambios viales- son de uso público irrestricto, inalienables e imprescriptibles, quedando terminantemente prohibida su utilización para otros fi nes, bajo responsabilidad administrativa, civil y penal de los funcionarios o autoridades responsables. Artículo 11.- Para el uso temporal del derecho de vía de las vías expresas, arteriales y colectoras e intercambios viales, por la ejecución de obras u otros factores o eventos no previstos, se requiere en todos los casos de la autorización administrativa correspondiente. Para las vías Locales corresponderá a las municipalidades distritales, previa coordinación con la Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao. Artículo 12.- La Municipalidad Provincial del Callao tiene a su cargo la ejecución, el mantenimiento, rehabilitación, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del Sistema Vial Provincial, de los intercambios viales,