Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2018 (02/09/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 2 de setiembre de 2018 /

El Peruano

que se les aplica, establecen 5 Categorías de Riesgo para la Sanidad Animal y Vegetal y dictan otras disposiciones. A2) Animales, material de multiplicación, productos y subproductos de origen animal e insectos de valor benéfico (abejas): 1. Constata en el portal de la VUCE el Permiso Zoosanitario de Importación para aquellas mercancías con CR 3 o superior, excepto perros y gatos (CR 5); adicionalmente, solicita el IIV/APIV con la opinión favorable del representante del SENASA para aquellas mercancías con CR 2 o superior, cuyo número debe ser consignado en la DAM al momento del registro de la diligencia. 2. Para el tránsito aduanero internacional, exige el Permiso Zoosanitaria de Tránsito Internacional, excepto para perros y gatos (CR 5), y el IIV/APIV con opinión favorable del representante del SENASA. 3. La importación no comercial de mascotas requiere únicamente del IIV/APIV. 4. Asimismo, se permite el internamiento de productos y subproductos animales que vengan como equipaje acompañado y sin fines comerciales, siempre que cuenten con el respectivo IIV/APIV emitido por el SENASA. Base Legal: - Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria. - Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria. - Decreto Supremo Nº 051-2000-AG - Reglamento Zoosanitario de Importación y Exportación de Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal. - Resolución Jefatural Nº 392-2008-AG-SENASA, aprueba nuevo formato del "Informe de Inspección y Verificación/Autorización de Plaguicidas e Insumos veterinarios (IIV/APIV)", así como su manual de uso. - Resolución Jefatural N° 0162-2017-MINAGRISENASA. Aprueban Lista de Mercancías Agrarias reguladas por el SENASA y el Glosario de Términos que se les aplica, establecen 5 Categorías de Riesgo para la Sanidad Animal y Vegetal y dictan otras disposiciones. A3) Los productos veterinarios, alimentos, aditivos, premezclas y kits de diagnóstico: (...) Base Legal: - Decreto Supremo Nº 015-98-AG, Reglamento de Registro, Control y Comercialización de Productos de Uso Veterinario y Alimentos para Animales. - Resolución Jefatural Nº 392-2008-AG-SENASA, aprueba nuevo formato del "Informe de Inspección y Verificación/Autorización de Plaguicidas e Insumos Veterinarios (IIV/APIV)", así como su manual de uso. - Resolución Jefatural N° 0162-2017-MINAGRISENASA. Aprueban Lista de Mercancías Agrarias reguladas por el SENASA y el Glosario de Términos que se les aplica, establecen 5 Categorías de Riesgo para la Sanidad Animal y Vegetal y dictan otras disposiciones. - Decisión 483 de la Comunidad Andina, Normas para el Registro, Control, Comercialización y uso de Productos Veterinarios. A4) Plaguicidas de uso agrícola o ingrediente activo grado técnico: (...) Base Legal: - Decreto Supremo Nº 001-2015-MINAGRI, Reglamento del Sistema Nacional de Plaguicidas de Uso Agrícola. - Resolución Jefatural N° 0162-2017-MINAGRISENASA. Aprueban Lista de Mercancías Agrarias

reguladas por el SENASA y el Glosario de Términos que se les aplica, establecen 5 Categorías de Riesgo para la Sanidad Animal y Vegetal y dictan otras disposiciones." "ANEXO 7 MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS (MEM) A. OSINERGMIN Hidrocarburos y derivados: El funcionario aduanero exige copia de la ficha de registro vigente (documento que acredita la inscripción en el registro de hidrocarburos) emitida por el OSINERGMIN. Base Legal: - Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos. - Decreto Supremo Nº 030-98-EM, Reglamento para la comercialización de Combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos. - Decreto Supremo Nº 045-2001-EM, Reglamento para la comercialización de Combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos. - Decreto Supremo Nº 01-94-EM, Reglamento para la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo. - Ley Nº 26221, Ley Orgánica que norma las actividades de Hidrocarburos en el Territorio Nacional. - Decreto Supremo N° 004-2010-EM, se transfiere a OSINERGMIN el Registro de Hidrocarburos." "ANEXO 9 MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN (PRODUCE) A. DOPIF A1) Elementos Componentes del Nitrato de Amonio: En la importación, de los elementos componentes de amonio por parte de empresas que no se consideren usuarios finales, el funcionario aduanero constata en el portal de la VUCE la autorización emitida por la DOPIF del PRODUCE, teniendo en cuenta lo señalado en el artículo 206° del Decreto Supremo N° 010-2017-IN. Base Legal - Ley Nº 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil. - Decreto Supremo Nº 010-2017-IN, Reglamento de la Ley Nº 30299. B. DGAAMI (...) Base Legal: (...) - Decreto Supremo Nº 033-2000-ITINCI, Establecen disposiciones para la aplicación del Protocolo de Montreal Relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono. - Resolución Ministerial Nº 277-2001-ITINCI/ DM, Precisan alcances del Decreto Supremo Nº 033-2000-ITINCI. - Decreto Supremo Nº 003-2015-PRODUCE, modificación al Decreto Supremo Nº 033-2000-ITINCI, que establece disposiciones para la aplicación del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono. - Resolución Ministerial N° 485-2017-PRODUCE, Precisan vigencia indeterminada de autorización para el ingreso a territorio nacional de equipos que no contengan o requieran sustancias que agitan la Capa de Ozono prohibidas y dictan otras disposiciones. (...)

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