Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2018 (23/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Martes 23 de octubre de 2018 /

El Peruano

referido al porcentaje a ser destinado a los gastos de gestión de los recursos transferidos a los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Amazonas y Puno; Que, el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales mediante Proveído N° 4419-2018-MIDIS/VMPS, y la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales a través del Memorando N° 467-2018-MIDIS/VMPS/DGACPS, emiten su conformidad sobre la modificación del numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, a efectos de garantizar la operatividad en la gestión de los aludidos Núcleos Ejecutores de alcance departamental; no encontrándose objeción por parte de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, conforme a lo señalado en el Informe N° 195-2018-MIDIS/SG/ OGPPM y Memorandos N° 976-2018-MIDIS/SG/OGPPM y N° 1123-2018-MIDIS/SG/OGPPM; Que, en ese sentido, atendiendo a los sustentos técnicos y las conformidades expresadas en los documentos de Vistos, corresponde emitir la Resolución Ministerial correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificación del segundo párrafo del numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS Modifícase el segundo párrafo del numeral 2.6 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, conforme al texto siguiente: "2.6 (...) En el supuesto que el Núcleo Ejecutor requiera de un porcentaje superior al señalado en el párrafo anterior, podrá solicitar su incremento, teniendo en consideración los siguientes topes: - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Cajamarca, hasta el 3%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Amazonas, hasta el 6%, - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Ancash, Apurímac, Huancavelica y San Martín, hasta el 5%, - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Huánuco y Piura, hasta el 6%, - Para los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de Cusco, La Libertad, Loreto y Puno, hasta el 7%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Ayacucho, hasta el 8%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Ucayali, hasta el 9%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Pasco, hasta el 10%, - Para el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Madre de Dios, hasta el 15%". Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1704724-1

el Memorando Nº 1252-2018-MIDIS/SG/OGRH, de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, el numeral 1 del artículo 136 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS regula el régimen de fedatarios, estableciendo que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a las necesidades de atención, quienes sin exclusión de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, asimismo, el numeral 2 del artículo 136 del Texto Único Ordenado antes citado, señala que el fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar, previo cotejo entre el original que exhibe el administrado y la copia presentada, la fidelidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la entidad; cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregarlos como prueba. También pueden, a pedido de los administrados, certificar firmas previa verificación de la identidad del suscriptor, para las actuaciones administrativas concretas en que sea necesario; Que, por Resolución Ministerial Nº 238-2016-MIDIS, se aprueba la Directiva Nº 007-2016-MIDIS "Régimen de Fedatarios de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", con el objeto de regular las funciones de los/las fedatarios/as de la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como el perfil, responsabilidades, prohibiciones y obligaciones, relacionadas con el cumplimiento de sus funciones; estableciéndose que la designación de los/las fedatarios/as se realiza por Resolución Ministerial; Que, conforme a lo indicado en los documentos de Vistos, resulta pertinente designar fedatarios titulares del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a fin de agilizar los procedimientos y garantizar el adecuado funcionamiento del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, la Resolución Ministerial Nº 238-2016-MIDIS, se aprueba la Directiva Nº 007-2016-MIDIS "Régimen de Fedatarios de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, como Fedatarios Titulares del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en adición a sus funciones, a los servidores que a continuación se detallan: - MONGE VILCA, CESAR - MANRIQUE ROBLES, CRISTINA PAMELA Artículo 2.- Notificar la presente resolución a las personas designadas en el artículo precedente, y a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1704724-2

Designan Fedatarios Titulares del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 292-2018-MIDIS Lima, 19 de octubre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 063-2018-MIDIS/SG/OAC, de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental; y,

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