Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2018 (08/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de setiembre de 2018 /

El Peruano

(e) de la Dirección de Sanidad Vegetal de SENASA del Ministerio de Agricultura y Riego, alcanzó al Ing. Manuel Arce Serrano - Director Ejecutivo de SENASA Tumbes, las acciones preventivas contra el HLB y su vector, donde concluye que el riesgo de introducción de Diaphorina Citri vector de HLB es alto por encontrarse en Ecuador. Manifestó además, que de no ejecutarse una medida inmediata conjunta, el riesgo de introducción del HLB y sus vectores se incrementa y con ello la perdida de las áreas productoras de cítricos en el Perú. Urge la necesidad que el Gobierno Regional declare de interés regional la protección de la sanidad citrícola en ámbito regional; Que, con el Oficio Nº 696-2018/GOB.REG.TUMBESDRAT-D, de 25 de mayo del 2018 elaborado por Ing. Manuel Rolando Gonzaga Cobeña Director Regional de Agricultura, solicita al Ing. Adolfo García Ortiz Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Tumbes, la emisión de una Ordenanza Regional que declare de interés regional la protección de la sanidad citrícola en el ámbito regional de Tumbes y evitar el ingreso y dispersión de la Plaga Huanglonbing (HLB); Que, con el Informe Nº 006-2018/GOB.REG. TUMBES-GRDE-SGSP-VPL, del 01 de junio del 2018 elaborado por Ing. Víctor Puño Lecarnaque - Funcionario de la Subgerencia de Servicio Productivo del Gobierno Regional de Tumbes, alcanzo su Informe Técnico al Ing. Carlos Chiclayo Padilla - Subgerente de Servicios Productivos, donde recomienda que, de acuerdo a los informes evaluados y teniendo en consideración la peligrosidad de la enfermedad, la misma que vienes siendo monitoreada por el órgano especialista (SENASA), y que se deben tomar las medidas necesarias y la emisión de la norma legal regional (Ordenanza Regional) con la finalidad de declarar de interés regional la protección de la sanidad citrícola y evitar el ingreso y dispersión de la plaga Huanglonbing (HLB); Que, mediante el Oficio Nº 093-2018/GOB.REG. TUMBES-GGR-GRDE-GR, del 05 de junio del 2018, el Ing. Adolfo Edwin García Ortiz - Gerente Regional de Desarrollo Económico, alcanzó el Informe Técnico al Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de Tumbes, adjuntando el Informe Nº 249-2018/GOB.REG.TUMBES-GGRGRDE-SGSP.SG, para la emisión de la Ordenanza Regional que "Declare de Interés Regional la Protección de la Sanidad Citrícola en el Ámbito Regional de Tumbes, con la finalidad de evitar el ingreso y dispersión de la Plaga Huanglonbing (HLB)", el mismo que ha sido elaborado por el Ing. Carlos Miguel Chiclayo Padilla Subgerente de Servicios Productivos; Que, con el Informe Nº 361-2018/GOB.REG. TUMBES-GGR-ORAJ, del 20 de junio del 2018, el Abg. José Nole Nunjar - Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tumbes alcanza Opinión Legal favorable, sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que "Declara de Interés Regional la Protección de la Sanidad Citrícola en el Ámbito Regional de Tumbes y evitar el ingreso y dispersión de la Plaga Huanglonbing (HLB)" por ampararse en lo establecido en la Resolución Jefatural Nº 102-2016-MINAGRI-SENASA, publicada el 24 de mayo del 2016; Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico ha formulado el Dictamen Nº 002-2018: "PRONUNCIAMIENTO DEL CONSEJO REGIONAL PARA DECLARAR DE INTERES REGIONAL LA PROTECCION DE SANIDAD CITRICOLA EN EL DEPARTAMENTO DE TUMBES"; Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, ha formulado el Dictamen Nº 002-2018: "PRONUNCIAMIENTO DEL CONSEJO REGIONAL PARA DECLARAR DE INTERES REGIONAL LA PROTECCION DE SANIDAD CITRICOLA EN EL DEPARTAMENTO DE TUMBES"; De conformidad, con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Art. 37º inciso a) de la Ley Nº 27867 el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes en uso de sus facultades y atribuciones;

HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- DECLARAR de interés regional la protección de la sanidad citrícola en el ámbito regional de Tumbes, con la finalidad de evitar el ingreso y dispersión de la plaga Huanglongbing (HLB). Artículo Segundo.- CONFORMAR el Comité Regional para la Prevención del Ingreso y Establecimiento de Huanglongbing (HLB) de los cítricos y/o sus vectores; quienes Coordinaran, Evaluaran y Adoptaran las acciones necesarias para la Prevención del Ingreso del HLB y/o sus Vectores además estará conformada por los siguientes miembros: - Representante de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Tumbes. (Presidente). - Representante de la Dirección Regional de Educación Tumbes. - Representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria de Tumbes. (Secretaria Técnica) - Representante de la Policía Nacional del Perú. - Representante del Ministerio Publico. - Representante de la Ministerio de Relaciones Exteriores. - Representante de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN). - Representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). - Representante del Proyecto Especial Binacional Puyango ­ Tumbes (PEBPT). - Representante de la Cámara de Comercio y Producción de Tumbes. - Representante de la Municipalidad Provincial de Zarumilla. - Representante de la Municipalidad Provincial de Tumbes. - Representante de la Municipalidad Provincial de Contralmirante Villar. - Representante de la Universidad Nacional de Tumbes. - Representante de la Asociaciones y Gremios de Productores de Cítricos. Artículo Tercero.- ENCARGAR la Elaboración del Procedimiento de Trabajo en Conjunto para establecer responsabilidades de los miembros del Comité Regional para la Prevención del Ingreso y Establecimiento de Huanglongbing (HLB) de los cítricos y/o sus vectores en un plazo no mayor de 30 días hábiles después de la publicación de la presente ordenanza regional. Artículo Cuarto.- EXHORTAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional se tomara en consideración las normas y procedimientos establecidos por el Servicio Nacional de sanidad Agraria conforme a su Rol de Autoridad Fitosanitaria Nacional. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, disponiéndose además su inclusión en el Portal Web del Gobierno Regional de Tumbes. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los 17 días del mes de julio del año dos mil dieciocho. JAVIER SÚCLUPE SANDOVAL Consejero Regional POR TANTO Mando se registre, publique, cumpla, y archive. Dado en la Sede del Gobierno Regional Tumbes el 2 de agosto de 2018. TERESA BEATRIZ QUINTANA DELGADO Gobernadora Regional (e) 1688575-1

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