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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (30/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 135

135 NORMAS LEGALES Viernes 30 de noviembre de 2018 El Peruano / Artículo 3º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1718082-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Prorrogan beneficio tributario establecido en la Ordenanza Municipal Nº399-2018/MDC DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2018/MDC Carabayllo, 16 de noviembre de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO VISTOS:El Memorándum Nº 217-2018-GAT/MDC, de fecha 16 de noviembre del 2018, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, y de acuerdo a la Ordenanza Nº 399-2018/MDC; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con Personería Jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 28607 - Ley de Reforma Constitucional y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 192º de la Constitución Política del Estado, los Gobiemos Locales tienen competencia pare administrar sus bienes y rentas, así como para crear, modi fi car y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº Nº 399-2018/MDC señala que la “FINALIDAD Y ALCANCE” de la presente ordenanza es ESTABLECER el régimen de incentivos y bene fi cios tributarios para el pago de Tributos Municipales en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, aplicable a todos los Contribuyentes que tengan deudas pendientes por los siguientes conceptos: Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias, Multas Administrativas y Convenios de Fraccionamiento. Que, en la Primera Disposición Final de la mencionada ordenanza municipal, establece que se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, establezca la prorroga correspondiente y dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza; Que, mediante Memorándum Nº 217-2018-GAT/MDC de la Gerencia de Administración Tributaria, se señala que es necesario prorrogar el bene fi cio establecido en la Ordenanza Nº 399-2018/MDC hasta el 21 de diciembre del 2018, debido a que ha sido pedido de aquellos contribuyentes que desean ponerse al día en sus pagos de impuestos, así como acogerse a los bene fi cios establecidos en cuanto a los arbitrios municipales; asimismo desean cancelar las multas que le fueron impuestas y que se encuentran en cobranza regular y/o en proceso de cobranza coactiva; Que, estando a lo dispuesto por la Primera Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 399-2018/MDC y las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; y, con el visto bueno de los Gerentes de Administración Tributaria, Asesoría Jurídica, y del Gerente Municipal; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de diciembre del 2018, el bene fi cio tributario establecido en la Ordenanza Municipal Nº 399-2018/MDC. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, siendo obligación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y de las unidades orgánicas que la conforman dar cumplimiento a la presente, así como de la Sub-Gerencia de Informática. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente norma municipal; y a la Gerencia de Administración y Finanzas su debida publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.NANDY JANETH CORDOVA MORALES Alcaldesa 1718198-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 370 que establece Beneficio Tributario Extraordinario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 014-2018 La Molina, 28 de noviembre de 2018 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: El Informe N° 057-2018-MDLM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 165-2018-MDLM-GAT-SGRCT de la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, mediante los cuales solicitan la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 370, que establece el “Bene fi cio Tributario Extraordinario en el distrito de La Molina”; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 370, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 11 de setiembre de 2018, se establece el “Bene fi cio Tributario Extraordinario en el distrito de La Molina”, con vigencia hasta el 28 de setiembre de 2018; estableciendo en su Quinta Disposición Complementaria y Final, la facultad otorgada al Alcalde, para aprobar y determinar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de su vigencia; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 012-2018 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 28 de setiembre de 2018, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 370, hasta el 31 de octubre de 2018; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 013-2018 publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 31 de octubre 2018 se prorrogó la vigencia de la Ordenanza N° 370, hasta el 30 de noviembre de 2018; Que, a través del Informe N° 165-2018-MDLM-GAT- SGRCT, la Subgerencia de Recaudación y Control Tributario, propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 370, que establece el “Bene fi cio Tributario Extraordinario en el distrito de La Molina”, hasta el 31 de diciembre de 2018, lo cual es rati fi cado por la Gerencia