Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (12/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 110

110 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de setiembre de 2018 / El Peruano la obligación administrativa y/o medida correctiva que corresponde. Los bene fi cios se aprecian en el siguiente cuadro: Cuadro 3: CUADRO QUE DETERMINA EL DESCUENTO SOBRE MULTAS ADMINISTRATIVAS SancionesPeriodo o Año de deudaDeuda insoluta a condonarInterés Moratorio (TIM) Multas Administrativas Hasta el año 2013 95% 100%2014 al año 2015 90% Periodo 2016 - 2017 85% Periodo 2018 80% Artículo Octavo: DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA Las deudas que se encuentren en procesos de ejecución incluyendo los que se encuentren con medidas cautelares, gozarán de los bene fi cios previstos en la presente Ordenanza. Adicionalmente tratándose de deudas tributarias y no tributarias gozaran del 100% de condonación de los Gastos y Costas Procesales. Artículo Noveno.- DEL DESISTIMIENTO A RECURSOS EN TRÁMITE La cancelación de las deudas tributarias y no tributarias con los bene fi cios otorgados implica el desistimiento automático de los recursos pendientes de revisión o atención (reconsideración, reclamación y/o apelación). Cuando la deuda se encuentre en apelación ante el Tribunal Fiscal, para acogerse a los bene fi cios otorgados por la presente Ordenanza, deberá presentar escrito por mesa de partes de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, comunicando dicho desistimiento, adjuntando copia fedateada o legalizada del cargo del escrito de desistimiento. Los bene fi cios y plazos concedidos en la Ordenanza no suspenden las acciones de fi scalización, cobranza ordinaria o cobranza coactiva, ni el trámite de procedimientos contenciosos tributarios.Artículo Décimo.- PRECISIONES RESPECTO A LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS 1. Las deudas que se encuentren en proceso coactivo, mientras se encuentre vigente la presente Ordenanza, se suspenderá todo tramite iniciado, debiendo reiniciarse al concluir la vigencia de la presente norma municipal. 2. No están dentro del alcance de esta norma, las deudas determinadas por regularización de declaración tributaria que ya se encuentren canceladas, ni las deudas que se encuentren en trámite o ejecución de compensación, transferencia de pagos o canje de deuda. 3. En cuanto a los pagos realizados con anterioridad a la presente norma, no dan derecho a devolución o compensación. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Deróguese o déjese sin efecto todas las normas o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Segunda.- Facúltese al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación, así como también para establecer su prórroga de ser el caso. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Tránsito y Transporte el fi el cumplimiento de la Presente Ordenanza; a la O fi cina de Secretaria General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano, la noti fi cación y distribución; a la O fi cina de Tecnologías de la Información la difusión en el Portal Institucional (www.municportillo.gob.pe), la Ofi cina de Imagen Institucional de la efectiva difusión de la presente Ordenanza, dentro del ámbito de su competencia. Regístrese, publíquese y cúmplase.ANTONIO MARINO PANDURO Alcalde 1689720-1