Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2018 (19/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 19 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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Congress of Chemical Engineering Incorporating the 68th Canadian Chemical Engineering Conference (CSChE2018), a realizarse en la ciudad de Toronto, Ontario Canadá, del 28 al 31 de octubre del 2018. Segundo.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor de la servidora docente Mg. Adriana Edith Larrea Valdivia, la Certificación de Crédito Presupuestal-CCP, con la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias Genérica de Gastos 2.3 Bienes y Servicios, según siguiente detalle: - Pasajes Aéreos: Arequipa-Lima-México-TorontoMéxico-Lima-Arequipa del 27 de octubre al 01 de noviembre del 2018 S/ 6266.77 - Seguro de Viaje: S/ 231.14 - Viáticos: S/ 6545.90 - Inscripción: S/ 3413.95 Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada docente presentará un Informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ Rector ORLANDO FREDI ANGULO SALAS Secretario General 1703530-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1589-2018 Arequipa, 09 de octubre del 2018. Visto el Oficio Nº 875-2018-VRI presentado por el Vicerrector de Investigación de la UNSA, sobre autorización de viaje con fines de investigación al extranjero correspondiente a la Mg. Elizabeth Medrano Meza, y a la Mg. Marcia Juana Quequezana Bedregal, Docentes adscritas al Departamento Académico de Ingeniería Química de la Facultad de Ingeniería de Procesos de la UNSA. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, respecto a las solicitudes presentadas por las docentes de la UNSA sobre autorización de viaje, pago de pasajes, viáticos e inscripciones para participar en el extranjero en diferentes eventos y/o actividades académicos, con fines de investigación o con ponencias de trabajos de investigación, el Consejo Universitario en su Sesión de fecha 12 de junio y 07 de agosto del 2017, acordó lo siguiente: "1.Los docentes y Jefes de Práctica pueden solicitar el financiamiento de pasantías académicas en Instituciones de Educación Superior en el

extranjero. 2. Para obtener la resolución correspondiente, deberán presentar su solicitud al Vicerrectorado de Investigación adjuntando lo siguiente: a) Documento que acredita las características y aceptación del evento y/o actividad académica. b) Copia del Acuerdo de Consejo de Facultad que le otorga la Licencia para asistir al evento y/o actividad. c) Carta de Compromiso Notarial, por la que declaren que en el plazo máximo de 01 año después de concluida el evento y/o actividad académica con la ponencia del trabajo de investigación, deberán publicar el trabajo de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS.WEBSCIENCE), en calidad de autor o coautor, pudiendo ser la publicación o la aprobación de la publicación por parte de la revista, y en caso de incumplimiento, autorizar el descuento correspondiente a través de la Oficina de Planillas de la Subdirección de Recursos Humanos, para cuyo efecto, celebrarán un contrato". Que, mediante el documento del visto, el Vicerrectorado de Investigación eleva las solicitudes efectuadas por la Mg. Elizabeth Medrano Meza, y la Mg. Marcia Juana Quequezana Bedregal, Docentes adscritas al Departamento Académico de Ingeniería Química de la Facultad de Ingeniería de Procesos de la UNSA, recomendando la autorización de viaje al extranjero con el financiamiento de pasajes aéreos, seguro de viaje, viáticos e inscripción, para que participen, en calidad de ponentes, presentando sus trabajos titulados: "Caracterización y estudio de las propiedades de películas biodegradables a base de almidón de papa y evaluación del efecto del contenido de glicerina y montmorillonita", y "Comparación y caracterización de películas de harina de arroz (oryza sativa) desarrolladas en ácido acético y agua", respectivamente, en el XXIX Congreso Interamericano de Ingeniería Química, a realizarse en Toronto, Ontario, Canadá, del 28 al 31 de octubre del 2018; adjuntando para tal efecto: a) Copia de las cartas de aceptación de fechas 02 de julio del 2018; suscritas por Charles Q. Jia, Conference Chair; b) Copia de la Resolución Decanal Nº 346-2018-FIP-UNSA, y de la Resolución Decanal Nº 345-2018-FIP-UNSA, ambas de fecha 23 de julio del 2017, emitidas por el Decano de la Facultad de Ingeniería de Procesos, por las que se autoriza el otorgamiento de la Licencia correspondiente a cada solicitante, respectivamente; c) Copia de la Cartas de Compromiso Notarial de fechas 06 de setiembre del 2018, mediante las cuales, las docentes declaran que en el plazo máximo de 01 año después de concluida la Ponencia con fines de investigación, deberán publicar sus trabajos de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS.WEBSCIENCE), y en caso de incumplimiento, autorizan el descuento correspondiente a través de la Oficina de Planillas de la Subdirección de Recursos Humanos; y, d) Copia de los escritos de las docentes dirigidos al Vicerrectorado de Investigación por el que señalan que el monto de la inscripción, de cada una, para asistir a dicho evento asciende a S/ 2,068.75 (Dos Mil Sesenta y Ocho con 75/100 Soles). Que, la participación de las docentes con sus trabajos de investigación en el citado evento de Investigación, se encuentra enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)". Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística, a través del "Formato de Tramite para Pasajes y Viáticos Internacionales" ha determinado el itinerario, monto de pasajes, seguro de viaje y viáticos respectivos; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento, mediante Oficio Nº 695-2018-OUPL-UNSA indica que revisado el presupuesto institucional se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, para atender los requerimientos efectuados. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220 al Rectorado.

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