NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (12/09/2018)
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97 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de setiembre de 2018 El Peruano / Estado Civil, al Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y su modi fi catoria;” 1689601-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Otorgan opinión favorable a Citibank del Perú SA respecto a la emisión del “Tercer Programa de Bonos y Certificados de Depósito Negociables” RESOLUCIÓN SBS Nº 3375-2018 Lima, 29 de agosto de 2018LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por Citibank del Perú SA (en adelante, el Banco) para que se le otorgue opinión favorable sobre la emisión del programa denominado “Tercer Programa de Bonos y Certi fi cados de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de USD 200,000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, en adelante Ley General en su artículo 283º, concordado con numeral 14 de su artículo 221º, faculta a las empresas bancarias a emitir y colocar bonos, y certi fi cados de depósito negociables, siempre que sean de su propia emisión; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que para la emisión de instrumentos fi nancieros que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la Superintendencia del Mercado de Valores procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, a su vez la emisión de instrumentos fi nancieros se rige por lo señalado en la Circular B-2074-2000 (en adelante, la Circular) y sus modi fi catorias; Que, en sesión celebrada el 20 de junio de 2018, la Junta General de Accionistas del Banco aprobó el “Tercer Programa de Bonos y Certi fi cados de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.” hasta por un monto máximo en circulación de USD 200,000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas; Que, en sesión celebrada el 27 de junio de 2018, el Directorio del Banco aprobó el “Tercer Programa de Bonos y Certi fi cados de Depósito Negociables” hasta por un monto máximo en circulación de USD 200,000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas; Que, el Banco ha cumplido con los requisitos exigidos por el procedimiento Nº 25 “Opinión favorable sobre emisión en serie de instrumentos fi nancieros para empresas del Sistema Financiero y de Seguros”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018, concordante con el numeral 2.1 de la Circular;Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B” y el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, y de Riesgos; De conformidad con el procedimiento Nº 25 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018; y con la Circular; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Otorgar opinión favorable a Citibank del Perú SA respecto a la emisión del “Tercer Programa de Bonos y Certi fi cados de Depósito Negociables” hasta por un monto máximo en circulación de USD 200,000,000.00 (doscientos millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en otras monedas. Artículo Segundo.- La presente Resolución tendrá una vigencia de un (1) año desde su emisión para que Citibank del Perú S.A. proceda a la inscripción del programa denominado “Tercer Programa de Bonos y Certi fi cados de Depósito Negociables de Citibank del Perú S.A.” en caso desee realizar emisiones públicas. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones 1689467-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban Reglamento Complementario en materia de Transporte Terrestre del Ámbito Regional de Moquegua (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de Moquegua, mediante Of. N° 597-2018-G/GR.MOQ, recibido el 10 de setiembre de 2018) ORDENANZA REGIONAL Nº 08-2015-CR/GRM Moquegua, 6 de agosto del 2015EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria Nº 12-2015-CR/GRM de fecha 21 mayo de2015-CR/GRM, de fecha 21 de mayo del 2015, el Consejo Regional de Moquegua; ha debatido el DICTAMEN Nº 01-2015-CDECTPE-GRM, sobre Reglamento complementario en materia de transporte terrestre de ámbito regional de Moquegua. CONSIDERANDO: Que, según lo expuesto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XVI del Título IV, Ley Nº 27680, así como lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego de Presupuestal, cuyo titular es el Presidente regional. Que, el artículo 5º de la ley Nº 27867, Ley de Gobiernos Regionales, precisa que: La misión de los Gobiernos Regionales es organizar exclusivas, compartidas y