Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2018 (27/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Sábado 27 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal con seis (06) votos a FAVOR de los señores Regidores: José Luis Vilca Vega, Víctor Raúl Zarate Ynfantes, Emiliano Muñoz Vergara, Edith Betty Martínez Mendoza, Joel Terán Cabanillas, Delia Salazar Araujo, y con cinco (05) abstenciones de los señores Regidores María del Carmen Valencia Casas, Grover Tamara Sarmiento, Wilmer Flores Astorayme, Jhon Erick Zarate Aliaga, Pedro Poma De la Cruz presentes en esta Sesión de Concejo, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, acordó lo siguiente: SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente de combustible del 21 al 31 de octubre, mes de noviembre y diciembre del 2018 y enero del 2019. Artículo Segundo.- APROBAR la adquisición por Contratación Directa por Desabastecimiento Inminente de combustible para las unidades vehiculares de la Municipalidad Distrital de Independencia por el monto de S/. 286,772.72 soles, tal como se encuentra estipulado en artículo 27º de la Ley de Contrataciones del Estado(LCE), concordante con el artículo 85º de del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015 Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, modificado por D.S. 0562017-EF, para la contratación de abastecimiento. Artículo Tercero.- DISPONER a la Gerencia Municipal, realice las acciones de control pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de la situación de desabastecimiento inminente conforme a Ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el presente Acuerdo, así como remitir a la Contraloría General de la República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, copia del Acuerdo y de los informes que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley, y a la Subgerencia de Logística su Publicación el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1706826-1

Municipal, el Informe Nº 047-2017-GPP/MDMM, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal Nº 495-2017-GAJ/MDMM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº 1238-2017-GAF/MDMM, de la Gerencia de Administración y Finanzas, referidos a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 ­ los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 36.1 del Artículo 36º de la Ley de Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, aprueba los Lineamientos Para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29091, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2009-PCM, las municipalidades de la provincia de Lima deben publicar en el Diario Oficial El Peruano los textos de los dispositivos legales que aprueben, modifiquen o deroguen sus Textos Únicos de Procedimientos Administrativos; debiendo efectuarse, además, la publicación del anexo respectivo (que contiene el listado de los procedimientos y servicios) en la página Web institucional y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE), el mismo día en el que se efectúa la publicación de la norma en el diario en mención; Que, asimismo, concordante con lo señalado en el párrafo precedente, los numerales 43.2 y 43.3 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario oficial El Peruano, y el TUPA se publica obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano y adicionalmente debe ser difundido a través del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE y en el respectivo portal institucional; Que, la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades ­ en su artículo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratificados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 1533-MML y su modificatoria Ordenanza Nº 1833-MML, la cual regula el procedimiento de ratificación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, ha elaborado el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, a través del cual se aprueban los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos vinculados a Licencia de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, contando para ello con las opiniones favorables de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por Concejo Municipal; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º. Numeral 8) Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Aprueban procedimientos, servicios administrativos prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación y disponen su inclusión en el TUPA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 038-2017-MDMM Magdalena, 21 de agosto de 2017 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en sesión ordinaria Nº 18 de la fecha y; VISTOS: En Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, el Informe Nº 003-2017-GM/MDMM, de la Gerencia

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