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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 (30/11/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 141

141 NORMAS LEGALES Viernes 30 de noviembre de 2018 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban actualización del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 023-2018 Callao, 28 de noviembre de 2018 El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Conjunto Nº 01-2018-MPC/SR-COAD-COPO-CODELO de las Comisiones de Administración, de Población y de Desarrollo Económico Local y Comercialización en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del estado, en el artículo 195 inciso 6 señala que los gobiernos locales son competentes para plani fi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y sus modi fi catorias en el artículo 9 inciso 5 indica que compete al Concejo Municipal, aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de las Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de los Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000068- 2010 del 22 de diciembre de 2010 se aprobó el Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 003-2011 del 18 de enero de 2011 se dispuso la suspensión temporal de la Ordenanza Municipal N°000068-2010, que aprueba el Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 010-2011 del 10 de mayo de 2011 se amplió el plazo de suspensión temporal de la Ordenanza Municipal N° 000068-2010. Asimismo, se dispuso mantenerse la vigencia del Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 000018 de fecha 06 de octubre de 1995; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 022-2011 de 22 de agosto de 2011 se dispuso la ampliación de la suspensión de la vigencia de la Ordenanza Municipal N°000068-2010 hasta la aprobación del nuevo Plan de Desarrollo Metropolitano de la Provincia Constitucional del Callao con arreglo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA, el cual fue posteriormente derogado por el Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA, publicado el 24 de diciembre de 2016; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 008-2015 del 17 de julio de 2015 se deroga la Ordenanza Municipal N°022-2011 de fecha 22 de agosto de 2011 y se restituye la vigencia de la Ordenanza Municipal N°000068-2010 que aprobó el Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 011-2015 del 14 de agosto de 2015 se dispone la elaboración del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Provincia Constitucional del Callao al 2035, por parte de la Gerencia General de Desarrollo Urbano; disponiéndose además en su artículo 2, la suspensión de los alcances del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022 en los aspectos de zoni fi cación, viabilidad y complementarios hasta que el Concejo Municipal apruebe el Plan de Desarrollo Metropolitano, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 04-2011-VIVIENDA; Que, el sexto considerando de la Ordenanza Municipal N° 011-2015 menciona que se requiere concordar la actualización del Plan de Desarrollo Urbano por la dinámica de crecimiento de cada distrito que compone la Provincia Constitucional del Callao, sobre todo los aspectos de viabilidad como es el Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao aprobado por el Decreto Supremo N° 059-2010-MTC y sus modi fi catorias y donde se establece una red conformada por cinco líneas donde la Línea 2 y 4 corresponden al eje Este-Oeste o Línea 2 que permita articular el sistema en la jurisdicción del Callao, dando una solución integral al problema de transporte público masivo que afronta la población del área de la megápolis de Lima y Callao; Que, lo señalado en el considerando anterior, condiciona la necesidad de actualizar el Plan de Desarrollo Urbano, pues el trazo de fi nitivo determinará su conexión con las vías colectoras expresas y arteriales existentes y las propuestas y por la magnitud del impacto socio ambiental y económico. Asimismo existen otras vías de carácter metropolitano que resulta prioritario defi nir el trazo como el Periférico Vial aprobado mediante Resolución Ministerial N° 233-2000-MTC/15.02 siendo una vía expresa de carácter regional, cuyo diseño defi nitivo no ha sido considerado a la fecha; Que, la Ordenanza Municipal N° 011-2015 señala que se debe tener en cuenta el impacto vial y urbanístico del desarrollo de las actividades de las empresas portuarias que el Estado ha concesionado requiriéndose elaborar instrumentos de gestión que aborden en forma técnica y operativa las soluciones de Logística Urbana necesarias para el desarrollo del Primer Puerto del Perú, eje de desarrollo del país y que Pro Inversión ha señalado su problemática; Que, es preciso coordinar aspectos puntuales de desarrollo de una ciudad sostenible, que no se encuentran considerados en el Plan de Desarrollo Urbano aprobado por la Ordenanza N° 000068-2010, siendo necesario que para la actualización se tenga en cuenta la próxima elaboración del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Provincia Constitucional del Callao al 2035; Que, el cuarto considerando de la Ordenanza Municipal N° 011-2015 menciona que la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con el O fi cio N° 1527-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU responde el O fi cio N° 214-2015-MPC-GGDU señalando la pertinencia de la elaboración de un Plan de Desarrollo Metropolitano del Callao por parte de Municipalidad Provincial del Callao de manera autónoma a fi n de dar cumplimiento al mandato legal contenido en el entonces vigente Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA; Que, el Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 24 de diciembre de 2016, aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en su única disposición complementaria deroga el Decreto Supremo N° 004-2011-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, así como el literal b. del numeral 1.1 del Capítulo I denominado “Sistema Urbano Nacional” del Plan Nacional de Desarrollo Urbano, “PERÚ: Territorio para Todos”, Lineamientos de Política 2006 - 2015, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2006-VIVIENDA; Que, la Ordenanza Municipal N° 002-2018 aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Callao, estableciendo en su artículo 147 que la Gerencia General de Desarrollo Urbano tiene entre sus funciones la elaboración, coordinación, ejecución, actualización, control y evaluación del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao; Que mediante Ordenanza N° 16-2018 del 24 de agosto de 2018, se dispuso la actualización del Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022 aprobado por la Ordenanza Municipal N° 000068-2010 del 22 de diciembre de 2010; debiendo los resultados de la actualización ser aprobados mediante