Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2018 (27/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Sábado 27 de octubre de 2018 /

El Peruano

Hospital Regional de Loreto "FAI"; Unidad Ejecutora 404 Red de Salud Datem del Marañón, Unidad Ejecutora 405 Hospital Santa Gema de Yurimaguas y Unidad Ejecutora 406 Red de Salud de Ucayali Contamana. Y contando con la aprobación del Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, estando al contenido de los informes técnicos y legales favorables que corren en el expediente, previa deliberación y absolución de interrogantes, acordó por unanimidad, aprobar la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 ­Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y el artículo 192º en su inciso 1º, establece que, los Gobierno Regional, son competente para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que la Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado tiene por finalidad fundamenta la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía; priorizando y optimizando el uso de los recursos público, siendo su objetivo, alcanzar un Estado al servicio del ciudadano, con canales efectivos de participación ciudadana, descentralizado y desconcentrado, transparente en su gestión, con servidores públicos calificados, adecuadamente remunerados y fiscalmente equilibrado; Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 es su artículo 10º, numeral 1, literal m), establece que son competencias exclusivas de los Gobierno Regionales dictar normas sobre asuntos y materias de su competencia; asimismo el inciso a) del artículo 15º establece como atribuciones del Consejo Regional Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM que aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, establece como uno de los objetivos específicos (2.3.5) "Promover que el Sistema de Recursos Humanos, asegure la profesionalización de la función pública a fin de contar con funcionarios y servidores idóneos para el puesto y las funciones que desempeñan; Que, mediante Informe Nº 197-2018-SERVIR/ GDSRH. de fecha 05 de octubre de 2018, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos emitió el Informe técnico de aprobación a que se refiere el Anexo Nº 4, numeral 2.1 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH, que establece las normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la EntidadCPE de los proyectos de Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP - Provisional de la Unidad Ejecutora 400 Dirección Regional de Salud de Loreto, sus 05 Órganos Desconcentrados: Red de Salud Maynas Ciudad, Red de Salud Maynas Periferia, Red de Salud Ramón Castilla, Red de Salud Loreto Nauta y Red de Salud de Requena; Unidad Ejecutora 401 Red de Salud Alto Amazonas ­ Salud Yurimaguas, Unidad Ejecutora 402 Hospital Apoyo Iquitos "Cesar Garayar García", Unidad Ejecutora 403 Hospital Regional de Loreto "FAI"; Unidad Ejecutora 404 Red de Salud Datem del Marañón, 405 Hospital Santa Gema de Yurimaguas y Unidad Ejecutora 406 Red de Salud de Ucayali Contamana. Considerándolas pertinente y recomienda proseguir con las acciones administrativa necesarias para su aprobación correspondiente. Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 37º Inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, y demás normas pertinentes, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta se aprobó por UNANIMIDAD la siguiente Ordenanza Regional: Artículo 1º.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional de la UNIDAD EJECUTORA

400 DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE LORETO, SUS 05 ÓRGANOS DESCONCENTRADOS: RED DE SALUD MAYNAS CIUDAD, RED DE SALUD MAYNAS PERIFERIA, RED DE SALUD RAMÓN CASTILLA, RED DE SALUD LORETO NAUTA Y RED DE SALUD DE REQUENA; UNIDAD EJECUTORA 401 RED DE SALUD ALTO AMAZONAS - SALUD YURIMAGUAS, UNIDAD EJECUTORA 402 HOSPITAL APOYO IQUITOS "CESAR GARAYAR GARCÍA", UNIDAD EJECUTORA 403 HOSPITAL REGIONAL DE LORETO "FAI"; UNIDAD EJECUTORA 404 RED DE SALUD DATEM DEL MARAÑON, UNIDAD EJECUTORA 405 HOSPITAL SANTA GEMA DE YURIMAGUAS Y UNIDAD EJECUTORA 406 RED DE SALUD DE UCAYALI CONTAMANA; que consta de 6,345 cargos de los cuales 3,904 están ocupados (con presupuesto) y 2,441 están previstos (sin presupuesto), distribuidos de la siguiente manera:
UNIDAD EJECUTORA 400 DIRESA ­ LORETO RED DE SALUD MAYNAS CIUDAD RED DE SALUD MAYNAS PERIFERIA RED DE SALUD DE LORETO-NAUTA RED DE SALUD DE RAMON CATILLA RED DE SALUD DE REQUENA UNIDAD EJECUTORA 401 RED DE SALUD ALTO AMAZONAS - SALUD YURIMAGUAS UNIDAD EJECUTORA 402 HOSPITAL APOYO IQUITOS "CESAR GARAYAR GARCIA". UNIDAD EJECUTORA 403 HOSPITAL REGIONAL LORETO "FELIPE ARRIOLA IGLESIAS". UNIDAD EJECUTORA 404 RED DE SALUD DATEM DEL MARAÑON UNIDAD EJECUTORA 405 HOSPITAL SANTA GEMA YURIMAGUAS UNIDAD EJECUTORA 406 RED DE SALUD UCAYALI CONTAMANA. TOTAL CARGOS: 812 Cargos 949 Cargos 406 Cargos 420 cargos 267 cargos 6,345 CARGOS 478 cargos 1,049 cargos 449 cargos 280 cargos 246 cargos 254 cargos 735 cargos

Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 026-2017-GRL-CR, de fecha 09 de octubre de 2017; que aprueba el Cuadro para asignación de Personal - CAP Provisional de la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD, RED DE SALUD MAYNAS CIUDAD, RED DE SALUD MAYNAS PERIFERIA, RED DE SALUD LORETO, RED DE SALUD DE UCAYALI, RED DE SALUD DE RAMON CASTILLA, RED DE SALUD DE REQUENA, RED DE SALUD DE ALTO AMAZONAS, RED DE SALUD DE DATEM DEL MARAÑÓN, HOSPITAL APOYO IQUITOS, HOSPITAL REGIONAL DE LORETO Y HOSPITAL SANTA GEMA DE YURIMAGUAS, correspondiente al año 2017. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Dirección Regional de Salud, la Gerencia Regional de Planeamiento, presupuesto y acondicionamiento Territorial y la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, la implementación del proceso de nombramiento del personal Profesionales de la Salud, Técnico y Auxiliares Asistenciales de la UNIDAD EJECUTORA 400 DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE LORETO, SUS 05 ÓRGANOS DESCONCENTRADOS: RED DE SALUD MAYNAS CIUDAD, RED DE SALUD MAYNAS PERIFERIA, RED DE SALUD RAMÓN CASTILLA, RED DE SALUD LORETO NAUTA Y RED DE SALUD DE REQUENA; UNIDAD EJECUTORA 401 RED DE SALUD ALTO AMAZONAS ­ SALUD YURIMAGUAS, UNIDAD EJECUTORA 402 HOSPITAL IQUITOS CESAR GARAYAR GARCÍA, UNIDAD EJECUTORA 403 HOSPITAL REGIONAL DE LORETO "FAI"; UNIDAD EJECUTORA 405 HOSPITAL SANTA GEMA DE YURIMAGUAS Y UNIDAD EJECUTORA 406 RED DE SALUD DE UCAYALI Contamana; en concordancia con el literal g) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 30693 Ley del Presupuesto

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