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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (12/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de setiembre de 2018 / El Peruano Restituyen vigencia de la Ordenanza N° 464- MDA, que aprobó beneficio extraordinario de regularización de deudas no tributarias por concepto de multas y/o sanciones administrativas y depósito en el distrito ORDENANZA Nº 483-MDA Ate, 6 de setiembre del 2018POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 06 de setiembre del 2018, Presidida por el Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate, Dr. Erasmo Lázaro Bendezu Ore; visto el Informe Nº 225-2018-MDA/GFC/SGCCA de la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa; el Informe Nº 051-2018-MDA/GFC de la Gerencia de Fiscalización y Control; el Informe Nº 1300-2018-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 1102-2018-MDA/GM de la Gerencia Municipal; el Proveído Nº 2680-2018-MDA/A del Despacho de Alcaldía, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía que la Carta Magna establece para los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley; siendo atribución del Concejo Municipal de conformidad al numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, mediante Ordenanza Nº 464-MDA, de fecha 27.03.2018, se aprobó el Bene fi cio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate; asimismo, mediante Ordenanza Nº 467-MDA de fecha 28.05.2018, se modi fi ca el artículo tercero de la Ordenanza Nº 464-MDA, y se prorroga la vigencia de ésta; Que, en ese sentido, las municipalidades pueden establecer bene fi cios y facilidades de pago a sus administrados con la fi nalidad de regularizar el cumplimiento de sus obligaciones no tributarias y de las sanciones administrativas, teniendo en cuenta la capacidad contributiva y la mejora en la calidad de vida de los vecinos del Distrito de Ate; Que, mediante Informe Nº 008-2018-MDA/SGCCA, la Analista de Cobranza Ordinaria de la Sub Gerencia de Cobranza Coactiva y Administrativa, propone la aprobación de la restitución de la Ordenanza Nº 464-MDA, modi fi cada por la Ordenanza Nº 467-MDA, que aprueba el bene fi cio extraordinario de regularización de deudas no tributarias por concepto de multas y/o sanciones administrativas y depósito en el distrito de Ate, debido que a la fecha, ésta subgerencia tiene aproximadamente S/. 1,425, 588.58 (Un millón cuatrocientos veinticinco mil quinientos ochenta y ocho con 58/100 soles) de deudas por cobrar; por lo tanto, se requiere que se reactive el bene fi cio de los descuentos en deudas no tributaria en los contribuyentes del distrito, respecto al cumplimiento del pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, así como la disminución del índice de morosidad orientada a sincerar las cuentas por cobrar de los administrados; remitiéndose el Informe técnico y el proyecto de Ordenanza mediante Informe Nº 225-2018-MDA-GFC/SGCCA de la Sub Gerencia de Cobranza Coactiva y Administrativa con la conformidad respectiva; Que, mediante Informe Nº 051-2018-MDA-GFC, la Gerencia de Fiscalización y Control, remite la opinión favorable sobre el proyecto de Restitución de la Ordenanza antes referida, los mismos que considera estar de acuerdo y conforme a la necesidad de restituir el beneficio a favor de los administrados que le permitan regularizar sus deudas no tributarias por concepto de multas administrativas en el Distrito, acogiéndose al beneficio establecido en un instrumento normativo como en el presente caso, lográndose mejorar la recaudación de recursos por este concepto, objetivo que responde a una gestión eficiente de recaudación de ingresos; Que, mediante Informe Nº 1300-2018-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que de la evaluación efectuada al proyecto de Ordenanza, se puede apreciar que el mismo ha sido elaborado dentro de los alcances de la normatividad vigente sobre la materia, encontrándola viable en términos generales, toda vez que la misma permitiría que los administrados que mantengan deuda pendiente de pago por concepto de multas administrativas impuestas por la Sub Gerencia de Control Operaciones y Sanciones y la Sub Gerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad de distrito, puedan regularizar su situación; por lo tanto, opina, que resulta procedente la aprobación de la Ordenanza que apruebe la restitución de la Ordenanza Nº 464-MDA que apruebe el Bene fi cio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Deposito en el Distrito de Ate, modi fi cado por la Ordenanza Nº 467-MDA; la cual debe ser aprobada por el Concejo Municipal, conforme a la facultad conferida por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, concordante con el artículo 40º; Que, mediante Proveído Nº 2680-2018-MDA/A, el Despacho de Alcaldía indica poner a consideración del Concejo Municipal el proyecto de Ordenanza que restituye la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, modi fi cada por la Ordenanza Nº 467-MDA, para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; Que, la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha estuvo presidida por el Teniente Alcalde, de conformidad con lo señalado en el Acuerdo de Concejo Nº 083-2018/MDA de fecha 27.08.2018; Estando a lo dispuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con dispensa del tramite de comisiones y el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE RESTITUYE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 464-MDA, MODIFICADA POR LA ORDENANZA Nº 467-MDA, RESPECTO AL BENEFICIO EXTRAORDINARIO DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS NO TRIBUTARIAS POR CONCEPTO DE MULTAS Y/O SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y DEPÓSITO EN EL DISTRITO DE ATE. Artículo Primero.- RESTITUIR; la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, modi fi cada por la Ordenanza Nº 467-MDA, que Aprueba el Bene fi cio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate; en merito a los considerandos ante expuestos. Artículo Segundo.- DEROGAR; el artículo segundo de la Ordenanza Nº 467-MDA. Artículo Tercero.- DISPONER; que la vigencia de la restitución de la Ordenanza Nº 464-MDA y su modi fi catoria aprobada por Ordenanza Nº 467-MDA, será hasta el 30 de setiembre de 2018. Artículo Cuarto.- ENCARGAR; a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de la