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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (23/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Martes 23 de octubre de 2018 El Peruano / Construcción y Saneamiento del MVCS, sustenta la modi fi cación de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente contenida en el Numeral III.2 Estructuras, del Título III Edi fi caciones del RNE, aprobada por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, modi fi cada por los Decretos Supremos Nº 002-2014-VIVIENDA y N° 003-2016-VIVIENDA, con la fi nalidad de actualizar el citado marco normativo en concordancia con la innovación tecnológica actual, a fi n de garantizar que el diseño y construcción de las edi fi caciones incluya un comportamiento sísmico óptimo orientado a evitar la pérdida de vidas humanas, asegurar la continuidad de los servicios básicos y minimizar los daños a la propiedad; Que, mediante Informe N° 005-2018-CPARNE, la CPARNE informa que en la Sexagésima Octava Sesión de la Comisión se aprobó por unanimidad la propuesta modi fi cación de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente, por lo que corresponde aprobar la citada propuesta normativa; Que, resulta necesario aprobar la modi fi cación de la Norma Técnica, a que se re fi ere el considerado que antecede, conforme a lo opinado por la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edi fi caciones y la Dirección de Construcción de la Dirección General de Política y Regulación en Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modi fi catoria; y los Decretos Supremos Nº 015-2004-VIVIENDA y N° 011-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente del Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE Modifícase la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente del Numeral III.2 Estructuras, del Título III Edifi caciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, aprobada por Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, modi fi cada por los Decretos Supremos Nº 002-2014-VIVIENDA y N° 003-2016-VIVIENDA, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación y Difusión Encárguese a la O fi cina General de Estadística e Informática la publicación de la presente Resolución Ministerial y de la Norma Técnica a que se re fi ere el artículo precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Normativa aplicable a proyectos de inversión pública y privada en ejecución Los proyectos de inversión pública o privada comprendidos en los alcances de la Norma Técnica E.030 Diseño Sismorresistente, que a la entrada en vigencia de la presente Resolución Ministerial, cuenten con expediente técnico aprobado en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - Invierte.pe, o que se encuentre en trámite la licencia de edi fi cación en las municipalidades, respectivamente, se rigen por las disposiciones de la citada Norma Técnica aprobada por Decreto Supremo N° 003-2016-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1704863-1ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Designan Jefe de la Oficina Zonal de Ica del COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 146-2018-COFOPRI/DE Lima, 22 de octubre de 2018VISTOS, el Memorándum N° 2533-2018-COFOPRI/ OA-URRHH del 19 octubre de 2018, emitido por la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, así como el Informe N° 512 -2018-COFOPRI/OAJ del 19 de octubre de 2018, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7 que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de con fi anza no contemplados en el artículo 1 de la citada Ley; Que, de conformidad con el artículo 9, concordado con el literal i) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de con fi anza, de conformidad con la legislación vigente; Que, mediante Resolución Directoral N° 035-2017-COFOPRI/DE del 09 de febrero de 2017, se designó al señor Alfredo Emilio Espinoza Torres en el cargo de Jefe de la O fi cina Zonal de Ica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, en la modalidad de CAS de con fi anza; Que, a través del Memorándum N° 2533-2018-COFOPRI/OA-URHHH del 19 de octubre de 2018, la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, informó que el señor Tomas Martín Oliva Corrales, cumple con el per fi l exigido por el Manual de Organización y Funciones de la entidad, para desempeñar el cargo de Jefe de la O fi cina Zonal de Ica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; Que, con Informe N° 512-2018-COFOPRI/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluyó que resulta procedente dar por concluida la designación del señor Alfredo Emilio Espinoza Torres como Jefe de la O fi cina Zonal de Ica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, así como la designación del señor Tomas Martín Oliva Corrales, como Jefe de la Ofi cina Zonal de Ica del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, dispone que la contratación del personal directivo establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N°1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de este último dispositivo legal; siendo que este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la entidad;