Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2018 (16/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 127

El Peruano / Domingo 16 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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h) Sistematizar la información estadística de seguridad ciudadana proporcionada por los otros niveles de gobierno como las Municipalidades Provinciales y Distritales, para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del CONASEC. 17.3 El Comité Provincial de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones: a) Proponer ante el CORESEC la aprobación del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, alineado al Plan Regional de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, intercultural, y articulado con los con los instrumentos del SINAPLAN. b) Proponer ante la Municipalidad Provincial los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivas jurisdicciones, supervisando su cumplimiento en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan Regional de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. c) Promover la articulación interinstitucional a nivel provincial para el cumplimiento de los compromisos establecidos en los planes y programas. d) Evaluar anualmente la ejecución del Plan Provincial de Seguridad Ciudadana. e) Aprobar anualmente el informe de cumplimiento de los planes, programas y proyectos distritales de Seguridad Ciudadana, presentados por las Secretarías Técnicas de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana a través de la Secretaría Técnica del COPROSEC. f) Promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción. 17.4 Funciones COPROSEC: de la Secretaría Técnica del

a) Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque de gestión por resultados e intercultural y articulado con los instrumentos del SINAPLAN; y asimismo, evaluar su cumplimiento. b) Proponer ante la aprobación de planes, programas y proyectos locales de seguridad ciudadana, en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan Provincial de Seguridad Ciudadana, articulando con las entidades públicas y la sociedad civil. c) Promover y articular estrategias de prevención de la violencia y el delito, dando prioridad a los territorios más vulnerables de la jurisdicción, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. d) Promover la creación de mecanismos de transparencia, rendición de cuentas y vigilancia ciudadana del CODISEC. e) Consolidar la estructura y el funcionamiento de la Secretaría Técnica del CODISEC. 17.6 Funciones de la Secretaría Técnica del CODISEC: a) Presentar ante la Municipalidad Distrital la propuesta los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivas jurisdicciones, verificando su cumplimiento en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. b) Supervisar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos distritales de seguridad ciudadana, en el marco de los lineamientos establecidos por la Secretaría Técnica del COPROSEC. c) Elaborar el informe de evaluación de su Comité Distrital de Seguridad Ciudadana. d) Articular permanentemente con los integrantes del CODISEC para fortalecer la seguridad ciudadana en el ámbito de la jurisdicción distrital. e) Articular permanente con las Secretarías Técnica del CORESEC y CONASEC para recibir asistencia técnica descentralizada. f) Promover la articulación interinstitucional para atender integralmente la problemática de la inseguridad ciudadana, con énfasis en la prevención focalizada y la mitigación de los factores de riesgo, dando prioridad a los territorios más vulnerables de la jurisdicción, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. g) Preparar la información estadística de seguridad ciudadana, para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del COPROSEC. h) Promover la participación ciudadana para fortalecer la seguridad ciudadana y la conformación de Juntas Vecinales. i) Coordinar los lineamientos y especificaciones técnicas a fin de garantizar la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de radio y video vigilancia y radio comunicación con los sistemas de la Policía Nacional del Perú, a fin de tener una cobertura distrital integrada a nivel nacional.". Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Legislativo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Interior. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Cada Gobierno Regional y Municipalidad Provincial y Municipalidad Distrital, determina que órgano asumirá las funciones de la Secretaría Técnica del CORESEC, COPROSEC y CODISEC, o en su caso, dispone la creación de una Secretaría Técnica con arreglo a su presupuesto institucional. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Deróganse los artículos 13 y 18 de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana.

a) Presentar ante el Consejo Provincial de Seguridad Ciudadana la propuesta del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, intercultural y alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana. b) Presentar ante el Consejo Provincial de Seguridad Ciudadana la propuesta de los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivas jurisdicciones, supervisando su cumplimiento en el marco de los lineamientos establecidos en el Plan Regional de Seguridad Ciudadana, tomando en consideración las particularidades culturales y lingüísticas de la población. c) Supervisar el cumplimiento los planes, programas y proyectos provinciales de seguridad ciudadana, en coordinación con los niveles distritales, en el marco de los lineamientos establecidos por la Secretaría Técnica del CORESEC. d) Elaborar el informe de cumplimiento de los planes, programas y proyectos distritales de Seguridad Ciudadana, presentados por las Secretarías Técnicas de los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana a través de la Secretaría Técnica del COPROSEC. e) Brindar apoyo y asistencia técnica, en coordinación con la Secretaría Técnica del CORESEC, a las Secretarías Técnicas de los Comités Distritales, que permita una adecuada articulación entre los niveles provinciales y distritales. f) Promover la articulación de las municipalidades distritales para fortalecer la seguridad ciudadana en el ámbito de la jurisdicción provincial. g) Sistematizar la información estadística de seguridad ciudadana proporcionada por para su respectiva remisión a la Secretaría Técnica del CORESEC. h) Coordinar los lineamientos y especificaciones técnicas a fin de garantizar la estandarización e interoperabilidad de los sistemas de radio y video vigilancia y radio con los sistemas de la Policía Nacional del Perú, a fin de tener una cobertura provincial integrada a nivel nacional. i) Promover la organización de las Juntas Vecinales de su jurisdicción. j) Celebrar convenios institucionales. 17.5 El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones:

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